Despacho de Derecho Fiscal: Descubre sus Funciones Clave y Beneficios Increíblespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En LEX & CO somos un despacho jurídico fiscal, preocupados por el terrorismo fiscal que en algunas ocasiones la autoridad recaudadora realiza en contra del contribuyente cumplido y, sobre todo, cautivo. Nos hemos especializado en la defensa fiscal a fin de garantizar legalidad y justicia a la contribución que al gasto público realizan nuestros clientes. Más de 4,500 sentencias favorables nos respaldan.

Nuestra experiencia nos ha llevado a participar en múltiples procedimientos fiscales de relevancia nacional e internacional, así como también a participar en los medios de comunicación como expertos en litigio fiscal.

¿Qué es un Abogado Fiscalista?

Un abogado fiscalista es un licenciado en Derecho que cuenta con especialidad en Derecho Financiero y Tributario, que brinda asesoría en temas legales de materia tributaria como las obligaciones fiscales de los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, por lo que actúan como defensores para salvaguardar los intereses de sus clientes ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) o el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Funciones de un Despacho Jurídico Fiscal

Los abogados fiscalistas asesoran a sus clientes en todos los aspectos relacionados con tributos, sanciones por parte de los órganos fiscalizadores sobre los impuestos como Impuesto al Valor Agregado (IVA), ISR (Impuesto Sobre la Renta), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) que afecten a personas físicas o morales. Además de actuar como defensores ante los procedimientos derivados de las obligaciones tributarias.

La principal función de los abogados fiscalistas es asesorar a sus clientes para que sus acciones sean conforme a la Ley y cumplan con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación.

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Servicios en Materia Fiscal

  • Asesoría fiscal. Asesorar a los contribuyentes para que cumplan con sus obligaciones fiscales evitando incurrir en fallas u omisiones ante la autoridad fiscal, para no realizar pagos innecesarios, multas o sanciones que sean males para las finanzas del contribuyente.
  • Supervisión fiscal. Análisis financiero y fiscal para evitar discrepancias u omisiones de las obligaciones fiscales que puedan causar conflictos con la autoridad.
  • Estrategias fiscales. Son herramientas legales y procedimientos que ayudan a los contribuyentes a reducir su carga tributaria mediante un sólido conocimiento de la Ley y las normas aplicables.
  • Dictamen fiscal. La emisión de un documento en el que se interpretan los estados financieros del contribuyente por parte de un especialista para dar cumplimiento a las disposiciones fiscales.
  • Defensa de créditos fiscales. La preparación de medios de defensa de los derechos de los contribuyentes en caso de discrepancias o situaciones que deban ser aclarados ante el SAT para evitar el pago de multas u otras sanciones.
  • Defensa en delitos fiscales. La presentación de recursos de defensa (amparos) ante los órganos fiscalizadores para evitar sentencias definitivas y resoluciones.
  • Litigio fiscal. Servicios especializados en defensa del contribuyente frente a la autoridad fiscal en caso de aplicaciones injustas de la ley fiscal, cobro de cantidades que no proceden a la Ley, negativa a obtener devolución de cantidades pagadas en exceso al fisco y el desconocimiento de derechos legítimos de los contribuyentes para reducir su carga fiscal.

¿Por Qué Elegir a Lex & Co?

Más de 30 años en el mercado, apoyando a micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, nos respaldan como Despacho Jurídico Fiscal.

Nuestra función consiste en obtener la nulidad de las resoluciones y/o créditos fiscales irregulares, así como de los capitales constitutivos realizados por las autoridades recaudadoras de aportaciones de seguridad social fuera del marco legal y que realiza con plena alevosía y ventaja sobre los contribuyentes, implementando los criterios jurisprudenciales y disposiciones legales más innovadores en la materia, utilizando incluso el derecho internacional, ya que, con nosotros, además de la nulidad de la resolución correspondiente, obtenemos todos los accesorios y el pago de daños punitivos por la indebida integración del procedimiento administrativo de ejecución.

Lo anterior, garantiza a todos y cada uno de nuestros clientes la impartición de una justicia completa, que, desafortunadamente, en nuestro país se ve mermada por el desconocimiento y falta de profesionalismo de las autoridades recaudadoras de contribuciones.

En LEX & CO Abogados Fiscalistas, estamos conscientes de que los contribuyentes son víctimas de una dañada intención por parte del Estado de recaudar excesivamente contribuciones, sin respetar deducciones, incentivos y beneficios que la propia ley fiscal otorga al gobernado sobre el ahorro y el pleno desarrollo económico del emprendedor y del profesional prestador de servicios.

Así las cosas, en LEX & CO Abogados Fiscalistas, analizamos el caso en concreto y planeamos una estrategia personalizada, en conjunto con nuestro equipo de expertos, conformado por los mejores abogados, contadores, actuarios y peritos científicos.

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Una vez hecha dicha estrategia, demandamos jurisdiccionalmente al responsable, con el propósito de obtener los mayores beneficios para nuestros clientes, e incluso, obtener la nulidad lisa y llana del crédito fiscal sub litigio, lo que hacemos garantizándoles el mejor servicio y proceso legal existente, comprometiéndonos por escrito y con la tranquilidad de que damos una solución pronta a trabajar con nuestros clientes, diseñando un total y completo traje a la medida para resolver la problemática planteada.

Por todo lo anterior, estamos seguros de que somos la mejor opción y el único Despacho Jurídico Fiscal que ofrece esta seguridad, transparencia y excelencia en la prestación de sus servicios.

¿Cuándo son Necesarios los Abogados Fiscalistas?

En caso de que la autoridad determine que el contribuyente tiene un adeudo, que las declaraciones presentan discrepancias fiscales o no se presentaron en tiempo y forma, o el órgano fiscalizador tiene sospechas de que el contribuyente está cometiendo un delito fiscal, es necesario contratar a un profesional idóneo para que se encargue de su defensa.

Un abogado fiscalista presentará los recursos y medios autorizados para que el contribuyente se ponga al día con sus obligaciones fiscales, aclare las posibles discrepancias o recurra a métodos de defensa para demostrar que sus actividades son lícitas.

También es necesario recurrir a la asesoría de un abogado fiscalista en caso de la visita o auditoría de la autoridad fiscal, o bien, de haber recibido un requerimiento o invitación del SAT.

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Contar con la asesoría de abogados fiscalistas es un medio de defensa de los contribuyentes para atender correctamente las solicitudes de las autoridades fiscales y evitar ser una víctima de abuso de poder por parte de la autoridad.

En LEX & CO contamos con abogados especialistas en materia fiscal para ayudarles a nuestros clientes a evitar el pago de costosas multas o sanciones por parte de la autoridad.

El Derecho Fiscal

El Derecho Fiscal, también llamado derecho tributario, es una rama del Derecho Público que conforma las normas jurídicas que establecen, regulan y determinan los impuestos, así como la relación entre los contribuyentes y el estado en su función recaudadora. En pocas palabras, se trata de la reglamentación de los mecanismos utilizados por el gobierno para la obtención de ingresos que financian el gasto público, pero también de los derechos que tienen los ciudadanos en relación con el pago de impuestos.

Desde el ámbito de los ciudadanos, el derecho fiscal abarca diversas etapas que van desde la planificación y prevención hasta la defensa. Estas son las principales funciones que un abogado fiscalista puede desarrollar para sus clientes:

  • Desarrollar planes fiscales integrales.
  • Indicar cómo realizar las declaraciones de impuestos.
  • Analizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • Orientar para dar de alta, de baja o actualizar las actividades y obligaciones ante el SAT.
  • Representar a su cliente en procedimientos ante el SAT o ante un Tribunal.
  • Atender y asesorar en auditorías fiscales.
  • Asesorar en otros servicios con repercusiones fiscales como préstamos, aumentos de capital, fusiones, adquisiciones o escisiones, liquidaciones, etc.

Características del Derecho Fiscal

El derecho fiscal cuenta con características importantes que lo definen e identifican, algunas son las siguientes:

  • Forma parte del derecho público y del derecho financiero.
  • Sirve para determinar los ingresos para cubrir el presupuesto de egresos de la Federación, así como de los estados y municipios.
  • Sus normas son imperativas, no pueden ser pactadas o negociadas.
  • Impone obligaciones, no hay posibilidad de no acatar las normas.
  • Se vigila el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.
  • Contempla multas y sanciones para los contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones tributarias.
  • En México, se debe cumplir con los principios básicos de equidad, proporcionalidad y legalidad tributaria.

Fundamento Legal

El artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece lo siguiente: “Son obligaciones de los Mexicanos… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio, en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. Aquí también se encuentran los principios de capacidad contributiva, igualdad tributaria, reserva de ley y destino del gasto público.

¿Cuál es su Objetivo Principal?

Tiene como objetivo estudiar las normas jurídicas con las que se ejerce y regula el poder tributario cuyo propósito es obtener los ingresos de las personas físicas y morales, para que dichos ingresos puedan invertirse en gastos públicos.

El gobierno federal, el SAT, los gobiernos estatales y municipales, requieren de este derecho para poder verificar los procedimientos, límites y sanciones que pueden aplicar al momento de tributar.

¿Quién Puede Apoyarme en Temas de Derecho Fiscal?

El profesionista más indicado para brindar apoyo y asesoría es un abogado fiscalista. El abogado experto en el tema conoce los impuestos, las tasas y las actividades por las que cada contribuyente (persona física o moral) debe pagar.

También cuenta con los conocimientos necesarios para proteger y defender los derechos de su cliente ante instituciones como la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Los mexicanos tenemos como obligación contribuir al gasto público. Esta obligación se encuentra contemplada en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establece: “Artículo 31: Son obligaciones de los Mexicanos… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”.

El Derecho Fiscal lo definimos como la rama del Derecho Público que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones jurídicas entre el Estado, en su carácter de autoridad fiscal y los gobernados en su carácter de contribuyentes.

El Derecho Fiscal establece las normas que determinan los tributos. En el Sistema Fiscal Mexicano resultan aplicables las disposiciones contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los Tratados Internacionales de los que México sea parte; el Código Fiscal de la Federación; la Ley de Coordinación Fiscal; los Códigos Fiscales de las Entidades Federativas y de los municipios; las Leyes de Hacienda de los Estados y de los Municipios; la Ley de Comercio Exterior; la Ley Aduanera; diversas legislaciones en materia de impuestos como la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, entre otras; así como diversos reglamentos, decretos y circulares.

En la relación tributaria encontramos al sujeto activo y al sujeto pasivo. El sujeto activo es el Estado, quien en ejercicio de su potestad establece y exige el pago de tributos.

El sujeto activo son las autoridades fiscales por ejemplo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Servicio de Administración Tributaria, las Secretarías de Finanzas de los Estados y Municipios, las Delegaciones y Subdelegaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT).

El Código Fiscal de la Federación establece que las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas. La Federación también está obligada a pagar contribuciones pero únicamente cuando las leyes lo señalen expresamente, los Estados Extranjeros en casos de reciprocidad no están obligados a pagar impuestos.

Los impuestos son las contribuciones establecidas por la ley y que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley y que no sean aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.

Las aportaciones de seguridad social son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social o las personas que se benefician en forma especial por servicios de seguridad social proporcionadas por el mismo Estado.

Contribuciones de mejoras son las establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien directamente por obras públicas.

Derechos son las contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir los servicios públicos que presta el Estado en sus funciones de derecho público y las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Las contribuciones se causan cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales. Los contribuyentes determinan las contribuciones a su cargo, salvo disposición expresa de la ley y deberán ser pagadas en las fechas o dentro de los plazos establecidos por la ley mediante declaraciones que se presentan ante las oficinas autorizadas y a través de los medios que las leyes establezcan.

Es importante destacar que en México los medios electrónicos han tomado importancia en materia fiscal pues las declaraciones, los pagos, requerimientos de la autoridad entre otras operaciones en la materia se llevan a cabo a través de medios electrónicos.

Por virtud del artículo 8 Constitucional en relación con el artículo 18 del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes pueden presentar escritos ante las autoridades fiscales en los cuales les formulen consultas o solicitudes de autorización y para ello deberán atender los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación como nombre, dirección, teléfono, registro federal de contribuyentes, actividades a las que se dedica el interesado, hechos y circunstancias relacionados con el escrito, entre otros.

Y la autoridad, por disposición del artículo 37 del Código Fiscal de la Federación tiene la obligación de dar respuesta a estos escritos en un plazo de tres meses, si transcurre ese plazo sin que la autoridad notifique resolución al interesado o contribuyente, se considera que la autoridad resolvió negativamente. Por ejemplo, si un contribuyente solicita la condonación de una multa y la autoridad no resuelve esa solicitud en el plazo de tres meses, se tiene que la autoridad resolvió en forma negativa, esto es, que no autorizó la condonación.

El acto administrativo en materia fiscal es el término empleado para referirse al acto emitido por la autoridad fiscal. Mediante un acto administrativo la autoridad comunica, ordena, resuelve o ejecuta acciones cuando se configuran en la realidad las hipótesis normativas aplicables al caso concreto. De conformidad con el artículo 16 Constitucional, un acto de autoridad debe estar suficientemente fundado y motivado, esto es, la autoridad debe de expresar de manera precisa el precepto legal aplicable al caso, así como las circunstancias especiales, razones particulares o causas que haya tenido en consideración para emitir el acto.

En materia fiscal, la notificación es el acto por medio del cual la autoridad fiscal da a conocer un acto o resolución a los contribuyentes a efecto de que se encuentren en posibilidad de dar oportuna respuesta a dicho acto o resolución o bien puedan interponer los medios de defensa previstos por la ley. La autoridad puede dar a conocer a los contribuyentes los actos administrativos de forma personal, por correo certificado, de forma electrónica a través del buzón tributario, por correo ordinario o telegrama, por estrados, por edictos o por instructivos.

El Código Fiscal establece las formalidades que deben seguirse para llevar a cabo las notificaciones. Si las notificaciones no cumplen con esas formalidades podrán ser impugnadas por los contribuyentes a través de los medios de defensa legal establecidos para tal efecto.

En virtud de sus facultades de comprobación la autoridad fiscal podrá practicar visitas domiciliarias, revisiones de gabinete, revisiones electrónicas a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros con ellos relacionados; recabar de funcionarios, empleados públicos y fedatarios informes y datos que posean con motivo de sus funciones; practicar u ordenar que se practique avalúo o verificación física de toda clase de bienes, incluso durante su transporte, entre otros.

Por ejemplo la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o las autoridades fiscales de las entidades federativas podrán solicitar en una visita domiciliaria a los contribuyentes que exhiban datos y documentos que acrediten que están presentando sus declaraciones y que han pagado impuestos conforme a la ley. El Código Fiscal de la Federación y otros dispositivos fiscales establecen los procedimientos y requisitos de fondo y forma para que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación.

En este procedimiento, la autoridad requiere el pago del crédito fiscal al contribuyente, en caso de que el contribuyente no pruebe haber efectuado el pago, la autoridad fiscal podrá practicar el embargo sobre bienes o la negociación del contribuyente que sean suficientes para cubrir el crédito fiscal. La autoridad fiscal podrá embargar bienes inmuebles, bienes muebles como acciones, bonos, cupones, derechos de autor, marcas, obras artísticas, entre otros.

Aquí es importante mencionar que los Códigos Fiscales de la Federación y de las Entidades Federativas y de los municipios disponen qué bienes quedan exceptuados de embargo, algunos de estos son: el lecho cotidiano, los vestidos, los muebles que no sean de lujo del deudor y de sus familiares, el patrimonio de familia, la maquinaria, los instrumentos o mobiliario indispensable para el ejercicio de la profesión u oficio del deudor, entre otros. Uno de los supuestos para que el embargo quede sin efecto se da cuando el contribuyente cumple con el requerimiento de pago del crédito fiscal a su cargo.

Las autoridades fiscales podrán aplicar multas a los contribuyentes por infracciones a las disposiciones fiscales, independientemente de que se exija el pago de las contribuciones respectivas y sus demás accesorios.

Ahora bien, en cuanto a los delitos fiscales, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de víctima u ofendido en los procedimientos y juicios penales que se lleven a cabo conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales, relacionados con los delitos previstos en los Códigos Fiscales.

El recurso de revocación se interpone contra actos administrativos en materia fiscal y ante la propia autoridad competente en materia fiscal. El Juicio Contencioso Administrativo se promueve ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y se regirá por las disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, por los Tratados Internacionales de los que México sea parte. El Amparo en Materia Fiscal es otra de las instancias con las que cuentan los gobernados para impugnar actos de autoridades fiscales por violación directa de garantías; leyes que por su expedición causen perjuicio al gobernado; y contra actos o resoluciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La Ley de Amparo contempla las normas aplicables en esta instancia.

¿Cómo Elegir el Mejor Abogado Fiscalista?

Un abogado fiscalista es su mejor aliado cuando enfrenta problemas relacionados con impuestos, como auditorías, multas o embargos, ya que puede defenderlo ante las autoridades. Además, le ayuda a planear cómo pagar menos impuestos de forma legal, recuperar dinero pagado de más o regularizar sus cuentas para evitar futuros inconvenientes.

Contratar a un abogado fiscal le ofrece varios beneficios clave para garantizar que sus asuntos fiscales estén bien manejados y protegidos. Un abogado fiscal se especializa en diversas áreas del derecho tributario, ayudando tanto a personas como a empresas a cumplir con sus obligaciones fiscales y a resolver problemas relacionados con los impuestos.

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