Descubre Todo sobre el CFDI de Recepción de Pagos: Guía Completa con Ejemplos Clarospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) significa una factura, aunque no al estilo antiguo, sino llevada a lo digital, es decir que hablamos de facturación electrónica. Sin embargo, no todos los CFDI son facturas, pues existen otros tipos de Comprobantes Digitales, como es el caso de aquellos que sirven de complemento. El Complemento para Recepción de Pagos (REP), o Recibo Electrónico de Pago, suele generar varias dudas prácticas.

¿Qué es el CFDI de Recepción de Pagos o Complemento de Pago?

Este nuevo tipo de CFDI, llamado también “CFDI de Pago” o “Recibo Electrónico de Pago” (REP) o “Complemento de Pago”, representa un recibo de pago con validez fiscal. Este es uno de los 6 tipos de CFDI considerados por el SAT. Se trata de un CFDI que incorpora un complemento para recepción de pagos.

El documento indica el monto que se paga y la factura electrónica de cuyo saldo se liquida. Los elementos que incluye este tipo de comprobantes son:

  • Factura de tipo Pago.
  • Valor de la Factura es cero.
  • Información del pago recibido.

Este comprobante permite identificar cuándo se cobran las facturas pendientes de cobro. Así, la autoridad determina qué cantidad es correcta aplicar en la deducción y acreditación de impuestos efectivamente pagados. Este tipo de CFDI tiene como finalidad identificar la factura al instante que se liquida y mostrar el monto a pagar.

Para los contribuyentes que determinan su ISR en base a flujo de efectivo (lo que efectivamente se cobró y se pagó), el CFDI de Pago definirá el momento en el que se acumularán los ingresos para el cálculo de impuestos. Lo mismo ocurre por la parte de los gastos, ya que nos ayuda a tener los gastos efectivamente pagados en el periodo. Esto aplica tanto para personas físicas de cualquier régimen fiscal, así como para las personas morales que optaron por el beneficio de determinación del ISR en base al flujo de efectivo. El complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura previa. En este tipo de CFDI se especifica el método de pago de una factura, así como el monto correspondiente.

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El complemento de pago es un documento fiscal digital que acompaña a los CFDI de ingreso cuando el pago de la factura no se realiza en una sola exhibición. Este documento es fundamental para cumplir con las disposiciones del SAT en materia de facturación electrónica y para efectos fiscales relacionados con el IVA trasladado y acreditable.

¿Cuándo Emitir un CFDI de Recepción de Pagos?

El Complemento de Pago debe emitirse en situaciones específicas donde el pago de una factura no se realiza de forma inmediata o completa en el momento de la emisión de la misma. Se deberá utilizar cuando una factura se pague a crédito, es decir, posterior a su emisión.

Existen diversos escenarios que requieren la emisión de este comprobante:

  • Cuando se recibe el pago de una parcialidad de la factura. En este caso, se genera el CFDI de la factura por el valor total de la operación antes de comenzar a recibir las parcialidades. Se genera un CFDI de recepción de pagos al recibir cada una de las parcialidades de la contraprestación. De tal forma que si son 12 parcialidades, se generan 13 CFDI: 1 Factura por el valor total de la operación, y 12 Facturas de recepción de pagos.
  • Cuando el monto total de la factura se cubre en varias transacciones, es decir, en pagos fraccionados.
  • Cuando el pago se realiza en una fecha posterior a la emisión del CFDI. Esto es común en acuerdos comerciales donde se emite una factura con condiciones de pago a crédito o bajo términos específicos.
  • Es posible que un cliente realice un solo pago para cubrir múltiples facturas emitidas previamente.

Cuando emites una factura (CFDI de Ingreso) con el Método de Pago “PPD” (Pago en Parcialidades o Diferido): Esto sucede si tú y tu cliente acuerdan que el pago se realizará en una fecha posterior a la emisión de la factura, o si te liquidarán el monto en varias exhibiciones. En este caso, por cada pago que recibas posteriormente para saldar esa factura, deberás emitir un complemento de pago.

Métodos de Pago: PUE vs. PPD

Existen dos métodos de pago a utilizar para determinar la necesidad de un Complemento de Pago:

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  • Pago de Una sola Exhibición (PUE): Esto es cuando se recibe el pago en el momento en que se realiza la contraprestación, se paga antes del día 15 del mes siguiente y no se requiere crear comprobantes.
  • Pago en Parcialidades o Diferido (PPD): Ocurre cuando las operaciones quedan a crédito o no se pagan en el momento de efectuar la operación. Si la factura cuenta con el código PPD, recuerda que debes generar un comprobante de tipo Pago con el Complemento de Recepción de Pagos. Las situaciones PPD incluyen:
    • Pagos en parcialidades: El monto total de la operación se divide en dos o más pagos.
    • Pagos diferidos: El monto total de la factura se paga en una sola exhibición, pero en una fecha posterior a la emisión de la factura original.

¿Cuándo NO Aplica el Complemento de Recepción de Pagos?

Es igualmente importante saber cuándo no aplica la emisión de este complemento:

  • La factura original se emite con Método de Pago “PUE” (Pago en una sola exhibición) y el pago se recibe en ese mismo instante.
  • Se trata de la facturación de anticipos, ya que los anticipos tienen un procedimiento de facturación específico.
  • Hay una facilidad exclusiva para las personas físicas que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) establecida en la regla 2.7.1.42 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, los cuales pueden emitir el CFDI sin tener que incorporar el Complemento de Pago por las operaciones con un importe total igual o menor a $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 M.N.).
  • El Complemento de Pagos no aplica para asalariados ni para el CFDI por Honorarios, excepto si dichos honorarios se pagan de manera diferida.

Información Requerida en el CFDI de Recepción de Pagos

Los datos que se deben llenar en el CFDI de Pago son los mismos de cualquier otro comprobante, la única diferencia es que al final se agrega un apartado denominado Complemento. Este proceso se divide en dos partes: el CFDI “cascarón” de tipo Pago y el Complemento en sí, anidado dentro. Este es el CFDI principal que contendrá el Complemento de Pago.

A continuación, se detallan las secciones principales:

Datos Generales del Comprobante

  • Nombre del emisor.
  • RFC Emisor y Receptor.
  • Clave de Régimen Fiscal.
  • Tipo de comprobante.
  • Lugar de expedición.
  • Uso de CFDI (debe ser CP01 - Pagos).
  • Fecha y hora de expedición.
  • Versión.
  • Moneda (a nivel comprobante): Se registra la clave XXX (“Los códigos asignados para las transacciones en que intervenga ninguna moneda”).
  • ObjetoImp: 01 (“No objeto de impuesto”).

Datos del Producto/Concepto

Es importante mencionar, que según la Guía de llenado para incorporar el Complemento de Pago en el campo de “Concepto” de manera genérica se debe adicionar la clave de producto o servicio “84111506” y la clave de unidad “ACT”, así como la descripción “Pago” el valor unitario de “0”. Podremos observar que en la parte inferior el CFDI tendrá un valor total de cero pesos.

  • Clave de producto y servicio: 84111506
  • Cantidad: 1
  • Clave de unidad: ACT
  • Descripción: Pago
  • Valor unitario: 0

Datos del Complemento de Recepción de Pagos (Nodo Pago)

Este es el corazón del Recibo Electrónico de Pago (REP) y se anida dentro del CFDI tipo “P”.

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  • FechaPago: La fecha y hora exactas en que recibiste el pago.
  • FormaDePagoP: La clave de la forma en que se recibió el pago, según el catálogo del SAT (ej. 03 para Transferencia Electrónica, 01 para Efectivo).
  • MonedaP: Moneda del pago recibido (ej. MXN, USD).
  • TipoCambioP: Si la MonedaP es diferente de MXN, aquí va el tipo de cambio de esa moneda a pesos mexicanos a la fecha del pago. Si el pago es en moneda nacional la correspondiente es 1.
  • Monto: El importe exacto del pago recibido, expresado en la MonedaP.
  • TipoCadPago, CertPago, CadPago, SelloPago: Estos campos son para pagos con SPEI y son opcionales si decides no usar TipoCadPago.

Detalle del Documento Relacionado (Nodo DoctoRelacionado)

Dentro del complemento, por cada factura original que se esté liquidando, se debe especificar:

  • IdDocumento: El UUID (folio fiscal de 36 caracteres) de la factura de ingreso original que se está liquidando con este pago.
  • Serie y Folio: Los campos llamados “serie” y “folio” son datos opcionales.
  • MonedaDR: Moneda del documento relacionado.
  • EquivalenciaDR: (Requerido si MonedaDR es diferente de MonedaP) Es el tipo de cambio que convierte la moneda del documento relacionado (MonedaDR) a la moneda del pago (MonedaP). Se calcula como el número de unidades de MonedaDR que equivalen a una unidad de MonedaP. Si ambas monedas son iguales, este valor es 1.
  • NumParcialidad: El número de parcialidad que se está pagando.
  • ImpSaldoAnt: El monto del saldo que tenía la factura antes de aplicar este pago.
  • ImpPagado: El importe pagado en esta parcialidad.
  • ImpSaldoInsoluto: El importe del saldo insoluto restante de la factura.
  • Nodo ImpuestosDR (Dentro de DoctoRelacionado): Aquí se desglosan los impuestos (IVA, IEPS, tanto trasladados como retenidos si los hubo en la factura original) que corresponden a la porción del ImpPagado de esta factura.

Finalmente, existe el Nodo ImpuestosP (Dentro del Pago, después de todos los DoctoRelacionado): Este nodo final resume los impuestos del Pago actual, pero expresados en la MonedaP (la moneda en que se recibió el pago).

Proceso para Generar un Complemento de Recepción de Pagos

Te mostraremos cómo hacer un complemento de Recepción de Pagos un poco más ilustrativo, usando el portal de Internet del SAT:

  1. Se debe de capturar los datos para poder iniciar sesión, hay dos opciones para ingresar, se puede hacer por medio de la contraseña o por medio de la e.Firma.
  2. Una vez hecho el paso anterior, en la pestaña de “Emisor/Receptor” debemos de verificar que los datos y régimen fiscal estén correctos.
  3. Nos pasará a la pestaña de “Comprobante” en donde el sistema inhabilita los campos que no son necesarios y los rellena de forma automática.
  4. Llena los campos generales y los datos del producto (en caso del portal del SAT se llenan automáticamente). Luego ve al apartado de complemento donde verás la fecha de pago, forma de pago, moneda y monto. Los datos dejados en blanco son información de pago opcional.
  5. Posteriormente en la pestaña “Documento relacionado”, capturaremos el UUID de la factura de ingreso que se está pagando.
  6. Identifica el documento a relacionar. Existen dos formas de buscarlo:
    • Por el número de folio fiscal.
    • Por rango de fecha, así como también por hora y minutos.
  7. Cuando encuentres el documento, haz clic en editar.
  8. Redacta la información de la parcialidad o pago diferido, estos son: Número de parcialidad (siendo 1 siempre que sea un pago diferido), Importe de saldo anterior, pagado o insoluto.
  9. Una vez que termines de llenarlo todo, guarda la información.
  10. Finalmente, procedemos a ingresar los datos de nuestra e.Firma (para el caso de contribuyente personas morales, deben ingresar su Certificado de Sello Digital), checamos que esté bien la información y procedemos a firmar. ¡Y listo! Ya podrás enviarlo, sellarlo y entregarlo al cliente.

Una vez que hayas generado tu complemento de pago, compártelo con tu cliente de inmediato.

Plazos y Fundamento Legal del Complemento de Pago

La obligación de emitir el Complemento de Pago en México está respaldada por varias disposiciones legales que buscan regular la correcta emisión de comprobantes fiscales y la transparencia en las transacciones.

  • Artículo 29: Este artículo establece la obligación de los contribuyentes de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) cada vez que realicen una transacción.
  • Artículo 29-A: Aquí se detallan los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales para que sean considerados válidos.
  • El fundamento legal para la emisión del Complemento para Recepción de Pagos se encuentra principalmente en las reglas 2.7.1.29 y 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). La RMF en estas reglas establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante.

En cuanto a los plazos, ¡muy importante! El comprobante con el complemento de recepción de pagos debe ser emitido a más tardar el día 10 del mes siguiente del pago recibido. De hecho, debes emitir el REP a más tardar al quinto día natural del mes inmediato siguiente al que recibiste el o los pagos. Este plazo está establecido en la regla 2.7.1.32. La FechaPago dentro del complemento debe ser la fecha real en que el dinero ingresó a tu cuenta o lo recibiste. Cuando recibes un pago a través de un cheque, sin importar el banco de procedencia, puede que se acredite hasta el día siguiente.

De acuerdo con la regla 2.7.1.32 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, siempre que los pagos hayan sido efectuados en un mismo periodo mensual (y provengan de un mismo receptor) puede emitirse un solo complemento para facturar todos los depósitos recibidos.

Históricamente, el día 22 de noviembre de 2017 el SAT publicó una nota de prensa indicando una extensión de la fecha de uso opcional hasta el día 31 de marzo de 2018, y posterior a ello el día 16 de Febrero de 2018 publicó una segunda extensión para la fecha de uso opcional hasta el día 31 de agosto de 2018.

Importancia y Consecuencias de NO Emitir el CFDI de Recepción de Pagos

Emitir el Complemento de Pago es crucial tanto para el emisor como para el receptor y para el propio SAT:

  • Para el Emisor (tú): Te permite demostrar que los ingresos que reportaste en la factura PPD están siendo efectivamente cobrados.
  • Para el Receptor (tu cliente): Esta relación es la que le permite a tu cliente comprobar ante el SAT que ha liquidado la factura. El Recibo Electrónico de Pago es el comprobante que demuestra que una factura emitida con método PPD ha sido efectivamente liquidada.
  • Para el SAT: Proporciona a la autoridad fiscal una trazabilidad completa de cada operación, desde la emisión de la factura a crédito hasta su liquidación total o parcial.

No emitir el Complemento de Pago en los casos en que es obligatorio puede tener repercusiones significativas para las empresas, tanto en términos de sanciones como en su situación fiscal:

  • Multas y Sanciones por parte del SAT: La autoridad fiscal es clara. El SAT estableció nuevas reglas en donde la multa por no emitir un complemento de pago va desde 400 a 600 pesos. Puedes ser sancionado y tener problemas para acreditar el IVA.
  • Discrepancias en tus ingresos y contabilidad: Si no documentas los cobros de tus facturas PPD con un Recibo Electrónico de Pago, tus registros contables de ingresos podrían no cuadrar con tus depósitos bancarios o con lo que el SAT espera ver.
  • Imposibilidad de Deducir el Gasto para el Pagador: Para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Complemento de Pago es indispensable. Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto.
  • Imposibilidad de Acreditar el IVA para tu cliente: Este es un punto crítico para tus clientes. De acuerdo con el Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA, para que el Impuesto al Valor Agregado que te trasladaron sea acreditable, el pago correspondiente debe estar efectivamente realizado y debidamente documentado. De manera similar, para que tu cliente pueda acreditar el IVA que le trasladaron en la factura original, es indispensable que el pago esté efectuado y debidamente documentado con el Complemento de Pago. Además, tus clientes pueden rechazar los pagos si no hay constancia oficial.

Cancelación y Corrección de un Complemento de Pago

Cuando en el comprobante existan errores, éste podrá cancelarse siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.

Si no se ha pagado el comprobante antes del día 17 y ya se emitió el comprobante principal con la clave PUE, puedes hacer lo siguiente:

  1. Expide nuevamente un comprobante con la misma información, relacionándolo con el anterior, pero ahora elige el código PPD.
  2. Luego, emite el comprobante tipo pago con el complemento de Recepción de Pagos.

Si necesitas cancelar un CFDI de Recepción de Pagos con errores:

  1. Primero, debes generar un nuevo complemento de recepción de Pago con la información correcta.
  2. Una vez que esté perfectamente llenado, timbra este nuevo complemento de pago.
  3. Con el nuevo complemento corregido y timbrado, debes solicitar la cancelación del Complemento para Recepción de Pagos que tenía el error.
  4. Al solicitar la cancelación, el sistema te pedirá un motivo de cancelación.
  5. Además, el sistema te solicitará que ingreses el folio fiscal (UUID) del CFDI que sustituye al cancelado.
  6. Es importante que monitorees el estado de tu solicitud.

Uno de los errores más frecuentes es emitir el complemento con una fecha distinta al pago real. Otro problema que se presenta es no emitir el complemento dentro del plazo establecido por el SAT, lo que puede generar inconsistencias fiscales y dificultades para deducir impuestos.

Ejemplo Práctico de Emisión de Complemento de Pago por Parcialidades

No hay nada mejor que ver la teoría puesta en práctica. Consideremos el siguiente escenario:

El día 30 de septiembre de 2025 la empresa «JIMENEZ ESTRADA SALAS A A» (proveedora de bienes) y la empresa «AZUL SIN LIMITES» (cliente receptor de los mismos) llevaron a cabo una operación comercial en PPD (pago en parcialidades o diferido), que fue liquidada por AZUL SIN LIMITES en tres pagos realizados durante el mes de octubre 2025.

Según la regla 2.7.1.32 de la RMF vigente, siempre que los pagos hayan sido efectuados en un mismo periodo mensual (y provengan de un mismo receptor) puede emitirse un solo complemento para facturar todos los depósitos recibidos. En este caso, se expide un comprobante con un solo complemento. En este, se resume el monto total de los tres pagos realizados y de los impuestos efectivamente trasladados con ellos.

Para este ejemplo, los datos del documento relacionado dentro del complemento serían:

  • Para la primera parcialidad: Id. Documento: 1AA47E78-4F1D-47E3-8713-90A0A2C058A1; Moneda DR: MXN; Equivalencia DR: 1; Núm. Parcialidad: 1; Saldo Anterior: 13920.00 (igual al monto de la factura origen de la operación); Imp. Pagado: [monto del primer pago]; Saldo Insoluto: [saldo restante].
  • Para la segunda parcialidad: Id. Documento: 1AA47E78-4F1D-47E3-8713-90A0A2C058A1; Moneda DR: MXN; Equivalencia DR: 1; Núm. Parcialidad: 2; Saldo Anterior: 9280.00; Imp. Pagado: [monto del segundo pago]; Saldo Insoluto: [saldo restante].
  • Para la tercera parcialidad: Id. Documento: 1AA47E78-4F1D-47E3-8713-90A0A2C058A1; Moneda DR: MXN; Equivalencia DR: 1; Núm. Parcialidad: 3; Saldo Anterior: 4640.00; Imp. Pagado: [monto del tercer pago]; Saldo Insoluto: 0.

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