La Distribuidora Farmacéutica Ernesto (Difarmer) dedicada a la distribución de medicamentos genéricos de alta calidad, provenientes de los laboratorios de mayor prestigio. Originaria de Culiacán, Difarmer nació en 1960 y se ha consolidado en el mercado farmacéutico como clave para la distribución de medicinas en el país.
La empresa de origen mexicano Difarmer instalará una operación en la Laguna, donde invertirá 185 millones de pesos y generará 150 empleos directos. Desde su nueva ubicación, la compañía logrará emplear a 150 personas en la zona.
En su labor, la compañía atiende a clientes como farmacias, clínicas, hospitales, médicos de botiquín, boticas, sector salud, tiendas de autoservicio y otras distribuidoras. La compañía tiene sus oficinas centrales en Culiacán y cuentan con dos centros de distribución: uno en Torreón, Coahuila, donde continúan invirtiendo y otro en León, Guanajuato.
En el ámbito de la distribución farmacéutica, las políticas de devolución son un aspecto crucial. VGR STEELS DISTRIBUIDORA, S.A. DE C.V., su matriz, sus afiliadas y/o subsidiarias (en adelante MÁS SALUD MÁS FARMA), tiene una amplia variedad de productos que pueden ser sujetos a devolución por alguno de los motivos descritos en el presente documento. El objeto de los presentes Términos y Condiciones es establecer las disposiciones bajo los cuales será procedente la devolución de productos previamente adquiridos por el Cliente y permitan brindar atención satisfactoria.
Definiciones Clave para la Devolución de Productos
Para comprender el proceso de devolución, es importante establecer algunas definiciones utilizadas en las políticas de devolución:
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- Cliente: La persona física que consume productos en la Farmacia.
- Devolución: A la devolución realizada por el cliente de los productos adquiridos en la Farmacia.
- Farmacia: Cualquier punto de venta que MÁS SALUD MÁS FARMA tenga dentro de territorio nacional.
- Vendedor de Farmacia: Persona física facultada para realizar el proceso de devolución en mostrador.
- Presentación de medicamento: La forma farmacéutica del medicamento, que pueden ser: sólidas, semisólidas y líquidas.
- Productos: Artículos que comercializa MÁS SALUD MÁS FARMA, como pueden ser medicamentos, productos de cuidado personal y belleza, productos de naturales, alimentos y bebidas, insumos para la salud y/o cualquier otro que MÁS SALUD MÁS FARMA comercialice.
- Ticket de compra: El Ticket generado al momento de la compra en la Farmacia, el cual deberá ser entregado de manera física.
Condiciones Generales para la Devolución de Medicamentos
Productos que se Pueden Cambiar o Devolver (Ejemplo MERCFARMA SA DE CV)
Ciertas condiciones específicas permiten la devolución de productos, que el cliente debe informar al momento de recibir o recolectar su pedido. El seguimiento se brindará en un periodo no mayor a 48 hrs. hábiles, dando a conocer el proceso a seguir. Los productos deben estar en el mismo estado en que fue comprado, conservando la integridad de su envase y sellos originales intactos.
| Categoría de Devolución | Descripción |
|---|---|
| Defectos en empaque primario | Con defectos en su empaque primario (no corrugados o empaque secundario). |
| Caducidad próxima | Con menos de 8 meses de caducidad. |
| Sustancia incorrecta | Que no contenga la sustancia o principio activo que se solicito para el caso de medicamento. |
Productos que NO se Pueden Cambiar o Devolver (Ejemplo MERCFARMA SA DE CV)
Existen claras restricciones para la devolución de medicamentos, que garantizan la calidad y seguridad del producto farmacéutico.
| Categoría de Restricción | Descripción |
|---|---|
| Daños físicos | Medicamento dañado, manchado, roto, rayado, etiquetado. |
| Envío por paquetería externa | Cuando el CLIENTE solicita él envió por cualquier empresa de paquetería. |
| Medicamento de Red Fría | Medicamento de Red Fría. |
| Caducidad lejana | Medicamento con 12 o más meses de caducidad. |
| No comercializado por cliente | Medicamento que el CLIENTE no pudo comercializar por cualquier situación. |
Casos de Devolución y Requisitos (Ejemplo MÁS SALUD MÁS FARMA)
El Cliente puede solicitar la devolución de su pedido en los siguientes casos. Para realizar las devoluciones de productos de ventas efectuadas en Farmacia, se realizará directamente en mostrador mostrando el ticket de compra, el reembolso se realizará en la misma forma de pago mediante la cual se adquirieron los productos devueltos.
- Producto caduco: Entendiéndose este como aquel que al momento de la compra se encuentra caducado.
- Calidad del producto: Entendiéndose este como aquel producto que se encuentre en mal estado de origen o fabricación.
- Mal surtido (producto incorrecto): Siempre y cuando sea demostrable que el error se cometió por parte de un colaborador de la Farmacia.
Requisitos para Devoluciones (Ejemplo MÁS SALUD MÁS FARMA)
MÁS SALUD MÁS FARMA analizará cada caso en concreto la viabilidad de la devolución, misma que será confirmada o rechazada por el mismo medio de comunicación.
- Mostrar el Ticket de compra físico.
- La receta, en su caso.
- Productos en buen estado y con el empaque original y completo.
- Reclamar la devolución del producto dentro de las 48 horas posteriores a la compra en la misma sucursal donde se haya realizado la compra.
Restricciones Adicionales (Ejemplo MÁS SALUD MÁS FARMA)
La Devolución no aplicará cuando se trate de:
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- Productos que requieran cadena de frío.
- Productos abiertos a valoración, manipulados o con el empaque dañado.
MÁS SALUD MÁS FARMA se reserva el derecho de modificar, actualizar o cambiar los presentes términos y condiciones en cualquier momento, sin necesidad de previo aviso.
Manejo de Productos Farmacéuticos Devueltos y Control de Calidad
La correcta gestión de los productos farmacéuticos devueltos es fundamental para la seguridad y la calidad. En términos generales, los productos farmacéuticos devueltos del mercado deben ser destruidos a menos que se pueda asegurar que su calidad es satisfactoria. En tal caso, pueden considerarse para reventa o re-etiquetado, sólo después de que han sido evaluados por el departamento de calidad acorde a un procedimiento que considere evaluar la naturaleza del producto, las condiciones de almacenamiento requeridas, su condición actual, historial, y tiempo transcurrido desde que se distribuyó. En caso de dudas sobre la calidad del producto, no se debe considerar adecuado su reutilización.
Medidas de Cuarentena y Verificación
- Mantener identificados en cuarentena los productos (defectuosos, con documentación incompleta, con excursión de temperatura inaceptable durante el transporte, productos sospechosos de ser falsificados).
- Verificar que las cajas que contienen el producto devuelto estén cerradas y selladas para garantizar que no hubo pérdida durante el transporte.
El área de cuarentena debe tener la capacidad suficiente para permitir el almacenamiento ordenado de las diversas categorías de productos y con la separación y segregación adecuadas; puede ser una zona físicamente separada o definida, usando un sistema informático adecuado de control de inventarios; debe tener acceso sólo personal autorizado.
Estos principios están en línea con las recomendaciones de organismos internacionales como la WHO Technical Report Series, No. 961 del WHO EXPERT COMMITTEE ON SPECIFICATIONS FOR PHARMACEUTICAL PREPARATIONS, Forty-fifth report.
Regulaciones para la Disposición Segura de Medicamentos
A nivel normativo, se buscan constantemente nuevas formas de asegurar la correcta disposición de medicamentos. La DEA emitió reglamentos que dan más opciones para la eliminación segura de medicamentos de venta con receta sin usar, no deseados o caducos. Entre estas opciones está devolver analgésicos y otros medicamentos sin usar a farmacias aprobadas y programas de devolución por correo. Estos nuevos reglamentos ampliarán las opciones para deshacerse de forma responsable y segura de medicamentos sin usar o no deseados. A las agencias policiacas se les permitirá continuar con la organización voluntaria de eventos de devolución de medicamentos y la administración del programa de devolución por correo. Los reglamentos entraron en vigor el 9 de octubre de 2014.
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