El IVA es un impuesto para todos los consumidores del que parece no haber escapatoria. Como sabes, este impuesto al consumo es una de las herramientas de recaudación más importantes del país. El mejor ejemplo de un impuesto indirecto es el IVA. Esta tasa se aplica a la generalidad de las actividades económicas gravadas.
¿Qué es el IVA?
El impuesto sobre el valor añadido (IVA) es un impuesto sobre el consumo que los consumidores pagan al Estado cuando compran bienes o servicios a una empresa. En cuanto a la empresa, desempeña una función de intermediario: tiene la obligación de recaudar el IVA para el Estado cobrando el impuesto sobre el valor añadido directamente a sus clientes en el momento de la compra. En Alemania, esto está regulado por la ley alemana sobre el IVA (UStG), que establece el marco legal para recaudar, calcular y pagar el IVA. Según el apartado 1 del artículo 12 de la UStG, el tipo impositivo normal actual es del 19 %. No obstante, se aplica un tipo reducido del 7 % a algunos bienes y servicios cotidianos (véase el apartado 2 del artículo 12 de la UStG) que la legislación califica de esenciales. Entre ellos figuran el transporte público, los acontecimientos deportivos o culturales y los alimentos básicos.
Tipos de IVA en Francia
En Francia, los tipos de IVA varían en función del producto o servicio propuesto. Actualmente, hay cuatro tipos de IVA aplicables en Francia:
- Tipo normal (o estándar) fijado en el 20 %
- Tipo intermedio del 10 %
- Tipo reducido del 5,5 %
- Tipo superreducido (o especial) del 2,1 %
Tipo Normal
El tipo normal del 20 % se aplica a la mayoría de las ventas de bienes y servicios para los que no se ha especificado un tipo especial. El alcohol y los artículos de lujo están sujetos a este tipo.
Tipo Intermedio
El tipo intermedio es del 10 % y se aplica principalmente a los productos alimentarios preparados, la restauración, los productos agrícolas no transformados y algunas obras de renovación de viviendas. Otros productos y servicios que se cobran al tipo intermedio del 10 % son: servicios de camping; leña; entradas a museos; zoológicos; ferias; ferias comerciales; atracciones de feria; monumentos históricos; apoyo académico; transporte de pasajeros; y tratamiento de residuos.
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Tipo Reducido
Los productos alimentarios no preparados, así como el gas, la electricidad y las energías renovables están sujetos al tipo reducido del 5,5 %. Este tipo también se aplica a todos los productos de protección de la higiene femenina; equipos y servicios para personas discapacitadas; productos de primera necesidad; y viviendas sociales o de emergencia. Otros productos y servicios a los que se aplica son: los libros; las comidas en los comedores escolares; algunos espectáculos en directo y proyecciones cinematográficas; algunas importaciones y entregas de obras de arte; los esfuerzos para mejorar la calidad de la energía en las viviendas; y la compra de determinados bienes inmuebles.
Tipo Superreducido
El tipo superreducido del 2,1 % se reserva principalmente a los medicamentos y hemoderivados, que pueden ser reembolsados por la Seguridad Social. También abarca la venta de animales de carnicería y de carne procesada, así como los periódicos y la prensa escrita.
Exenciones y Tasas del 0%
Las exenciones de IVA pueden representar ventajas y desventajas para los contribuyentes. Esto impacta directamente en la estructura de costos de los contribuyentes.
Traslado del Impuesto
Ahora bien, ¿qué se entiende por traslado del impuesto? En esta tasa, el consumidor no paga el gravamen. Por definición legal, se trata de actos afectos a la LIVA a los que se otorga el beneficio de la exención, aunque perdiendo el derecho de acreditar el impuesto trasladado por las erogaciones identificadas con esos actos. En tanto, hay una consideración más, la cual no debe confundirse con las operaciones exentas de IVA. Se trata de aquellos productos y servicios que no se contemplan en la LIVA y son todos los actos que, de acuerdo a las definiciones contenidas en ella, no sean enajenación, prestación de servicios, uso o goce temporal ni importación.
Diferencia entre Exención y Tasa del 0%
Es crucial entender la diferencia entre exención de IVA y tasa del 0%:
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- Exención de IVA: La actividad no está sujeta al pago del impuesto, lo que significa que el contribuyente no lo traslada ni lo declara.
- Tasa del 0%: La operación está gravada, pero con un impuesto del 0%. Un ejemplo claro es el de los alimentos básicos. La venta de pan está gravada a tasa 0%, por lo que el panadero puede acreditar el IVA que paga en la compra de harina o equipo.
El acreditamiento es el IVA Trasladado al contribuyente por la venta de bienes y servicios que realiza, así como el impuesto que pagó por sus compras y gastos de operación.
Los “excentos de IVA” son un privilegio otorgado por la Ley y su aplicación es perfectamente legal.
Algunos ejemplos de exenciones incluyen:
- Construcciones adheridas al suelo, destinadas a casa-habitación.
- Exención en exportaciones.
- Servicios prestados en forma gratuita.
- Servicios médicos.
Mitos sobre las Exenciones de IVA
Existen muchas ideas erróneas sobre las exenciones de IVA, lo que puede llevar a confusiones y problemas fiscales:
- Realidad: Si bien no trasladar el IVA a los clientes puede hacer que los productos o servicios sean más accesibles, también implica que el contribuyente no puede acreditar ni solicitar devoluciones del IVA pagado en sus compras o gastos.
- Realidad: No es lo mismo la exención que la tasa del 0%. La tasa del 0% sí permite acreditar el IVA pagado en insumos y gastos, lo que puede generar devoluciones fiscales.
- Realidad: Las exenciones de IVA están definidas por la ley y aplican solo a ciertas actividades específicas, como educación, servicios médicos y arrendamiento de vivienda.
- Realidad: Todos los contribuyentes deben expedir CFDI si sus clientes lo requieren, independientemente de si sus actividades están exentas de IVA.
El IEPS y su Impacto en Alimentos y Bebidas
La aplicación del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a alimentos y bebidas con alto nivel calórico, es un referente en el mundo de las políticas públicas para evitar enfermedades como diabetes y obesidad. A la fecha, México es el único país en el que se aplica este impuesto.
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Este impuesto busca desincentivar el consumo de estos productos, con el objetivo de prevenir enfermedades crónicas degenerativas como la diabetes. Así en el largo plazo se pueden tener beneficios económicos derivados de una mayor productividad y calidad de vida en la población, señaló Lozano.
El subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), Miguel Messmacher, explicó que este impuesto está teniendo un impacto consistente con su objetivo extrafiscal de reducir el consumo de cierto tipo de bienes para impulsar el de otros productos.
Por ejemplo, en el caso de las bebidas saborizadas, se ha observado una disminución sensible en el consumo de éstas, que se ha sustituido por el consumo de agua embotellada. Claramente es un paso importante en la dirección correcta para atender problemas muy serios de salud pública, pues México tiene una prevalencia de obesidad y diabetes que nos ubica en niveles de una crisis epidemiológica, apuntó Messmacher.
El Impuesto a las Bebidas Azucaradas en España
El tema que nos ocupa, corresponde a la aprobación de una política de Salud Pública. Esta política tiene como objetivo reducir la tasa de obesidad limitando el consumo de bebidas azucaradas, las cuales disponen de un contenido elevado de azúcar añadido. Si no se invierte la situación de tendencia al alza de la obesidad, en los próximos años las enfermedades no transmisibles podrían ser la causa de aproximadamente un 73% de las muertes y un 60% de la carga mundial de enfermedad.
El objetivo del presente estudio es profundizar acerca del nuevo impuesto que, probablemente, se aplicará en las bebidas azucaradas en España. Para conocer así, cómo se podría regular a partir de un análisis exhaustivo de otras iniciativas similares llevadas a cabo en diferentes países del mundo. En estos momentos, se trata de una temática recurrente en España, donde encontramos una gran diversidad de opiniones acerca del impuesto.
La OMS señala que el consumo de azúcares libres, incluyendo las bebidas azucaradas, es un factor importante en el aumento global de la cifra de habitantes que sufren obesidad. Una medida que se está empezando a aplicar en algunos países cómo se ha mencionado anteriormente, es el impuesto en este tipo de bebidas con altos contenidos en azúcares. Esta solución ayudaría a salvar vidas, a reducir los costes sanitarios y aumentar los ingresos de los diferentes países para utilizarlos en los servicios de salud.
Definición de Bebida Azucarada
No existe una definición legal contemplada en ningún Real Decreto, Reglamento o Ley en España que aporte una definición del concepto de "bebida azucarada". Una persona sin conocimiento sobre el tema podría pensar que una bebida azucarada es una "bebida con azúcar" simplemente, sin conocer el verdadero significado de la palabra "azúcar". Asimismo, podría entenderse el término como las bebidas que contienen edulcorantes calóricos añadidos dentro de los cuales entraría el azúcar, la miel, la sacarosa, entre otros.
Por ejemplo, los refrescos, las bebidas energéticas, las bebidas deportivas, los néctares de frutas, las bebidas vegetales, entre otras podrían ser considerados. Para empezar, las bebidas entran dentro de la definición de alimento, tal y como establece el Reglamento (CE) Nº 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo de 28 de enero de 2002.
Asimismo, un tipo de bebida que puede entrar dentro de la definición de bebida azucarada son las "bebidas refrescantes". La definición de "bebida refrescante" se recoge en el Real Decreto 650/2011, de 9 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria en materia de bebidas refrescantes (en adelante, "Real Decreto 650/2011").
Tipos de Gravamen
Según la Ley 58/20036 (6), de 17 de diciembre, General Tributaria, en su artículo número 55 se define en su punto 1 el tipo de gravamen como "la cifra, coeficiente o porcentaje que se aplica a la base liquidable para obtener como resultado la cuota íntegra". Especifica que los tipos de gravamen pueden ser específicos o porcentuales y éstos, se aplicarán según disponga la ley propia de cada tributo a cada unidad, conjunto de unidades o tramo de la base liquidable.
Los tipos de gravamen específicos son cantidades fijas que se aplican sobre el número de una base imponible no monetaria. En cambio, los tipos de gravamen porcentuales son porcentajes que se aplican sobre una base imponible o liquidable de carácter monetario.
Según el informe publicado por la OMS y titulado: "Fiscal policies for Diet and Prevention of Noncommunicable Disease (NCDs)", las políticas fiscales que anudan el aumento de al menos un 20% el precio de venta al consumidor final de las bebidas azucaradas, podrían reducir de una forma proporcional el consumo de estos productos que por ende, no son beneficiosos para la salud por su alto contenido en azúcares añadidos7.
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