Descubre la Solución Definitiva a los Errores de Timbrado en CFDI de Nómina por Subsidio al Empleopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El error de timbrado en el elemento OtroPago se presenta cuando la información de la nómina no cumple con la estructura requerida al momento de generar el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) de nómina. Este proceso permite revisar la configuración del sistema y corregir las causas que impiden el timbrado correcto, asegurando que los recibos se emitan de forma adecuada y sin inconsistencias.

Identificación de Errores Comunes en el Timbrado de Nómina

Si al intentar timbrar los recibos de nómina de tus trabajadores aparece el siguiente mensaje:

«Error del servicio de timbrado ASPEL: El elemento OtroPago no contiene un atributo TipoOtroPago con la clave 002 o se registró junto con otro atributo TipoOtroPago con clave 007 o 008».

Es necesario revisar la configuración del sistema para identificar la causa y aplicar la corrección correspondiente.

En este 2025, el SAT aún no ha actualizado las validaciones relacionadas con el Subsidio al Empleo, lo que podría generar el error “NOM101” al intentar timbrar los recibos electrónicos. El error “NOM101” ocurre cuando el sistema del SAT detecta inconsistencias en los datos del CFDI de nómina al momento de timbrar los recibos de los trabajadores. En la mayoría de los casos, este error se debe a la falta de actualización de las validaciones fiscales relacionadas con el Subsidio al Empleo para el año 2025.

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A partir de 2025, el proceso de timbrado de los CFDI de nómina arrojaba los códigos de error NOM101 y NOM108, que tienen que ver con el Subsidio Causado. El Subsidio al Empleo es un apoyo fiscal que beneficia a los trabajadores con menores ingresos, y su correcta integración en el CFDI es esencial para el cumplimiento de las obligaciones laborales.

Pasos Preliminares para la Solución

Antes de iniciar con la solución, te recomendamos:

  • Generar un respaldo de tu información.
  • Actualizar el sistema en el servidor y estaciones de trabajo mediante el Servicio de Actualización en Línea (Aspel-AL).

Aplicación de Soluciones Específicas para el Elemento OtroPago

Identifica la situación que se presenta en tu nómina y aplica las acciones correspondientes:

  • Ajustar movimientos de subsidio en el elemento OtroPago.
  • Configurar trabajador con régimen distinto al 002 en el elemento OtroPago.
  • Validar configuración de percepciones y deducciones de subsidio en el elemento OtroPago.
  • Configurar pagos de indemnización en el elemento OtroPago.
  • Eliminar plantilla en el expediente del trabajador que impacta en el nodo OtrosPagos del CFDI.

Nuevas Validaciones y Cambios en el Subsidio al Empleo 2025

El nuevo valor del subsidio al empleo 2025 genera errores en el timbrado de nómina. La problemática se presenta porque en la matriz de errores del CFDI de nómina se prevé una validación en cuanto al monto del subsidio causado, indicando que este no puede ser mayor a 407.02.

Los cambios en la validación se enfocan en los valores máximos permitidos para el atributo SubsidioCausado, ajustando los montos y factores de cálculo. Este cambio implica un ajuste al monto máximo permitido para el subsidio causado cuando el número de días pagados no supera los 31 días. En 2025, el factor de multiplicación pasa de 13.39 a 15.63, permitiendo registrar un mayor subsidio causado en casos donde el trabajador tenga más de 31 días pagados.

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Detalles de la Actualización del Subsidio al Empleo 2025

A continuación, se resumen los cambios clave en las validaciones del Subsidio al Empleo para el año 2025:

Concepto Detalle
Monto máximo Subsidio Causado Según la matriz de errores, inicialmente no puede ser mayor a 407.02.
Factor de multiplicación (2025) Pasa de 13.39 a 15.63.
Aplicación del nuevo factor Permite registrar un mayor subsidio causado en casos donde el trabajador tenga más de 31 días pagados.
Ajuste por días pagados Ajuste al monto máximo permitido cuando el número de días pagados no supera los 31 días.

Recomendaciones para el Cumplimiento Fiscal

Si eres responsable de timbrar los recibos electrónicos de nómina de tus empleados, es fundamental estar al tanto de los cambios fiscales y las actualizaciones del SAT. El proceso de timbrado de los recibos de nómina electrónicos es un aspecto esencial para cumplir con las obligaciones fiscales y garantizar el bienestar de los empleados.

  • Informar la Incidencia al SAT: La mejor manera de manejar esta situación es a través de un “Caso de aclaración” desde el Portal del SAT.
  • Revisar los Datos de los CFDI: Mientras esperas una actualización del SAT, es útil revisar que los datos ingresados en los recibos electrónicos estén correctos y completos.

Sabemos lo importante que es timbrar los CFDI de nómina de manera puntual para cumplir con tus responsabilidades fiscales y garantizar los derechos laborales de tus empleados. Mantenerse informado sobre las actualizaciones del SAT y asegurarse de que los datos fiscales sean correctos es clave para evitar errores y cumplir con las normativas. Mantente al tanto de las actualizaciones del Portal del SAT.

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