El IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un impuesto que se paga por consumir y lo abonan las empresas y particulares. Hay que aclarar que este impuesto se divide en dos: IVA acreditable e IVA por acreditar.
¿Qué es el IVA Trasladado?
El IVA Trasladado es el IVA que el contribuyente cobra a sus clientes cuando le compran los bienes o servicios que produce o comercializa. El traslado se realiza al facturar la compra. Toda factura (CFDI) debe desglosar el precio y el IVA que se paga sobre él.
Como todas las ventas no son pagadas al momento de la transacción, debido a que en ocasiones se puede dar crédito a ciertos clientes, ya sea por el modelo de negocio o por otras razones; existen dos tipos de IVA Trasladado:
- IVA Efectivamente Trasladado. Se trata del IVA que efectivamente se abona.
- IVA por trasladar o pendiente de trasladar. Es el IVA pendiente por cobrar por ventas realizadas a crédito.
¿Qué es el IVA Acreditable?
IVA Acreditable. Es el IVA pagado a proveedores de bienes o servicios; este impuesto lo encontramos en las facturas de nuestras deducciones autorizadas. En Términos contables es un activo.
- IVA Acreditable. Se trata de aquel que cobramos a nuestros clientes.
- IVA pendiente de acreditar. Es el IVA que aún no se ha pagado, ya sea por compras a crédito u otro motivo.
¿Cómo funciona el IVA Acreditable?
En forma más simple: al llegar al final de cada periodo, tienes que hacer un ejercicio contable que te ayude a diferenciar entre el dinero que entra a tu empresa por la venta de productos o servicios y el que cobraste por el IVA.
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No se trata de que el IVA sea de A o B, sino que se paga al gobierno por medio de la declaración mensual que se hace. Cuando B compre en la tienda de A, tendrá que pagar el impuesto acreditable de lo que adquiera. B debe pagar $2,000 más el IVA de $320. Los $320 suponen el IVA acreditable para B, mientras que para A equivalen al IVA trasladado.
Una de las obligaciones fiscales consiste en pagar el IVA que el contribuyente ha cobrado a los clientes o por otros ingresos, que graven este impuesto, en el periodo fiscal que le corresponda de acuerdo a su régimen fiscal. Pero no todo el IVA que cobra es el que debe pagar, ya que el contribuyente también ha realizado el pago del IVA al adquirir bienes o servicios.
Por tanto, se debe realizar un balance entre el IVA Acreditable y el IVA Trasladado, es decir, entre el IVA pagado y el IVA cobrado; para determinar si en un periodo se debe o no pagar este impuesto al SAT.
Para calcularlo, sigue estos pasos:
- Separamos nuestras facturas en dos grupos: Las Facturas por Ingresos y por Deducciones Autorizadas.
- Separamos las Facturas que han sido efectivamente pagadas en el periodo que vamos a calcular.
- Sumamos todos los importes de IVA de las Facturas de Ingresos y también los importes de IVA de las Deducciones Autorizadas.
IVA a Cargo vs. IVA a Favor
- IVA a Cargo. Es el IVA que debemos pagar al SAT.
- IVA a Favor.
Beneficios del IVA Acreditable
Lo primero que debes tener en cuenta es que el IVA no distingue tamaños, es decir, tanto grandes empresas como pequeñas empresas, pueden recibir este beneficio. El IVA acreditable, además de todo esto, ofrece diferentes beneficios para las empresas, ayudando a mejorar su situación financiera y competitividad.
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Devolución Automática de IVA a Favor
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:
- Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como o localizado
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de la devolución de saldos a favor son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas.
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