Devolución de IVA para el Sector Agropecuario: Requisitos Clave que Debes Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La legislación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contempla la posibilidad de que los contribuyentes del sector agropecuario soliciten la devolución del IVA generado por sus gastos. Esto se fundamenta en el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece que "Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales".

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido regulaciones específicas para proporcionar un marco legal a la devolución del IVA a los contribuyentes del sector agropecuario, cumpliendo así con una deuda pendiente desde la reforma fiscal de 2014.

¿Quiénes pueden solicitar la devolución del IVA?

En concreto, tanto las personas físicas como las morales que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 74, sexto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), pueden acceder a la devolución del IVA en un plazo máximo de 20 días hábiles.

Requisitos para la Devolución del IVA

Esta facilidad se aplicará siempre y cuando los contribuyentes cumplan con la presentación de la solicitud de devolución y con los siguientes requisitos:

  • Contar con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL).
  • Contar con una opinión positiva del cumplimiento de sus obligaciones fiscales, conforme al artículo 32-D del CFF.
  • La devolución no podrá ser superior a $500,000.00 pesos.
  • Las últimas 12 solicitudes de devolución no hayan sido negadas total o parcialmente por la autoridad fiscal en más del 20% del monto solicitado, siempre y cuando este no exceda de $1,000,000.00 pesos.

En otras palabras, las últimas 12 solicitudes de devolución no deberán haber sido negadas por la autoridad fiscal, en más del 20% del monto solicitado siempre y cuando no exceda de $1,000,000 de pesos.

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Resumen de Requisitos

Para mayor claridad, a continuación se presenta un resumen de los requisitos:

Requisito Descripción
FIEL Contar con Firma Electrónica Avanzada vigente.
Opinión Positiva Cumplimiento de obligaciones fiscales (art. 32-D CFF).
Monto Máximo La devolución no debe superar $500,000.00 pesos.
Solicitudes Previas Menos del 20% de las últimas 12 solicitudes negadas, y el monto solicitado no debe exceder $1,000,000.00 pesos.

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