¡Descubre Cómo Obtener la Devolución de Impuestos en México! Requisitos y Proceso Fácil para Turistaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Es importante conocer que todo turista en México puede requerir la devolución de los impuestos que les hayan sido cobrados al momento de adquirir mercancías en comercios establecidos en nuestro país. Claramente, debemos estar al tanto que si nosotros somos turistas en otro país, también podemos reclamarlo.

Tal como indica el Servicio de Administración Tributaria (SAT), si desean poder hacerse de este beneficio, los visitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • El viajero que salga del país debe hacerlo por vía aérea o marítima.
  • Debe contar con comprobantes fiscales de compra.
  • Los artículos adquiridos deben salir efectivamente del país.
  • La compra mínima por establecimiento debe ser de 1,200 pesos.
  • Productos adquiridos con medios electrónicos (tarjeta de crédito o débito). Si las compras son en efectivo no deben exceder 3,000 pesos.

¿Cómo solicitar la devolución del IVA?

Para que pueda hacerse efectiva la devolución, el turista debe solicitar al establecimiento el comprobante fiscal correspondiente y el formato de solicitud de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA). Acto seguido, deberá acudir a uno de los módulos autorizados, ubicados en puertos y aeropuertos. Allí se presenta todas las mercancías por las cuales se solicita la devolución, y se procede al pago correspondiente.

Es destacable que, el pago se realiza en pesos mediante rembolso al medio electrónico utilizado o bien, en efectivo hasta por 50% del monto a pagar al turista, nunca superior a 10,000 pesos. El remanente se deposita de manera electrónica en la cuenta que éste indique.

Ubicaciones para la Devolución del IVA

La devolución de IVA a Turistas sólo está disponible en:

Lea también: Devolución de impuestos: cálculo paso a paso

  • Ciudad de México
  • Guadalajara
  • Cancún
  • Los Cabos
  • Puerto Vallarta
  • Cozumel
  • Playa del Carmen
  • Cabo San Lucas
  • Mazatlán
  • Majahual
  • Progreso
  • Ensenada

CFDI para devolución de IVA a turistas extranjeros

A efectos de cumplir con lo que indica el Código Fiscal de la Federación, los requisitos de identificación del turista serán los siguientes:

  • Nombre del turista extranjero.
  • País de origen del turista extranjero.
  • Número de pasaporte.

El medio de transporte será identificado con el boleto o ticket que otorgue al turista el derecho de traslado, siempre que además de los datos del turista tenga lugar de origen y destino.

La solicitud de devolución del IVA a turistas extranjeros será emitida por la concesionaria y deberá contener como requisitos mínimos los siguientes:

  • Lugar y fecha.
  • Descripción de las mercancías adquiridas, señalando la forma de pago utilizado.

Documentos necesarios para devolución del IVA a turistas extranjeros

Para los efectos del artículo 31 de la Ley del IVA, los turistas extranjeros que salgan del país vía aérea o marítima y que deseen obtener la devolución del IVA, deberán presentarse ante el concesionario con lo siguiente:

  1. La solicitud de devolución del IVA a turistas extranjeros será emitida por el concesionario, la cual deberá encontrarse totalmente requisitada y firmada de manera autógrafa por el turista extranjero, así como contener como requisitos mínimos los siguientes:
    • Lugar y fecha.
    • Descripción de las mercancías adquiridas, señalando la forma de pago utilizado. El total de las mercancías adquiridas en efectivo no podrá rebasar la cantidad de $3,000.00 (tres mil pesos 00/100 M.N.) por turista.
    • Monto o cantidad total de la operación con el IVA desglosado.
    • Comisiones aplicables por el concesionario.
    • Monto neto del IVA a devolver.
    • Monto a devolver en efectivo.
    • Nombre del turista extranjero.
    • País emisor del pasaporte del turista.
    • Número de pasaporte.
    • Fecha de salida del país.
    • Firma del turista extranjero.
    • Tipo y número del medio de pago electrónico con el que se realizó la compra. Cuando las adquisiciones de mercancías se hayan realizado a través de varios medios de pago electrónico, el reembolso se hará al medio de pago electrónico que determine el turista en su solicitud.
    • La leyenda “La procedencia de la devolución está sujeta al debido cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución Miscelánea Fiscal y que el solicitante de la devolución se presente ante el concesionario”.
  2. Impresión del comprobante fiscal que ampare la adquisición de las mercancías por las que desea la devolución, emitido por las tiendas en donde adquirieron dichas mercancías.
  3. Forma migratoria múltiple electrónica o sello de internación en el documento de identidad o ticket emitido en los filtros migratorios autónomos, con los que se acredite la calidad migratoria como Turista.
  4. Las mercancías por las que se solicita la devolución.
  5. Pasaporte original vigente.
  6. Pase de abordar o documento que acredite la salida del turista extranjero del territorio nacional.
  7. Impresión del comprobante de pago de las mercancías por las que desea la devolución, emitido por las tiendas en donde adquirieron dichas mercancías.

Tratándose de pasajeros extranjeros que arriben a puertos mexicanos en cruceros turísticos en los que el viaje se haya iniciado en el extranjero y desembarquen en el país, en lugar de presentar los documentos a que se refieren las fracciones III y VI de la presente regla, podrán presentar copia de la tarjeta de embarque o del boleto que les expida el naviero u operador, en el cual conste el nombre del pasajero extranjero, debiendo cumplir con los demás requisitos que se establecen en esta regla.

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