El impuesto predial es una contribución fundamental para el desarrollo y mantenimiento de la ciudad.
Descuentos Disponibles en Monterrey
Durante enero, los contribuyentes que paguen su predial anual podrán acceder a un 15% de descuento sobre el monto total.
Además, si el pago se realiza a través del módulo digital, se aplicará un 2.5% adicional, lo que representa un ahorro significativo para las familias.
Durante este mes, los ciudadanos pueden obtener un 15% de descuento sobre el pago anual y, si realizan el trámite en línea, se suma un 2.5% adicional.
¡Ahorra hasta 17.5% en tu predial en Nuevo León!
Lea también: Atracciones en la Hacienda Panoaya
Opciones de Pago del Predial
El pago en línea es rápido, seguro y está disponible las 24 horas del día.
Delegaciones y Módulos de Atención
Además del módulo digital, el municipio de Monterrey cuenta con 14 delegaciones y módulos de atención distribuidos en diferentes puntos de la ciudad. Ubica tu módulo más cercano y paga en línea o en delegaciones.
Algunas de las ubicaciones más destacadas son:
- Plaza La Silla: Av. Eugenio Garza Sada s/n, Col. Contry.
- Plaza Real: José Eleuterio González #315, Col. Jardín del Cerro.
- Palacio Municipal: Zaragoza y Ocampo s/n, 1er y 3er piso.
- Parque España: Entrada por Federico Gómez s/n.
Consideraciones Adicionales sobre el Impuesto Predial
En el caso de predios baldíos se pagará el Impuesto Predial adicionando 2 al millar a la tasa prevista en el primer párrafo de este Artículo.
Si el inmueble se encuentra fuera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, o si su superficie no excede de 200 metros cuadrados y su propietario o poseedor no tienen otro inmueble en el Estado, la tasa adicional prevista en este párrafo será de 1 al millar.
Lea también: Guía para consultar tu RFC
Tratándose de predios con edificaciones comerciales, industriales, de servicios y de cualquier uso distinto al de casa habitación, se pagará el Impuesto Predial adicionando uno al millar a la tasa prevista en el primer párrafo de este Artículo.
Si una parte de la edificación tiene un uso habitacional, la tasa a que se refiere el párrafo anterior se aplicará únicamente respecto del valor catastral de las construcciones no habitacionales e instalaciones, y en lo que respecta al valor catastral del terreno y de las construcciones e instalaciones cuyo destino no sea posible identificar, se les aplicará la tasa en la proporción que represente el valor catastral de las construcciones e instalaciones identificables como de uso no habitacional, respecto del total de las construcciones con uso identificable, ya sea habitacional o no.
En esta página encontrarás información sobre cómo se determina y paga el impuesto predial, así como las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones, que sirven de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria.
Lea también: Guía para Agendar Citas en el SAT Pachuca
