Descubre Todo Sobre el IVA Deducible y las Obligaciones Fiscales que Todo Médico en México Debe Conocerpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Aunque existen varios impuestos en México, es fundamental comprender los tres principales que impactan en las declaraciones mensuales o anuales de los profesionales de la salud. La correcta gestión fiscal no solo asegura el cumplimiento ante el SAT, sino que permite optimizar la carga tributaria mediante el conocimiento de las deducciones y exenciones vigentes.

Impuesto sobre la Renta (ISR)

Este es el impuesto sobre los ingresos, ya sean ingresos por salarios, honorarios, arrendamiento o cualquier otra fuente. Usualmente todos los médicos especialistas tienen experiencia con este impuesto, ya que es el que les retienen en los pagos quincenales de Secretaría de Salud cuando son residentes.

¿Cuánto se paga de ISR? Casi todos los ingresos pagan una tasa de hasta el 35%, pero hay regímenes que tienen tasas distintas, como el RESICO (topado en 2.5%). El cálculo de la base gravable varía dependiendo del régimen:

  • Actividad Empresarial y Profesional: Pagas impuestos por utilidades, que son tus ingresos menos tus deducciones o gastos.
  • Salarios: Pagas impuestos por casi la totalidad de tus ingresos, teniendo muy pocas opciones de deducciones e ingresos exentos.

El IVA en la práctica médica: Exenciones y realidades

Existe una concepción errónea de que los médicos no pagan IVA. Lo que dice la ley es que los honorarios médicos no pagan IVA, siempre y cuando:

  1. Sean prestados por médicos cirujanos, dentistas o veterinarios que cuenten con título.
  2. Sean prestados a través de personas físicas, sociedades civiles, asociaciones civiles o instituciones de asistencia privada.

De acuerdo a la sección XIV del artículo 15 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, no se pagará el impuesto por la prestación de los servicios profesionales de medicina. ¡Cuidado! No confundan IVA 0% con IVA Exento; para efectos de la actividad médica, se usará IVA Exento. Esto significa que quien se beneficia de que los honorarios médicos son exentos de IVA son los pacientes.

Lea también: ¿Qué es Delito Fiscal?

Diferencias clave para otros profesionales de la salud

La exención de IVA aplica únicamente para honorarios médicos con los requisitos que mencioné arriba. Por tanto, nutriólogos, psicólogos, fisioterapeutas y otros profesionales de la salud sí deben cobrar IVA con sus honorarios. En nuestra opinión, esto es un absurdo error, ya que el paciente tendrá que pagar el 16% de IVA en servicios de nutrición y psicología.

Tratamiento del IVA en gastos

¿Qué pasa con el IVA que pagan los médicos? Depende del régimen:

  • RESICO: El IVA que pagas en tus compras lo recolecta tu proveedor y él se lo paga al SAT.
  • Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional: El IVA de tus pagos se suma al valor de la compra y se agrega a tus gastos deducibles.

Deducciones permitidas para médicos

Al tributar como profesionales que expiden honorarios, los médicos pueden realizar diversas deducciones registradas como egresos.

Tabla de deducciones mensuales y anuales

Tipo de Deducción Conceptos principales
Gastos Mensuales Sueldos, cuotas al IMSS, arrendamiento del local, luz, teléfono, papelería y equipo de cómputo.
Gastos Anuales Gastos médicos, dentales, hospitalarios, lentes pticos (hasta 2,500 pesos), primas de seguros y donativos.

Recomendaciones para profesionales independientes

La gran mayoría de los doctores nunca van a manejar IVA porque facturan honorarios médicos como persona física. Sin embargo, si realizas actividades adicionales como conferencias, venta de productos o renta de equipo médico, el manejo contable es distinto. La recomendación principal es tocar base con su contador antes de realizar cualquier actividad adicional, ya que estas pueden generar obligaciones de IVA distintas a la consulta médica tradicional.

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