El pasado 13 de noviembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación de México, SCJN, tomó una decisión trascendental para miles de trabajadores jubilados del IMSS, sentando las bases para la posible devolución de recursos de sus cuentas individuales. El Pleno de la Corte determinó ejercer su facultad de atracción en un tema clave, abriendo el camino para resolver una demanda histórica sobre sus ahorros.
Decisión crucial de la SCJN sobre devolución de fondos
La Nueva Corte dio a conocer su veredicto, cuyo fallo fue aprobado por una mayoría de siete votos de los Ministros. El fallo se centra en los recursos acumulados en los rubros de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez del régimen anterior. Esta acción legal busca determinar de manera definitiva si, conforme a sus regímenes de jubilación, estos trabajadores tienen derecho a la devolución de dichos fondos. “En consecuencia, se ejerce la facultad de atracción en la solicitud 677/2025″, indica la SCJN.
Implicaciones de la Facultad de Atracción 677/2025
La decisión de la SCJN no constituye una sentencia definitiva que ordene la devolución inmediata de los fondos, sino que es un paso procesal crucial. Al ejercer la Facultad de Atracción 677/2025, la Corte atrae un conjunto de juicios de amparo que presentaban criterios distintos entre los Tribunales Colegiados de Circuito. Esta medida de la Corte es altamente favorable para los jubilados, pues garantiza que sea el Máximo Tribunal quien resuelva con una única interpretación. De esta manera, se evitará la dispersión de criterios legales, proveyendo certeza jurídica a nivel nacional sobre este sensible tema de pensiones del IMSS.
La Facultad de Atracción 677/2025 fue sometida a consideración del Pleno con el objetivo de responder a la pregunta central que aqueja a miles de pensionados: “¿Los trabajadores jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social conforme a su régimen de jubilaciones y pensiones tienen derecho a la devolución de los recursos de la cuenta individual relativos a los rubros de cesantía en edad avanzada y vejez?”. Este ejercicio implica que la SCJN tomó para sí la resolución de casos como los Amparos Directos 470/2024 y 835/2024 de los Tribunales del Cuarto Circuito. Así lo confirmó el Secretario General de Acuerdos al anunciar que la solicitud fue aprobada por “Mayoría de siete votos, señor Ministro Presidente” durante la sesión del 13 de noviembre. Una vez que la SCJN emita su sentencia de fondo, esta resolución se convertirá en una jurisprudencia obligatoria para todos los tribunales del país.
Proceso de entrega de recursos de jubilación
En el caso de trámites realizados por el otorgamiento de una Negativa de Pensión, la Afore entregará en una sola exhibición la totalidad de los recursos acumulados en la Cuenta Individual. En este supuesto, los recursos de SAR IMSS 92 y SAR INFONAVIT 92 se entregan hasta que el Trabajador cumpla 65 años de edad.
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Asimismo, en caso de las pensiones otorgadas al amparo de la Ley del Seguro Social de 1997, los recursos de la Cuenta Individual que no se entregan al Trabajador serán utilizados para el financiamiento de la pensión a través de una Renta Vitalicia contratada con una Aseguradora o un Retiro Programado contratado con una Afore. La Reforma a la Ley del Seguro Social de 2020 establece que la Pensión Garantizada (PG) será el monto mínimo de pensión que podrá recibir un Trabajador al jubilarse. Para determinar el monto se considerará el rango en el que se encuentre el promedio del SBC percibido durante la carrera laboral, el cual se actualizará con el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) a la fecha en que se pensione el trabajador; el total de semanas que hayan cotizado y la edad en la que se retire (a partir de los 60 años).
Obligaciones fiscales de los pensionados ante el SAT
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) mantiene normativas estrictas respecto a las obligaciones fiscales de los contribuyentes en México, incluyendo a la población pensionada. Estas regulaciones determinan el pago de impuestos sobre los ingresos generados, sin importar si provienen de esquemas de jubilación, apoyos gubernamentales o fondos de ahorro. Los beneficiarios del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado están sujetos a revisiones periódicas. Las autoridades fiscales monitorean los montos recibidos para aplicar los descuentos correspondientes de manera automática, de acuerdo a la legislación vigente aplicable al ejercicio en curso.
Exención y cálculo del ISR en pensiones
Es importante saber que no cualquier persona que reciba una pensión del IMSS o del ISSSTE tiene la obligación de pagar impuestos. De acuerdo con la Ley del Impuesto sobre la Renta, existe un tope libre de ISR para los ingresos que provienen de jubilaciones, pensiones o apoyos por retiro e invalidez. Para este 2026, el monto libre de impuestos ronda los 53 mil 493 pesos al mes, un cálculo que se basa en el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Por lo tanto, si el ingreso mensual por este concepto no supera dicha cantidad, el pensionado no tiene que pagar el ISR. La situación cambia para quienes reciben un monto mayor. Eso sí, el SAT no cobra el impuesto sobre el total del dinero recibido, sino únicamente por la diferencia que rebase el límite permitido por la legislación.
Consideraciones sobre ingresos múltiples y fiscalización
Una confusión habitual entre los beneficiarios es pensar que las pensiones se evalúan de forma independiente. La realidad es que la autoridad fiscal suma todos los ingresos que se obtienen por este concepto. Es decir, si una persona cuenta con una pensión propia por sus años de servicio y, al mismo tiempo, recibe otra por viudez, el fisco juntará ambas cantidades. Si el monto total de esas pensiones supera el límite exento que marca la ley, entonces sí aplicará el cobro de impuestos por el excedente. Además, hay que tomar en cuenta que pueden surgir otras responsabilidades con Hacienda si el pensionado percibe dinero extra; por ejemplo, por rentas de inmuebles, rendimientos en el banco, negocios propios, trabajo por honorarios o la venta de algún bien. Por esta razón, los expertos sugieren revisar con regularidad el visor de ingresos y checar la situación fiscal para asegurarse de no tener ningún pendiente u obligación omitida ante la autoridad.
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