Cuando las personas físicas presentan su declaración anual, y el resultado es un saldo a favor, pueden optar por compensarlo contra otros saldos a pagar del mismo impuesto o solicitar su devolución. La devolución del saldo a favor es sin duda el momento favorito de cualquier contribuyente; esto sucede cuando pagaste más de lo que debías en el momento de realizar el cálculo de tus impuestos.
Plazos y normativa legal
El artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el plazo para que la autoridad fiscal realice la devolución es de 40 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que se presentó la declaración con la solicitud de devolución. En este periodo no se consideran sábados, domingos, días festivos ni los días señalados en la regla 2.1.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF).
Es fundamental conocer los tiempos y requisitos establecidos para obtener una devolución efectiva. Antes de pedir tu devolución, revisa bien todos los lineamientos que pide el SAT. El monto del saldo autorizado puede ser parcial si hay una diferencia en la información sobre operaciones con retenedores, erogaciones deducibles o estímulos.
Cómo consultar el estatus de la devolución
El estatus puede consultarse ingresando al Buzón Tributario en la página web del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el registro federal de contribuyentes (RFC) y la contraseña o firma electrónica avanzada (e.firma). Una vez dentro, se deben seguir los siguientes pasos:
- Ir a la sección “Trámites”.
- Seleccionar “Consulta el estado de tu devolución”.
- Elegir “Devolución automática ISR”.
- Indicar el año correspondiente de la declaración.
En la columna “Mostrar solicitudes” podremos encontrar los siguientes estatus:
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- En proceso de validación: la autoridad aún está revisando la declaración.
- En proceso de pago: la devolución fue autorizada y el depósito está en proceso.
- Pagada: el depósito ya fue realizado en la cuenta de la o el contribuyente.
- Rechazada: la autoridad necesita información o documentación adicional para autorizar la devolución.
Procedimiento ante devoluciones rechazadas
Si la devolución fue rechazada, en esa misma página las y los contribuyentes pueden dar clic en “Buscar” para mostrar la información de la declaración y hacer doble clic en el renglón correspondiente para desplegar el botón “Consultar detalle” y conocer los motivos por los cuales no fue autorizada la devolución automática. En estos casos, la persona física deberá realizar una solicitud de devolución adicional, aportando la documentación requerida conforme a las reglas que expida la autoridad y aclarando las inconsistencias señaladas en el rechazo.
Una vez enviada la solicitud de devolución, la autoridad fiscal tendrá un nuevo plazo de 40 días hábiles para revisarla; sin embargo, existe la posibilidad de que dentro de los primeros 20 días hábiles requiera más información sobre los ingresos o deducciones reportados en la declaración anual, lo que podría extender el plazo inicial. Si después de varios días no recibes tu devolución automática o el sistema no la autoriza, puedes presentar una solicitud manual mediante el Formato Electrónico de Devoluciones.
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