Tener una empresa genera muchas más responsabilidades de las pensadas. Deudas, leyes, impuestos, mantenimiento de infraestructuras, compras continuas y responsabilidad con los trabajadores son algunas de las situaciones que rodean y siempre están presentes en la vida laboral de cualquier patrón. Una de las situaciones menos favorables sucede cuando se ha contraído una deuda tan fuerte que parece que el negocio no va a surgir. En estos casos, ¿qué sucede con los trabajadores? Ellos tienen que percibir un salario y de alguna manera, no son responsables de las causas que hayan generado la deuda.
¿Qué es la Defensa del Salario contra los Acreedores del Patrón?
La defensa del salario contra los acreedores del patrón es todo lo relacionado con la protección a los trabajadores de una empresa en lo que se refiere a los acreedores del patrón. Es decir, su principal objetivo es que a pesar de las deudas contraídas por el patrón, los empleados y trabajadores puedan seguir percibiendo su salario, el cual debe ser suficiente para cumplir todas sus necesidades. De hecho, el patrón tiene la obligación de garantizar que esto suceda y mediante un fondo o cualquier otro mecanismo, cumplir con sus deberes y responsabilidad, pagándoles a sus empleados el dinero suficiente para que satisfagan sus necesidades mientras la empresa se recupera o consiguen otro trabajo.
Definición de Acreedores y Embargo
¿Qué son Acreedores?
El acreedor se refiere a aquella persona, ya sea persona física o jurídica, que tiene toda la potestad y legalidad para actuar como cobrador y en situaciones de deudas, realizar y recurrir a todos los mecanismos necesarios para cumplir con su función, que es hacer valer el deber contraído con anterioridad. Los acreedores tienen la potestad de llevar a cabo los conocidos y temidos embargos, con el fin de saldar la deuda que en este caso, el patrón había contraído.
¿Qué es un Embargo?
El embargo es la retención de cualquier tipo de bienes, con la finalidad de saldar una deuda contraída. El acreedor toma posesión de artículos físicos o bienes financieros, con la intención de proceder a la venta de los mismos y generar beneficios económicos que puedan suplantar la deuda del patrón. Los objetos embargados dependen exclusivamente del monto de la deuda; en este caso, se retirará la cantidad de bienes que sean necesarios para suplir con ese dinero y que posterior a la venta, vaya a generar más o menos la misma cantidad y los mismos beneficios.
Alcance de la Defensa del Salario en México
Esta parte de la materia laboral beneficia en gran manera a cada uno de los trabajadores pertenecientes a los Estados Unidos Mexicanos y desde el primer momento aclara la prioridad que tiene la empresa y el patrón en cuanto al pago de los salarios y de hecho, los ubica por encima de sus deudas con los acreedores civiles o fiscales. Por ejemplo, si tú, como patrón de una empresa posees una deuda a los acreedores de 3 millones de pesos, y para pagar el salario de todos tus empleados, debes tener 2 millones de pesos; primero, debes abonar el salario a los trabajadores y luego, disponer a pagar el resto de las deudas. En estos casos, se permite realizar descuento al sueldo de los trabajadores, siempre y cuando sean pertinentes y de acuerdo a lo establecido por las leyes.
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Marco Legal: Ley Federal del Trabajo (LFT)
En este sentido, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece dos artículos que funcionan como una protección a los trabajadores y a su remuneración en caso de que acontezca una situación desfavorable a la empresa y tengan que lidiar con sus acreedores. Los artículos correspondientes a estos casos son los siguientes:
- En el artículo 113 de la LFT se establece la importancia del pago de los salarios y se considera que las deudas con los trabajadores tienen mucha más relevancia y significancia, por encima de los créditos, garantías y bienes del patrón.
- Por otro lado, el artículo 114 de la misma ley, establece que los trabajadores no tienen necesidad ni la obligación de seguir laborando una vez que la empresa haya entrado a concurso, quedado en quiebra, haya sido sucedida o los pagos se hayan suspendido. En estos últimos cuatro casos, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) tiene la potestad de realizar embargos a los bienes que sean necesarios para suplir la deuda de salarios con respecto a los trabajadores.
¿Quiénes Funcionan como Acreedores de tu Empresa en México?
En las empresas y según el funcionamiento actual de las distintas dependencias descentralizadas, el principal acreedor de cualquier empresa es la Junta de Conciliación y Arbitraje y citando -una vez más- el artículo 114 de la Ley Federal del Trabajo, esta dependencia tiene todo el poder de realizar embargos y remate de los bienes que considere que sean necesarios para cancelar los salarios correspondientes a los empleados y trabajadores de la empresa. Las personas trabajadoras tienen derecho a recibir un salario a cambio de los servicios que prestan. El patrón no puede dejar de pagarlo ni debe retener parte del salario sin justificación. La Ley permite realizar ciertos descuentos, pero estos no pueden ser superiores al 10 o 20% del salario y se utilizan para el pago de diversas obligaciones, por ejemplo, cuando tienes un crédito de vivienda.
Una vez analizada su problemática, se le indicará si se requiere información adicional. En caso de enfrentar un conflicto laboral, un equipo legal especializado puede brindar asistencia gratuita durante la conciliación, indicar cuáles son sus derechos y apoyar en su audiencia conciliatoria. En caso de contar con más datos o documentos relacionados con su problema laboral puede traerlos.
Derechos del Trabajador en Casos de Quiebra o Venta de la Empresa
¿Cuáles son mis derechos si mi empresa se declara en quiebra?
Si su empresa se ha declarado en quiebra, significa que esta ya no puede pagar sus deudas a los acreedores y ha pedido ayuda al tribunal para planificar un plan de pagos (quiebra según el «Capítulo 11») o vender todas sus propiedades y utilizar el dinero para pagar a los acreedores (quiebra según el «Capítulo 7»). Si la empresa le debe salarios, se le considerará acreedor de la empresa en quiebra.
La legislación concursal establece un orden de prioridad entre los acreedores. Los acreedores a los que se adeudan sueldos, salarios o comisiones tienen alta prioridad de reembolso. Cada empleado individual de una empresa en quiebra recibe una prioridad de hasta 11 725 $ (a partir de 2010, y ajustado cada tres años a partir de entonces) de los salarios que ganó hasta 180 días antes de que la empresa se declarara en quiebra. Sin embargo, los «acreedores garantizados» son los primeros en la cola, y por tanto por delante de los trabajadores, para el reembolso (los acreedores garantizados son bancos u otros prestamistas comerciales que tienen derecho a recuperar o embargar bienes en caso de impago). Como a los acreedores garantizados se le suele deber la mayor parte del dinero (normalmente por préstamos inmobiliarios y de bienes de equipo), a menudo no queda mucho dinero para el resto de acreedores, como los empleados, que están en la cola tras ellos. A veces, los acreedores que están en la cola detrás de los acreedores garantizados sólo reciben un céntimo por cada dólar que se les debe.
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Cómo Proteger sus Derechos como Acreedor
Para proteger sus derechos como acreedor de su empresa en quiebra, debe averiguar el condado en el que la empresa presentó la solicitud de quiebra y llamar al secretario del Tribunal de Quiebras de Estados Unidos de ese condado. Pregunte al secretario cómo presentar un formulario de «Prueba de reclamación», que es el formulario que utilizará el tribunal para determinar cuánto dinero debe darle. Asegúrese de preguntar en qué plazo tiene que presentar la reclamación de salarios. Al cumplimentar el formulario de prueba de reclamación, debe incluir toda la documentación justificativa, como copias de contratos u hojas de horas trabajadas. Como acreedor del empresario, puede participar en el procedimiento judicial de quiebra. Una vez que presente el formulario de prueba de la demanda, el administrador concursal de la empresa deberá facilitarle información y actualizaciones sobre el procedimiento concursal en curso.
Reclamaciones Salariales y Suspensión Automática
Independientemente de si usted todavía no ha presentado una reclamación salarial, está en medio de la reclamación o ya ha ganado una indemnización salarial del Comisionado de Trabajo, la ley de quiebras automáticamente «congela» todas las acciones legales contra la empresa en el momento en que se declaran en quiebra. El tribunal podría multarle por hacer caso omiso de esta «suspensión automática» de las acciones judiciales, por lo que es muy importante que deje de perseguir su reclamación tan pronto como se entere de la quiebra. Si se le debe el pago de una indemnización salarial o cree que se le deben salarios, pero aún no ha iniciado los trámites de reclamación salarial, debe presentarlo como reclamación ante el tribunal de quiebras en un formulario Proof of Claim (Prueba de reclamación), no ante el Comisionado de Trabajo.
Impacto en el Seguro Médico durante la Quiebra (COBRA)
La «Ley Reconciliación Presupuestaria Ómnibus Consolidada» (COBRA) suele permitir a los empleados mantener su seguro médico cuando pierden su empleo. Sin embargo, en caso de quiebra, el derecho del trabajador a seguir disfrutando de la cobertura depende del tipo de quiebra que declare el empresario. Es posible que un empleado pueda ejercer sus derechos COBRA en caso de quiebra según el Capítulo 11, ya que la empresa seguirá funcionando y podrá seguir ofreciendo un plan de grupo a los empleados que conserve. En una liquidación conforme al Capítulo 7, en la que toda la empresa disuelve todos los planes de grupo puestos a disposición de los empleados, no habrá oportunidad para que los trabajadores ejerzan sus derechos COBRA.
La ley exige que el plan de salud colectivo de la empresa notifique a los empleados en un plazo de 60 días si se va a producir alguna reducción de las prestaciones, pero si su empresa se declara en quiebra, debe ponerse en contacto con el administrador del plan de salud colectivo para concretar la situación de su cobertura sanitaria. En el resumen descriptivo de las prestaciones del plan (que debería haber recibido poco después de inscribirse en el plan de salud) encontrará información sobre cómo ponerse en contacto con el administrador del plan. Algunas de las preguntas que puede plantearse son:
- ¿Continuará el plan o se dará por terminado?
- ¿Quién actuará como administrador de los planes durante y después de la quiebra?
- ¿Se ofrecerá la continuación de la cobertura COBRA a los empleados despedidos?
- Si se pone fin al plan de salud, ¿cómo se pagarán las reclamaciones sanitarias pendientes y cuándo se emitirán los certificados de cobertura acreditable (que muestran, entre otras cosas, las fechas de inscripción en el plan de salud de su empresa)?
Si la empresa elimina su plan de grupo durante la quiebra, la prórroga de la cobertura COBRA no estará disponible. La Ley de Portabilidad y Responsabilidad de los Seguros Sanitarios (HIPAA) garantizará, en determinadas circunstancias, que pueda convertir el plan colectivo en cobertura individual. Póngase en contacto con su proveedor de seguros para obtener más información sobre cómo puede ejercer sus derechos en virtud de la HIPAA.
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La Empresa de mi Empleador ha Sido Vendida
La posibilidad de demandar al nuevo empresario (el sucesor) por reclamaciones que usted tenía contra el antiguo empresario (el predecesor) puede depender del tipo de venta que se haya producido. Si se trata de una venta de toda la empresa, es muy probable que el nuevo empresario haya heredado todas las responsabilidades (incluida su reclamación no resuelta) de la empresa del anterior propietario. Sin embargo, algunas transacciones limitarán las responsabilidades del nuevo propietario mediante un lenguaje específico en el contrato de venta, o estructurando la venta como una mera venta de los activos, no de los pasivos, de la empresa. En esa situación, es posible que tenga que interponer sus demandas contra la antigua entidad.
A veces, los tribunales exigen al nuevo empresario que le devuelva su puesto de trabajo o que le pague salarios atrasados. Para ello, sin embargo, el tribunal exigirá que el nuevo empresario tuviera conocimiento de su reclamación cuando compró la empresa y que continúe sustancialmente la misma actividad con los mismos empleados y productos. Debe buscar asesoramiento jurídico sobre quién debe ser el demandado apropiado en su reclamación relacionada con el empleo.
Si tenía derecho a «prestaciones por separación del servicio» de la antigua empresa (como indemnización por despido o «en lugar de preaviso») en el momento de su despido, la venta de la empresa desencadena su derecho a cobrar estas prestaciones, incluso si su trabajo continúa con la nueva empresa.
¿Qué Debo Hacer si mi Empleador ha Desaparecido?
Si un empresario ha cerrado el negocio o se ha ido de la ciudad sin notificárselo, su primera prioridad debe ser restablecer sus ingresos, ya sea inscribiéndose en el seguro de desempleo o buscando inmediatamente otro trabajo. Mientras tanto, es posible que desee localizar al empresario por diversos motivos, entre ellos, su derecho a percibir salarios impagados o una carta de recomendación.
Cómo Localizar al Empleador Desaparecido
Hay varios lugares donde puede empezar a buscar pistas sobre el paradero del empresario:
- La oficina de correos puede tener una dirección de envío para el empresario.
- Información («411») puede incluir un nuevo número de teléfono del empresario.
- El propietario o la empresa de gestión inmobiliaria del lugar de trabajo del empresario pueden tener alguna información sobre los planes o el paradero de su inquilino desaparecido.
- Todas las empresas están obligadas a registrarse en la ciudad, por lo que el tesorero/recaudador de impuestos de la ciudad u otros organismos públicos que requieran permisos (como el Departamento de Salud Pública), pueden tener información sobre el empresario.
- Es posible que la empresa haya tenido que registrarse en una oficina estatal, que también puede darle algunas pistas. Por ejemplo, cualquier empresa que venda o alquile bienes debe registrarse en la Junta de Ecualización del Estado de California. Los números de teléfono de los organismos estatales pertinentes deben figurar en las páginas blancas de la guía telefónica bajo el epígrafe «Oficinas de Gobierno del Estado».
- Corporaciones, Sociedades Limitadas y Compañías de Responsabilidad Limitada deben presentar ante el Secretario de Estado de California. En el enlace «Búsqueda de empresas en California» encontrará los agentes para notificaciones de todas las empresas registradas en California.
Derechos Legales y Desafíos
Si un empresario vulnera sus derechos, está obligado a indemnizarle conforme a la ley, independientemente del lugar donde se encuentre. Sin embargo, aunque consiga localizar al empresario y presentar la demanda antes de que expire (el plazo para demandar en los contratos escritos es de cuatro años; en los verbales, de dos), debe plantearse seriamente si demandar va a merecer la pena. Si la empresa ya no tiene una dirección permanente ni ninguna fuente de ingresos, será extremadamente difícil cobrar cualquier sentencia judicial que pueda recibir.
Una de las prohibiciones más relevantes se encuentra en la fracción IX del artículo 133 de la LFT, que impide a los patrones “poner en el índice” a los trabajadores que se separen o sean separados del empleo. Esta prohibición subsiste incluso cuando el trabajador haya incurrido en conductas reprochables como robos, incumplimientos graves o abuso de confianza, y aun cuando después del despido promueva demandas laborales improcedentes. Asimismo, la legislación laboral considera como acción grave del patrón causar daños intencionales a las herramientas, instrumentos o útiles de trabajo del empleado. Estas disposiciones confirman que el ejercicio del poder patronal tiene límites claros.
