¿Qué es el PTU o Reparto de Utilidades?
Mejor conocido como Reparto de Utilidades, el PTU es un derecho laboral en México que permite a los empleados recibir una parte de las ganancias netas que genera la empresa donde trabajan. La obligación de pagar la PTU está respaldada por la ley.
Lo establecen el artículo 123 de la Constitución Mexicana y el artículo 120 de la Ley Federal del Trabajo. Este derecho se encuentra respaldado por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 120 de la LFT.
Su propósito es reconocer tu esfuerzo y repartir de forma justa los beneficios que el negocio genera, de modo que los empleados también disfruten del éxito de la compañía. Es como decir: “Gracias por tu esfuerzo, aquí tienes una probadita de las utilidades”. Su propósito, claro está, es que el reparto sea justo, reconociendo que el éxito de una empresa no es solo de los dueños, sino también de quienes levantan el changarro día a día. Este es un derecho laboral que busca reconocer la participación de las personas trabajadoras en los resultados de la empresa.
¿Quiénes tienen derecho a recibir PTU?
Tienen derecho a recibir PTU todos los trabajadores que hayan prestado un servicio personal subordinado, en otras palabras, personas que laboren bajo las órdenes de un patrón y reciban un salario a cambio.
Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento.
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También son elegibles los extrabajadores, es decir, personas que ya no laboran en la empresa, pero que trabajaron al menos 60 días en el ejercicio fiscal anterior. Sí, si trabajaste al menos 60 días durante el año en que la empresa generó utilidades, puedes recibir PTU, aunque ya no trabajes ahí cuando se pague.
Los trabajadores que se dediquen al cuidado de bienes que generen rentas o al cobro de créditos sí son candidatos para recibir PTU. Se considerará también a las madres que se encuentren en períodos previos y posteriores a la maternidad.
Excepciones al reparto de PTU: ¿Quiénes no lo reciben?
Aunque el PTU es un derecho laboral, no todos los trabajadores están contemplados dentro de este beneficio. Hay varias situaciones donde no te va a tocar PTU, y no es porque la empresa sea tacaña.
- Quienes toman decisiones dentro de la empresa, por su papel directivo, quedan fuera del reparto. Tampoco lo reciben los directores, los administradores ni quienes prestan sus servicios mediante un contrato por honorarios, ya que por ley estos casos quedan fuera del reparto de utilidades.
- No reciben PTU los empleados de empresas con menos de un año de funcionamiento. Porque, seamos sinceros, ¿cómo van a repartir utilidades si apenas están sobreviviendo? Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento están exentas.
- Las instituciones de asistencia privada. ¡Hey! No hay utilidades que repartir si su propósito es ayudar a otros, no a generar ganancias.
- Empresas cuyos ingresos anuales declarados no excedan de $300,000.00 pesos. Aquí aplica la lógica: si la empresa apenas genera ingresos, según la Ley Federal del Trabajo queda exenta del reparto.
- Negocios con menos de 10 trabajadores.
- Por defecto, si la compañía reporta un ejercicio de pérdidas, no está obligada a realizar reparto. También se da el caso de que una compañía carezca de utilidades fiscales.
Resumen de Elegibilidad para el PTU
| Reciben PTU | No Reciben PTU |
|---|---|
| Trabajadores que hayan prestado un servicio personal subordinado | Directores, administradores o gerentes generales |
| Trabajadores que laboraron al menos 60 días en el ejercicio fiscal anterior | Trabajadores con contrato por honorarios |
| Extrabajadores que cumplieron 60 días de servicio en el ejercicio anterior | Empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento |
| Madres en períodos previos y posteriores a la maternidad | Instituciones de asistencia privada |
| Trabajadores dedicados al cuidado de bienes que generen rentas o al cobro de créditos | Empresas con ingresos anuales declarados que no excedan de $300,000.00 pesos |
| Trabajadores de empresas con más de un año en funcionamiento y utilidades netas | Negocios con menos de 10 trabajadores |
| Compañías que reporten un ejercicio de pérdidas o que carezcan de utilidades fiscales |
Cálculo del PTU: ¿Cómo se reparte la "lana"?
El cálculo de la PTU parte de las utilidades netas que recibe una empresa al final del año fiscal. De esa utilidad, la ley obliga a repartir el 10% entre los trabajadores.
El reparto de utilidades se calcula tomando como base el 10% de la utilidad fiscal neta declarada por la empresa ante el SAT. Este reparto no es tan fácil como decir “a todos parejo”. Aquí el contador de la empresa saca la calculadora y se pone a trabajar.
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La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales. La primera parte se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios percibidos por el trabajo prestado durante el año.
Se considera como salario la cantidad que perciba el trabajador en efectivo por cuota diaria. Exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo.
En resumen, mientras más días chambeaste y más ganabas, más te toca. Así que si eres de los que se va de vacaciones cada dos meses, no te sorprendas si tu cheque no está tan gordito como el de tu colega más constante.
Como parte de este proceso, el empleador debe entregar a los representantes de las personas trabajadoras (ya sea al sindicato o a la mayoría de ellas) una copia de la declaración anual, dentro de los diez días siguientes a su presentación.
¿Cuándo y cómo se paga el PTU?
El reparto de utilidades se debe hacer dentro del año siguiente a cuando se generaron las ganancias. Cada año, los patrones tienen la obligación de cumplir con el pago del PTU de manera puntual, periodo que comienza en mayo.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) refiere que dicho reparto de utilidades se realiza dentro de los 60 días después de la fecha de la declaración anual o el pago de impuestos de la empresa. El cual se realiza el 31 de marzo, en el caso de las empresas (personas morales); y el 30 de abril, las personas físicas.
La fecha límite de reparto de utilidades cambia dependiendo de si el patrón es una persona moral o una persona física:
- Para empresas (personas morales): El pago debe hacerse a más tardar el 30 de mayo.
- Para patrones que son personas físicas con actividad empresarial: El pago debe hacerse a más tardar el 29 de junio.
Lo bonito del PTU es que tiene una fecha de caducidad: el 30 de mayo si trabajas en una empresa, o el 29 de junio si trabajas con una persona física con actividades empresariales, según informa el Servicio de Administración Tributaria.
Las utilidades se pagarán directamente al trabajador. Solo en los casos en que este imposibilitado para efectuar personalmente el cobro, el pago se hará a la persona que designe como apoderado mediante carta poder suscrita por dos testigos. Los trabajadores dispondrán libremente de las cantidades que les correspondan por concepto de utilidades.
Relación del PTU con los impuestos y el SAT
Ahora, hablemos del tema que siempre asusta: los impuestos. Dependiendo de cuánto te toque, es posible que se apliquen retenciones de impuestos. No te asustes si ves que no recibes todo lo que esperabas; parte de eso se va directo al gobierno. Además del pago a las personas trabajadoras, el reparto de utilidades implica obligaciones fiscales específicas para las empresas.
¿Qué hacer si no recibes el PTU?
Si ya pasó mayo (o junio) y el dinero no ha llegado a tu cuenta, no te quedes esperando a que «milagrosamente» aparezca. Si la empresa no realiza el pago de PTU, incurre en una falta legal con una multa de 250 a 5,000 UMA, como lo establece el artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo. Las multas pueden aumentar de acuerdo a la gravedad del incumplimiento y el número de trabajadores afectados.
Lo más sensato es ir a la PROFEDET (Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo) y presentar una queja. Este organismo te orienta y te apoya de forma gratuita para defender tu derecho como trabajador frente a la empresa. Ellos te pueden ayudar a recuperar lo que te corresponde por ley. Puedes presentar una denuncia ante la PROFEDET. ¡Ah, pero cuidado! Asegúrate de que la empresa esté obligada a pagar PTU antes de levantar la queja.
