Descubre la Solución Definitiva al Error NOM101 en el Cálculo del Subsidio al Empleo en Aspelpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Configurar los parámetros generales de la nómina permite establecer cómo se calcularán los salarios, retenciones, subsidios y prestaciones de cada trabajador. Esto facilita que los pagos sean precisos, asegura el cumplimiento de obligaciones fiscales y laborales, y mantiene la información organizada para consultas, ajustes o reportes.

El error NOM101 - Código de mensaje: 100 puede presentarse al timbrar recibos de nómina cuando el cálculo del subsidio al empleo no coincide con las validaciones aplicadas al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), lo que impide completar el proceso. Aquí conocerás por qué ocurre y qué acciones realizar para continuar con el timbrado, asegurando el cumplimiento de las disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y evitando retrasos en la emisión de tus comprobantes.

Identificación y origen del error NOM101

Al intentar timbrar, el sistema puede mostrar el siguiente aviso: «Error del servicio de timbrado ASPEL: NOM101 - El valor del atributo SubsidioCausado no puede ser mayor que 407.02, ya que el valor de NumDiasPagados es menor o igual a 31». Es importante destacar que este mensaje no corresponde a una falla del sistema ni del Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).

El error se origina por una validación vigente que aún no refleja los montos actualizados del subsidio al empleo establecidos por la autoridad fiscal. Los PAC aplican reglas definidas en la normativa fiscal para validar los comprobantes, las cuales se encuentran en los anexos 20 y 29 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). La validación NOM101 de la matriz de errores establece que el subsidio causado no debe exceder $407.02, límite que quedó desactualizado tras las modificaciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Pasos recomendados para la gestión del error

Si eres responsable de timbrar los recibos electrónicos de nómina de tus empleados, es fundamental estar al tanto de los cambios fiscales y las actualizaciones del SAT. Para manejar esta situación, se sugieren las siguientes acciones:

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  • Verificación de datos: Mientras esperas una actualización del SAT, es útil revisar que los datos ingresados en los recibos electrónicos estén correctos y completos.
  • Informar la incidencia: La mejor manera de manejar esta situación es a través de un “Caso de aclaración” desde el Portal del SAT.
  • Reporte: Verifica la validación NOM101 en la matriz de códigos de error del complemento de Nómina en el portal del SAT y reporta al SAT la imposibilidad de timbrar el CFDI de nómina debido a que la validación no refleja los montos vigentes.

Parámetros generales de cálculo en el sistema

Para asegurar que los cálculos internos sean precisos, es necesario configurar correctamente los parámetros desde la ruta Nómina > Parámetros de la nómina. La siguiente tabla resume los tipos de cálculo de ISR disponibles:

Tipo de Cálculo Descripción
Mensual Se utiliza para cumplir con el artículo 96 de la LISR. Se aplica en todas las nóminas del período, excepto en la última.
Ajustado Considera ingresos gravables de todo el mes y las retenciones realizadas; se aplica únicamente en la última nómina del mes.
Anual Cumple con el artículo 152 de la LISR y ajusta las diferencias entre impuestos retenidos y el monto real; se aplica en la última nómina del año.

Recuerda que antes de realizar cualquier cambio en la configuración o las tablas del sistema, es necesario realizar un respaldo previo de la información. La correcta integración del subsidio al empleo en el CFDI es esencial para el cumplimiento de las obligaciones laborales y para mantener tus obligaciones fiscales al día.

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