Descubre Todo Sobre la NIF B-10 y Cómo Impacta la Información Financierapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En los últimos años la economía en nuestro país ha sido afectada por diferentes situaciones que han repercutido en el alza de precios (inflación), por lo que consideramos importante retomar lo establecido en la Norma de Información Financiera (NIF) B-10 “Efectos de la Inflación” y sus efectos en las cifras de los estados financieros.

Esta Norma tiene por objeto establecer las normas que deben observarse en el reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera.

Antecedentes Históricos y Evolución de la Norma

Recordemos que en la década de los 80´s en nuestro país se venían manejando niveles de inflación muy elevados. Durante la década de los 80 en México, la inflación acumulada fue de 11,682%, mientras que en los 90 fue de 321%, lo que desembocó en que la información presentada en los estados financieros no fuera comparable. Por tal motivo, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) emitió, en 1983, el Boletín B-10 “Reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera”.

La primera adecuación a dicho boletín fue en 1985; la segunda, en 1987; la tercera, en 1989; la cuarta, en 1992; y la quinta, en 1997. Después de muchos años de niveles de inflación elevados, nuestro país mantuvo inflaciones anuales de un dígito por lo que el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) evaluó la vigencia del Boletín B-10.

El CINIF considera que puede darse el caso de que en determinados periodos contables el nivel de inflación sea bajo y, por tanto, sea irrelevante su reconocimiento contable; sin embargo, al cambiar el entorno económico habrá la necesidad de reconocer los efectos de la inflación incluso de manera acumulativa, pues de no hacerlo, podría desvirtuarse la información financiera. El CINIF concluyó que lo adecuado es mantener la norma relativa al reconocimiento de los efectos de la inflación.

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El 1° de enero de 2008 entró en vigor la NIF B-10 “Efectos de la Inflación”, efectuando algunos cambios al Boletín B-10 anterior para adecuarlo a las circunstancias actuales. La NIF B-10, Efectos de la inflación, se fundamenta en el Marco Conceptual comprendido en la Serie NIF A, particularmente en la NIF A-2, Postulados básicos, dado que el postulado básico de asociación de costos y gastos con ingresos establece que los ingresos deben reconocerse en el periodo contable en el que se devengan, identificando los costos y gastos que les son relativos. La NIF A-5, Elementos básicos de los estados financieros, requiere que el análisis del capital contable o del patrimonio contable de una entidad se haga con base en un enfoque financiero. Asimismo, la NIF B-10 tiene sustento en la NIF A-6, Reconocimiento y valuación, en la cual se establece la posibilidad de reexpresar cualquier valor utilizado para el reconocimiento de los activos netos de la entidad.

Cambios Clave Introducidos por la NIF B-10 Respecto al Boletín B-10 Original

  • En primer lugar, se consideró conveniente modificar la norma para que sólo esté enfocada al reconocimiento de los efectos de la inflación en la información financiera y no a la valuación de activos netos.
  • También se consideró conveniente reordenar la norma pues, en su momento, además del Boletín B-10 original, se emitieron cinco documentos de adecuaciones al mismo, además de algunas circulares; esto llevó a que dicho boletín se tornara complejo.
  • Se incorpora la posibilidad de elegir, con base en el juicio profesional, entre utilizar el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y el valor de las Unidades de Inversión (UDI) para efectos de determinar la inflación en un periodo determinado.
  • Se deroga el método de valuación de activos de procedencia extranjera (indización específica).
  • En párrafos transitorios, se requiere, en relación con el resultado por tenencia de activos no monetarios (RETANM) acumulado a la fecha de entrada en vigor de esta NIF, reclasificarlo a resultados acumulados, si es que se identifica como realizado; y si es que no está realizado todavía, se requiere mantenerlo en el capital contable y reciclarlo a la utilidad o pérdida neta de los periodos en los que se realice la partida que le dio origen. Por sentido práctico, se permite que las entidades que no puedan identificar el RETANM realizado del no realizado, reclasifiquen el total del RETANM acumulado a resultados acumulados.
  • Esta norma requiere reclasificar a resultados acumulados cualquier resultado por posición monetaria (REPOMO) patrimonial segregado dentro del capital contable.
  • Se deroga la posibilidad de utilizar el rubro de exceso / insuficiencia en la actualización del capital contable, dado que los dos conceptos que agrupaba tienden a desaparecer: RETANM y REPOMO patrimonial.

Aplicabilidad de la NIF B-10 y el Entorno Económico

Esta NIF es aplicable a todas las entidades que emitan estados financieros en los términos establecidos por la NIF A-3, Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros.

La NIF establece que cada entidad al inicio de cada periodo contable anual debe analizar si hubo cambio del entorno económico en el que opera y ante la confirmación de cambio, la entidad debe atender a las normas de reconocimiento contable establecidas por esta NIF aplicables al nuevo entorno económico. Para aplicar esta normatividad, la inflación en los últimos tres ejercicios debió rebasar el 26%, por lo cual el último año en el que se aplicó fue 2007.

Bajo esta NIF las entidades que venían reconociendo en sus estados financieros los efectos de la inflación, dejaron de hacerlo a partir del 1 de enero de 2008, ya que en ese momento el país se encontraba operando en un entorno no inflacionario. Estás entidades realizaron un proceso llamado desconexión de la contabilidad inflacionaria, por lo que hasta el año 2007 las compañías estuvieron obligadas al reconocimiento de los efectos de la inflación en las cifras de los estados financieros bajo el boletín B-10, vigente a esa fecha.

La Reconexión de la Contabilidad Inflacionaria

En el panorama actual de nuestro país, qué sucedería si para finales de este año o el próximo rebasamos o llegamos a una inflación igual o mayor al 26% de la inflación acumulada de los últimos 3 ejercicios anteriores que se requieren para reconocer los efectos de la inflación en la información financiera, de acuerdo a lo establecido en el párrafo IN14 de dicha NIF.

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De acuerdo a lo anterior, si alcanzamos ese entorno inflacionario se tendría que aplicar lo que la NIF B-10 establece como reconexión de la contabilidad inflacionaria. Ante el cambio de un entorno económico no inflacionario a uno inflacionario, se establece que deben reconocerse los efectos acumulados de la inflación no reconocida en los periodos en los que el entorno fue calificado como no inflacionario. Con base en la NIF B-1, Cambios contables y correcciones de errores, dicha reconexión debe hacerse de manera retrospectiva, lo cual implica que los estados financieros básicos de periodos anteriores que se presentan comparativos con los del periodo actual deben ajustarse para reconocer los efectos acumulados de la inflación que existió durante todos los periodos en los que se estuvo en un entorno no inflacionario.

En el caso de que alguna entidad no hubiera reconocido los efectos de la inflación en sus estados financieros, ya sea por error o porque su creación fue posterior a la entrada en vigor de la NIF B-10 actual, deberá reexpresar sus cifras desde su origen.

El Método Integral: Reconocimiento de los Efectos de la Inflación

Ahora bien, cuando el entorno económico es calificado como entorno inflacionario, las entidades deben reconocer los efectos de la inflación en sus estados financieros mediante la aplicación del Método Integral. El Método Integral consiste en determinar o dividir la estructura financiera en partidas monetarias y no monetarias, ya que cada una de estas partidas tiene un comportamiento diferente en relación con la inflación.

Partidas Monetarias

Son los activos y pasivos expresados en unidades monetarias nominales que no poseen relación con precios futuros de determinados bienes o servicios; es decir, el valor nominal no va a cambiar por el transcurso del tiempo ni los efectos inflacionarios.

Para partidas monetarias, la afectación a su poder adquisitivo, la cual se denomina resultado por posición monetaria (REPOMO), se determina. Un activo monetario provoca pérdida por los efectos de la inflación. Un pasivo monetario provoca ganancias por los efectos de la inflación.

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Para determinar el REPOMO debe de multiplicarse la posición monetaria al inicio de cada mes (final del mes anterior) por el porcentaje de inflación del mismo mes. Posteriormente, el REPOMO de cada mes debe expresarse en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general, por lo que debe determinarse su cifra reexpresada a dicha fecha. La cifra reexpresada debe determinarse multiplicando cada REPOMO mensual por el factor de reexpresión correspondiente a la fecha de cierre del balance general. La sumatoria de todos estos resultados mensuales representa para la entidad un ingreso o un gasto del periodo.

Partidas No Monetarias

Para partidas no monetarias, se aplica el efecto de reexpresión necesario para poder expresarlas en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del balance general. Para determinar la reexpresión de las cuentas del estado de resultados se deben actualizar de una en una ‒a excepción del costo de ventas, la depreciación y la amortización mensual‒ a la fecha de cierre.

Se necesita tener el estado de costo de ventas para que los inventarios iniciales se actualicen a pesos de cierre del fin de año. Las compras mensuales de los diferentes inventarios y los gastos indirectos de fabricación se actualizan, al igual que las partidas de resultados; la integración mensual de compras y gastos deben renovarse cada mes y pasarse a pesos de poder adquisitivo de fin de año. En lo concerniente a inventarios finales, se identifica la rotación de los inventarios para determinar el periodo que se actualizará: si éste es menor a un mes, entonces ya están al día. Una vez se tienen todas las partidas actualizadas, se elabora nuevamente el estado de costos para determinar el nuevo valor tanto del costo de ventas como de los inventarios finales.

Al hacer un reconocimiento integral de los efectos de todas las partidas de la estructura financiera de la entidad, la suma de los efectos de reexpresión del periodo de las partidas no monetarias debe ser equivalente al REPOMO del mismo periodo.

Reexpresión en el Estado de Resultados Integral

En el Estado de Resultados Integral todos los ingresos, costos y gastos deben expresarse en unidades monetarias de poder adquisitivo a la fecha de cierre del estado de situación financiera, por lo que debe determinarse su cifra reexpresada a dicha fecha. Cada uno de los ingresos, costos y gastos, mensuales, debe reexpresarse multiplicando su cifra base por el factor de reexpresión a la fecha de cierre del balance general. La cifra reexpresada debe compararse con la cifra base de cada ingreso, costo y gasto para obtener, por diferencia, el efecto de reexpresión del periodo; dicho efecto debe reconocerse dentro del estado de resultado integral o del de actividades, en cada uno de los rubros que le dieron origen.

Beneficios para la Toma de Decisiones y Cambios Recientes (2023)

Finalmente, surge la cuestión sobre en qué beneficia al tomador de decisiones en una empresa el adoptar la norma en un entorno inflacionario, y la respuesta es que los estados financieros comparables y expresados al mismo valor adquisitivo permitirán proceder de mejor manera; de lo contrario, no cumplirán con el objetivo establecido en la NIF A-3 “Necesidades de los usuarios y objetivos de los estados financieros” de presentar información comparable, transparente y de calidad, que sea útil para los accionistas y terceros interesados y esté dictaminada para efectos financieros. Han transcurrido 37 años desde su creación, pero la mayoría de las empresas no la aplica desde 2008 y se ha vuelto necesario estudiarla y ejecutarla de la mejor forma, más que nada para evitar situaciones que como tal no se mencionan en este artículo, pero que sí deben atenderse.

Para el ejercicio 2023 la NIF B-10 contempla algunos cambios respecto al 8% promedio anual para considerar que el entorno económico es inflacionario, que se incluyó en la NIF cuando se emitió dado que se tomó como referencia porque fue el promedio anual para determinar el 26% acumulado en tres años. Por lo que se elimina esta mención de los párrafos IN9, inciso d), párrafo 3B y párrafo BC7.

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