Descubre las Impactantes Desventajas del IVA para Consumidores y Empresas que Nadie Te Cuentapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El IVA es un impuesto para todos los consumidores del que parece no haber escapatoria, ¿verdad? Pues la buena noticia es que tiene exenciones. Como sabes, este impuesto al consumo es una de las herramientas de recaudación más importantes del país. El mejor ejemplo de un impuesto indirecto es el IVA. Esta tasa se aplica a la generalidad de las actividades económicas gravadas.

Ahora bien, ¿qué se entiende por traslado del impuesto? En esta tasa, el consumidor no paga el gravamen. Por definición legal, se trata de actos afectos a la LIVA a los que se otorga el beneficio de la exención, aunque perdiendo el derecho de acreditar el impuesto trasladado por las erogaciones identificadas con esos actos. En tanto, hay una consideración más, la cual no debe confundirse con las operaciones exentas de IVA. Se trata de aquellos productos y servicios que no se contemplan en la LIVA y son todos los actos que, de acuerdo a las definiciones contenidas en ella, no sean enajenación, prestación de servicios, uso o goce temporal ni importación.

Exenciones y Tasas del IVA

Existen diferencias entre la exención del IVA y la tasa del 0%:

  • Exención de IVA: La actividad no está sujeta al pago del impuesto, lo que significa que el contribuyente no lo traslada ni lo declara.
  • Tasa del 0%: La operación está gravada, pero con un impuesto del 0%. Un ejemplo claro es el de los alimentos básicos. La venta de pan está gravada a tasa 0%, por lo que el panadero puede acreditar el IVA que paga en la compra de harina o equipo. El acreditamiento es el IVA Trasladado al contribuyente por la venta de bienes y servicios que realiza, así como el impuesto que pagó por sus compras y gastos de operación.

Los “excentos de IVA” son un privilegio otorgado por la Ley y su aplicación es perfectamente legal. Algunos ejemplos de exenciones de IVA son:

  1. Construcciones adheridas al suelo, destinadas a casa-habitación.
  2. Exención de IVA en exportaciones.
  3. Servicios prestados en forma gratuita.
  4. Servicios médicos.

Existen muchas ideas erróneas sobre las exenciones de IVA, lo que puede llevar a confusiones y problemas fiscales.

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Realidades sobre las Exenciones de IVA

  • Realidad: Si bien no trasladar el IVA a los clientes puede hacer que los productos o servicios sean más accesibles, también implica que el contribuyente no puede acreditar ni solicitar devoluciones del IVA pagado en sus compras o gastos.
  • Realidad: No es lo mismo la exención que la tasa del 0%. La tasa del 0% sí permite acreditar el IVA pagado en insumos y gastos, lo que puede generar devoluciones fiscales.
  • Realidad: Las exenciones de IVA están definidas por la ley y aplican solo a ciertas actividades específicas, como educación, servicios médicos y arrendamiento de vivienda.
  • Realidad: Todos los contribuyentes deben expedir CFDI si sus clientes lo requieren, independientemente de si sus actividades están exentas de IVA.

IVA y el Contexto Económico en México

En las últimas décadas, México ha pasado por varias crisis financieras y económicas que se han visto reflejadas en su desarrollo económico y social, cuyos efectos se sienten principalmente en los sectores sociales más vulnerables. Lo cual, ha llevado al gobierno mexicano a realizar cambios en la gestión pública desde las décadas de los 80´s, que han consistido en establecer nuevos sistemas tributarios y en la privatización de las empresas paraestatales. Sin embargo, han pasado más de tres décadas y México sigue aún sin poder erradicar las problemáticas sociales, económicas y financieras que vienen aquejando al país: Ya que en la cuestión económica, se sigue en vías de desarrollo y con déficit comercial; en el aspecto social, las brechas de la desigualdad se han ampliado, y ha crecido el número de personas en situación de pobreza; por el lado de las finanzas públicas, la política fiscal no han sido capaz de financiar eficientemente al gasto público.

Por otro lado, en el caso de países en desarrollo, la experiencia empírica ha demostrado la necesidad de un sistema tributario eficiente y progresivo, que permita generar una mayor sustentabilidad financiera e impulsar una mejor distribución de la riqueza a través de su gasto social. En este sentido, en el 2019, México tan solo alcanzó recaudar 16.5% en relación con el Producto Interno Bruto (PIB), quedando ubicado por debajo de 22.9% promedio del PIB de la región latinoamericana, y de 33.8% promedio de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE). Además, el porcentaje se reduce aún más al quitarle el porciento de los ingresos petroleros, rezagándose México en recaudación tributaria en los últimos lugares de Latinoamérica.

En relación con el impuesto al valor agregado (IVA), a pesar de sus fallas estructurales dentro de su normativa jurídica, aun así, es uno de los impuestos que mayor aporta al Estado mexicano, sólo por debajo del impuesto sobre la renta (ISR), por lo que, un ajuste a su normativa jurídica podría mejorar su eficiencia recaudatoria. Sin embargo, los impuestos indirectos también contribuyen a la justicia social o a la injusticia, siendo relevante que se corrijan los problemas que causa el establecimiento de las tasas de 0%, ya que pueden provocar un acreditamiento, una devolución o una compensación en exceso, lo cual beneficia a ciertos sectores económico, cuyos privilegios se convierten en un gasto tributario para el resto de la sociedad.

La Justicia Tributaria y el IVA

Una de las críticas de los sistemas tributarios en la región latinoamericana, ha sido la adopción de la política del consenso de Washington, ya que sus resultados en materia económica, social y financiero no han sido los esperados, pues a varias décadas de su implementación, aún siguen las brechas sociales. Al respecto, lo anterior, ha generado el establecimiento de sistemas tributarios con preferencias hacia ciertos sectores económicos, los cuales son ajenos al principio de capacidad económica de los individuos, relevando así al principio de justicia tributaria sobre la política del gasto público.

En el sentido de la justicia tributaria, una de las finalidades más íntimas de los sistemas tributarios son su acoplamiento al principio de equidad y su imparcialidad ante cualquier presión fiscal, prisas o necesidades del Estado, y que, siempre debe limitarse a imponer una carga impositiva de acuerdo a la capacidad económica del sujeto pasivo. Así mismo, también deben permitir a los individuos la obtención de ingresos suficientes para la realización de sus necesidades básicas y aspectos culturales. No obstante, en la región latinoamericana y en México, las brechas de desigualdad social y la pobreza han justificado el establecimiento de sistemas tributarios progresivos, que funcionan como estrategia para alcanzar un mejor equilibrio en la distribución de la riqueza entre la sociedad más vulnerable. Y a su vez, complementarse con programas tributarios a través de subsidios fiscales destinados a los sectores sociales menos desarrollados.

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Si bien, esta tendencia ha ganado terreno (principalmente en el impuesto sobre la renta), en donde se ha notado más, es en la política del gasto, mediante programas sociales destinados a los estratos poblacionales de los deciles más bajos. Finalmente, los gobiernos han justificado la implementación de mecanismos regresivos bajo el argumento de la competitividad comercial, los cuales consisten en reducciones para la simplificación de la base fiscal de los contribuyentes, con un costo grande para toda la sociedad.

Retos del Sistema Tributario Mexicano

Uno de los retos más importantes del sistema tributario mexicano es buscar su consolidación fiscal a través de la ampliación de la base del impuesto, que permita la obtención de mayores recursos financieros a fin de poder dejar de depender de los ingresos petroleros. De alcanzar esta meta, al gobierno mexicano le permitiría elevar su eficiencia recaudatoria y financiar un mayor gasto público sin necesidad de recurrir al financiamiento externo. Además, es necesario una mejor redistribución de los ingresos, ya que, a pesar del crecimiento económico, cerca de 30% de los beneficios han sido captados por 10% de la población más rica, y tan solo 70% para el otro 90% de la sociedad.

Al respecto, expresan la necesidad de dejar de beneficiar ciertos sectores económicos en México, y en cambio, desarrollar una política fiscal capaz de impulsar un mayor crecimiento económico homogéneo y de erradicar las brechas sociales. Dichas reestructuraciones, consisten en eliminar los regímenes exentos, especiales y establecer mayor progresividad en los sistemas tributarios, pues la experiencia empírica ha demostrado resultados positivos y no como lo señala el neoliberalismo. Así mismo, analizados los regímenes fiscales desde la óptica de los principios de igualdad.

Con respecto a los párrafos anteriores, resulta interesante revisar las tasas establecidas en la Ley del Impuesto al valor Agregado (LIVA) y analizar si efectivamente contribuyen a una mejor recaudación fiscal, tal es el caso de la tasa del 0% que grava ciertos bienes y de los actos exentos para efectos de dicha ley, en donde se genera un contraste por su existencia en una misma ley, ya que ambos se destinan a proteger a ciertos sectores sociales. Además, la complejidad del sistema tributario mexicano es otro de los problemas que enfrenta el Estado mexicano, ya que lo convierte en un sistema costoso para los sujetos obligados y los impulsa a llevar prácticas de alusión fiscal, principalmente a las empresas grandes o los sectores económicos con mayor capacidad económica. En este sentido, dicha complejidad es un motivo para la generalización de las tasas del IVA.

Incidencia del IVA y sus Desventajas

Cuando se establecen los impuestos, una pregunta obligada es ¿Quién pagará el impuesto o a quiénes les impactará?, no se debe olvidar que una de las finalidades de todo sistema tributario es equilibrar la distribución de la riqueza. Así, la incidencia es considerada una medida del reparto de la carga tributaria entre los diferentes participantes del sistema económico. No obstante, en el caso de los impuestos indirectos, dicha carga no siempre queda repartida en proporciones iguales entre los participantes en el proceso productivo, aunque el único beneficiado siempre será el Estado al tener cautiva la base total del gasto.

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Sin embargo, los factores determinantes del grado de incidencia entre el consumidor y el productor de los bienes en un sistema capitalista libre y con presencia de monopolios, el impuesto será absorbido totalmente por el consumidor final, mientras que, en un sistema perfecto y con aplicación de la oferta y demanda, la carga del impuesto queda repartida entre el ofertante y el demandante. Otra de las cualidades de los impuestos indirectos es que no permiten identificar la capacidad económica de los individuos, y en el caso del IVA, eso lo convierte en regresivo, afectando el desarrollo económico y social de las personas, al alterar la demanda agregada y de consumo.

La aplicación del IVA genera ventajas al Estado y al sector económico, en primer lugar, representa un mecanismo tributario simple y de bajo costo para las autoridades fiscalizadoras, y en segundo, al ser indirecto, no afecta la acumulación de riqueza. Sin embargo, este genera desventajas a gran parte de la sociedad. A pesar de la simplicidad del IVA, en México este ha tenido deficiencias recaudatorias a causa de las distorsiones que generan sus regímenes.

Cuando se aplican tasas elevadas, estas son percibidas como costos excesivos de operación por la sociedad y fomentan el comercio informal (contrabando de mercancías); una forma de evasión del pago de los impuestos. En el caso del IVA, al ser de tipo monofásico y causado en cada una de las etapas de intermediación en la comercialización de los productos o bienes, cuando estos son desviados al mercado informal, los sujetos logran eludir el pago del impuesto, resultando imposible a las autoridades su control y recaudación.

El IVA en la Historia de México

Los impuestos especiales han sido una herramienta tributaria de gran utilidad para establecer imposiciones fiscales ante la necesidad de poder establecer nuevos impuestos indirectos, que junto con los de “ad valorem”, se han desarrollado en la gran mayoría de sistemas tributarios del mundo. El IVA fue introducido en Francia en 1954 como un impuesto al consumo, siendo adoptado inmediatamente en varios países del mundo, tras su éxito en el país francés, caracterizado por su gran facilidad y practicidad impositiva, ya que gran parte del PIB del mundo gira sobre el gasto, lo que genera una base muy amplia, así como su poderosa neutralidad al ahorro, pues algún día se tiene que recurrir al gasto, es decir, se podrá aplazar el consumo en el tiempo pero nunca evitar el pago del impuesto.

En el caso de México, en la post revolución mexicana, la hacienda pública aprovechó la estela dejada por la primera guerra mundial, ya que con los impuestos sobre la renta y el comercio exterior logro recaudar los recursos financieros que el país necesitaba para hacer frente a la crisis financiera de la gran depresión, pero sin dejar de lado a los impuestos al timbre. Aunque, en México, el IVA tardó 26 años en ser introducido como tal en el país, con lo cual terminó por desplazar a la antigua Ley del timbre decretada en 1887 que llegó a comprender el 96% del total de ingresos.

La introducción del IVA a México en 1978, derivó de las recomendaciones hechas por el economista polaco Nicolás Kaldor y por las fuertes presiones externas, tras la crisis financiera de los 70´s a causa de la deuda pública incontrolable. Su introducción fue considerada como una de las hazañas más trascendentes, tras eliminar el impuesto sobre ingresos mercantiles; un impuesto a las ventas con efecto de cascada, que simplificó 25 impuestos federales y 300 impuestos estatales en uno solo. En su aparición en 1980, contó con actos exentos, una tasa fronteriza de 6%, una tasa general de 10% y tasa de 0% para alimentos agrícolas y básicos.

Fundamento Constitucional del IVA en México

El fundamento constitucional para el establecimiento de tributos en México se encuentra en el artículo 31, fracción IV, el cual señala que es obligación de los mexicanos contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa, en la manera que los establezcan las leyes. El nacimiento de una obligación tributaria está sujeta generalmente al cumplimiento de una hipótesis establecida en una normativa tributaria, y en su devengo se genera una relación jurídica entre dos sujetos, uno con la calidad de acreedor del derecho generado, quien recibe el nombre de sujeto activo, y un segundo con el distintivo de sujeto pasivo, quien tiene la obligación de cumplir con el crédito fiscal. De acuerdo con el artículo primero de la LIVA, se hace el señalamiento del sujeto obligado y señala los hechos imponibles que generan la obligación tributaria.

No obstante, a pesar del señalamiento de las personas físicas y morales, esta normativa no señala realmente a los legítimos sujetos pasivos de la obligación tributaria, sino únicamente señala a sujetos responsables de la obligación. Lo cual genera deficiencias para cumplir con los principios constitucionales al establecer estímulos fiscales, exenciones y tasas al 0% a ciertos productos básicos o sectores económicos.

Propuestas para la Zona Fronteriza

La siguiente administración, a entrar en funciones el 1 de diciembre de 2018, ha propuesto bajar, en la zona fronteriza, el IVA a una tasa de 8 % y el ISR a personas morales a una tasa de 20 %. Estas medidas buscan hacer dicha zona más competitiva con los Estados Unidos. Históricamente, en México, se ha tenido una tasa de Impuesto al Valor Agregado (IVA) diferenciada entre la frontera y el resto del país.

De 1990 a 1994, la tasa en la frontera era de 6%, mientras que, en el resto del país, de 15% hasta 1991, y de 10% de 1992 a 1994. Posteriormente, de 1995 a 2009, la tasa en la frontera aumentó a 10% y la del resto del país a 15%. Finalmente, de 2010 a 2013, la tasa en la frontera fue de 11%, mientras que, en el resto del país, aumentó a 16%. No fue hasta la reforma fiscal de 2014 cuando se homologaron las tasas, siendo de 16% en todo el país.

En el caso del ISR a personas morales, la historia es diferente. Se propone reducir esta tasa de 30% a 20% y no existen antecedentes de tasas diferenciadas en diferentes regiones del país. Es importante mencionar que la recaudación de cualquier impuesto no depende exclusivamente de las tasas y demás especificaciones en la ley, sino que dependen en gran medida de factores como el crecimiento económico. En un año con mucho dinamismo en la economía, las utilidades de las empresas y el consumo de las personas aumenta, lo que genera una mayor recaudación tanto de IVA como de ISR. Lo opuesto ocurre en un año de estancamiento económico.

En la propuesta, se considera zona fronteriza como la región que va desde la frontera con Estados Unidos hasta 30 kilómetros adentro del país. Como estimación de la población que se vería afectada por esta medida, se obtiene del INEGI (2018) la poblacion de los municipios que colindan con la frontera. El primer paso es estimar cuánto sería el IVA obtenido, si se mantuviera el consumo constante y solo se redujera la tasa del IVA a la mitad. Posteriormente, se realiza un análisis de sensibilidad, esto es debido a que al disminuir el IVA, el precio de venta de los productos disminuye, por lo que la demanda de los mismos aumenta.

A partir del IVA obtenido para 2017, se obtiene el valor de las mercancías sin dicho impuesto, el cual es de $704,118.9 millones de pesos. De manera similar a la propuesta del IVA, lo que se busca es hacer más competitiva la zona y atraer mayor inversión, aprovechando la cercanía con Estados Unidos.

A diferencia del IVA, en donde se ajustó el IVA total de los estados de acuerdo con el porcentaje de la población que vive en la zona fronteriza, esto no se realiza en el caso del ISR. Se obtiene el ISR total de los estados fronterizos con excepción de Nuevo León. El primer paso es estimar la pérdida de recaudación de ISR asumiendo que no existe movimiento de utilidades hacia la zona con menor tributación. Con la tasa actual de 30%, se obtiene una recaudación de $68,296.0 millones de pesos.

Para realizar un análisis de sensibilidad se utiliza el estudio Income shifting, investment, and tax competition: theory and evidence from provincial taxation in Canada elaborado por Mintz and Smart (2004). En este estudio, se clasifica a las empresas en tres tipos de acuerdo con su propensión a mover ingresos a un estado con menor tasa impositiva:

  1. Grandes corporaciones que pagan impuestos en un solo estado y son subsidiarias de otras grandes corporaciones.
  2. Otras grandes corporaciones.
  3. Empresas pequeñas.

Las medidas de reducir el IVA en la zona fronteriza a 8% y el ISR a personas morales a 20% podrían resultar en una pérdida recaudatoria total que va desde $83,148.2 millones de pesos hasta $104,411.8 millones de pesos. Esto, a pesar de que la medida podría aumentar la competitividad en la zona fronteriza y atraer mayor inversión y consumo, dejaría un hueco importante en las finanzas públicas, presionadas por cambios sociodemográficos que tienen implicaciones en el presupuesto, sobre todo con aumentos en el gasto en pensiones y salud.

Tabla Resumen de Tasas de IVA en la Zona Fronteriza de México (1990-2013)

Periodo Tasa IVA en la Frontera Tasa IVA en el Resto del País
1990-1991 6% 15%
1992-1994 6% 10%
1995-2009 10% 15%
2010-2013 11% 16%

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