Descubre Cómo la Defensa del Contribuyente Revoluciona los Sistemas Alternativos de Resolución de Controversiaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Este artículo aborda el tema de la defensa fiscal del contribuyente con el objetivo de describir las herramientas contenidas en las leyes, cuyo propósito es brindar a los ciudadanos el acceso expedito y total a la solución de controversias originadas en su interacción con las autoridades fiscales. La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) cuenta con diversas facultades para hacer frente a las problemáticas que enfrenten los contribuyentes, actuando como un organismo clave en la protección y resguardo de sus derechos.

Mecanismos de defensa y acuerdos conclusivos

La ley le otorga a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente facultades de solución de controversias, tales como los Acuerdos Conclusivos. Cuando los contribuyentes sean objeto del ejercicio de las facultades de comprobación y no estén de acuerdo con los hechos u omisiones asentados en la última acta parcial, en el acta final, en el oficio de observaciones o en la resolución provisional, podrán optar por solicitar la adopción de un acuerdo conclusivo. El procedimiento se realiza ante la Procuraduría, la cual citará a la autoridad fiscal correspondiente para participar en un procedimiento que versará sobre el posible incumplimiento del contribuyente a sus obligaciones fiscales.

En el caso de los Acuerdos Conclusivos, el Código Fiscal prevé las etapas que deben seguirse y, al final, se podrá llegar a un acuerdo que se convierte en definitivo y obligatorio para ambas partes. Sin embargo, es importante señalar que, en contra de los acuerdos conclusivos alcanzados y suscritos por el contribuyente y la autoridad, no procederá medio de defensa alguno.

Tabla 1: Comparativa de mecanismos de resolución

  • Acuerdo Conclusivo: Procedimiento ante la PRODECON para resolver desacuerdos en facultades de comprobación.
  • Recurso de Inconformidad: Medio de defensa administrativo ante la propia autoridad.
  • Juicio de Amparo: Medio para proteger derechos fundamentales frente a actos de autoridad.

El arbitraje como alternativa en el ámbito tributario

El arbitraje es un procedimiento por el cual se somete una controversia, por acuerdo de las partes, a un árbitro o a un tribunal que dicta una decisión obligatoria. Aunque la ley prevé actualmente una mediación ante un organismo oficial, existe el derecho constitucional de todas las personas a someter sus diferencias a otros medios de solución de controversias. El sistema de arbitraje tributario que mejor está funcionando es el vigente en Portugal, el cual bien podría servir de ejemplo de cara a la regulación de esta institución en otros países. Desde su introducción, el arbitraje en materia tributaria se está convirtiendo en una verdadera alternativa a la justicia tributaria.

Las prioridades fundamentales que han inspirado la puesta en marcha del arbitraje tributario son:

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  1. Eficiencia: Se busca reducir el tiempo medio de resolución de litigios.
  2. Transparencia: El procedimiento arbitral está regido por la regla audi alteram partem, un principio general del Derecho.

Facultades y atención especializada

La asesoría es el primer nivel de atención a los contribuyentes, donde éstos plantean ante la Procuraduría la problemática que enfrentan derivada de algún acto de autoridad tributaria. La Procuraduría conoce e investiga las quejas que se presentan contra actos de las autoridades fiscales que los contribuyentes estiman violatorios de sus derechos. Estos procedimientos de queja pueden concluir en la emisión de recomendaciones públicas a las autoridades responsables, proponiendo medidas correctivas. Asimismo, la PRODECON podrá iniciar de manera oficiosa o a petición de parte los procedimientos de investigación y análisis para identificar problemas de carácter sistémico que pudieran suscitarse en perjuicio de los contribuyentes.

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