En el entorno de los sistemas contables, es común encontrar errores relacionados con la validación de los Certificados de Sello Digital (CSD). Uno de los inconvenientes más frecuentes reportados por los usuarios es el mensaje que indica que el certificado no pertenece al contribuyente o problemas específicos con el ADD (Administrador de Documentos Digitales).
Causas principales de errores en el certificado
El error 824 se presenta principalmente por tres razones fundamentales:
- Cuando un Sello digital es recién tramitado.
- Cuando el Sello es revocado por el SAT.
- Cuando hay omisión de obligaciones fiscales ante el SAT.
Como mencionamos al principio, se presenta por estas mismas razones: certificado de sello digital de reciente trámite, revocación por parte de la autoridad o falta de cumplimiento de las obligaciones fiscales. Si bien sabemos, el CSD se otorga por el Servicio de Administración Tributaria de México (SAT).
La relación con la Lista de Contribuyentes (LCO)
La LCO es una lista de XML firmada en estándar por el SAT, que integra información de claves de RFC asociados con certificados de sello digital de acuerdo al régimen aplicable para emitir CFDI’s. Incorpora el estatus de los certificados, determinando si están vigentes, caducados o revocados.
Al momento de realizar el trámite del Certificado de Sello Digital y aparece el mensaje de error, significa que el SAT en su última actualización distribuida a todos los proveedores autorizados de certificación (PAC) no incluyó tu RFC, por lo que, por el momento, no puede haber emisión de CFDI.
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Tabla de tiempos y consideraciones de actualización
| Situación | Acción recomendada |
|---|---|
| Certificado recién tramitado | Esperar de 24 a 72 horas hábiles para la actualización del SAT. |
| Error de validación en ADD | Verificar la fecha de creación y estatus en la LCO. |
| Diferencia de datos (Razón Social) | Asegurar coincidencia exacta entre RFC, Razón Social y Régimen Fiscal. |
Configuración técnica en CONTPAQi®
A partir de las versiones recientes de CONTPAQi® Contabilidad y CONTPAQi® Bancos, es posible configurar la "Denominación/Razón Social" del certificado en la redefinición de la empresa. Esto es necesario porque existe un listado del SAT donde debe coincidir el RFC del contribuyente, la razón social del certificado y el régimen fiscal.
Cabe aclarar que en la pestaña "Generales" de la redefinición de la empresa, tenemos ya un campo para la razón social, sin embargo, no utilizamos dicho campo para este cambio. Si estos tres datos no coinciden con el listado del SAT, no se permitirá timbrar las retenciones con la versión 2.0. Es común que la razón social del certificado sea diferente en el listado del SAT debido al formato, uso de mayúsculas, minúsculas o siglas.
Pasos para solucionar errores de ADD
Si aparece un mensaje que dice que el certificado no se encuentra en el ADD, se recomienda seguir estos pasos:
- Debes acceder al contenedor en la nube, pues ahí es donde el SAT comparte la lista.
- Si hay dificultades porque el sistema de facturación no reconoce el CSD o no te encuentras en la LCO, primero debes checar la fecha de creación.
- El SAT tarda máximo 3 días en volver a actualizar su listado de contribuyentes, por lo que se recomienda tener paciencia y verificarlo cada día.
- Ahora debes generar, completar y enviar la solicitud, pero para poder realizarla, debes tener vigente la e.firma.
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