Descubre tus Derechos y Recursos Clave para Defenderte ante la Administración Tributariapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Este artículo aborda el tema de la defensa fiscal del contribuyente. Tiene como objetivo la descripción de las herramientas contenidas en leyes ordinarias, cuyo propósito es brindar a los ciudadanos el acceso expedito y total a la solución de controversias originadas en su interacción con las autoridades fiscales.

Fundamentos de la Defensa Fiscal

El fundamento legal reside en el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que los ciudadanos deben contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa según lo dispongan las leyes (Art. 31, frac. IV).

Es imperativo que cada individuo cumpla cabalmente con sus obligaciones tributarias. No obstante, es crucial que se asegure la protección y el resguardo de los derechos de los contribuyentes.

La defensa fiscal es esencial para proteger a los contribuyentes de las arbitrariedades de las autoridades fiscales. En muchos casos, la libertad del contribuyente está en juego cuando se enfrentan obligaciones fiscales o laborales impuestas por las leyes.

Cuando un acto de autoridad afecta el interés jurídico de una persona, le corresponde desvirtuar el acto emitido por la autoridad fiscal.

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Medios de Defensa Administrativos

Los recursos administrativos son una herramienta clave en la defensa fiscal. Se trata de una instancia ante la propia autoridad que emitió el acto que se está impugnando. A través de estos recursos, los contribuyentes pueden impugnar actos de autoridades fiscales que vulneren sus derechos ante la propia autoridad fiscal.

Entre los actos administrativos impugnables se encuentran aquellos que:

  • Determinen contribuciones, accesorios y aprovechamientos.
  • Nieguen la devolución de cantidades que proceda conforme a la ley.
  • Afecten los intereses del particular en materia fiscal.
  • Se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución.
  • Sean resoluciones definitivas dictadas por una autoridad fiscal federal.

El recurso de inconformidad debe contener la siguiente información:

  1. Nombre del recurrente y domicilio fiscal; si actúa a través de un representante, deberá acreditar su personalidad.
  2. El acto que se impugna: indicar el importe, fecha de su notificación y autoridad emisora del mismo.
  3. Los hechos que originan la impugnación.
  4. Los agravios que le cause el acto impugnado.
  5. Las pruebas que ofrezca.

Es necesario presentar el documento en que conste el acto impugnado y, si se actúa a nombre de otro, el poder firmado por el otorgante ante dos testigos. Además, se debe adjuntar el acuse de recibo si la notificación no fue recibida.

El particular tiene un plazo de 15 días para interponer el recurso administrativo, contados a partir del día siguiente a aquel en que haya surtido efectos la notificación del acto respectivo.

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Otros recursos administrativos

  • Recurso de revocación: Se interpone cuando se rechaza el recurso de Apelación.
  • Juicio Contencioso Administrativo: Proceso o Demanda Contencioso Administrativa ante el Poder Judicial.
  • Recurso de inconformidad: Se interpone ante el propio Instituto (como el Instituto Mexicano del Seguro Social) contra actos que considere lesivos.

El Juicio de Amparo

El Juicio de Amparo es otro medio de defensa al que puede recurrir el contribuyente. Existen dos tipos de Amparo: Directo e Indirecto.

El juicio de amparo es un medio de control constitucional que protege a los particulares frente a actos de autoridad que violen sus derechos fundamentales. Este recurso puede utilizarse contra leyes, reglamentos, decretos o acuerdos que se consideren inconstitucionales.

Resultados de Juicios Interpuestos en Contra del SAT

La siguiente tabla muestra datos sobre los juicios en contra del SAT.

Periodo Monto Recuperado (millones de pesos)
2017 - 1er Semestre 4,155.2 (36%)

De acuerdo con información de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), el SAT perdió 100 juicios contra grandes contribuyentes en 2018. Una de las principales razones por las que el SAT pierde juicios es por deficiencias de origen en la elaboración de actas.

El costo de perder un juicio es muy alto para los contribuyentes. Cuando el contribuyente pierde, está en riesgo de tener una resolución contradictoria de fondo en la que se le condenará.

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Es importante recordar que el contribuyente debe cumplir con sus obligaciones tributarias. Sin embargo, es igualmente crucial que las autoridades fiscales respeten los derechos de los contribuyentes, evitando en lo posible un litigio innecesario.

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