¡Descubre Cómo la Deducción de Gastos con Estados de Cuenta Bancarios Puede Maximizar tus Beneficios Fiscales!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Es muy importante entender qué gastos sí puedes deducir, cómo hacerlo correctamente y qué requisitos pide el SAT para que puedas hacer deducciones, ya que hacerlo bien puede marcar una diferencia real en el monto de impuestos que pagas como contribuyente en México.

Introducción a las Deducciones Fiscales

Las deducciones fiscales son una herramienta fundamental para la gestión financiera de personas y empresas. Evidentemente, estas deducciones deben estar relacionadas con la actividad del contribuyente sin importar si es una persona física o una persona moral, y cumplir con requisitos establecidos por el SAT.

Impacto y Beneficios de las Deducciones

Cuando te autorizan deducciones verás que hay una relación directa con la salud financiera de personas y empresas, simplemente porque al disminuir el monto de ingresos sobre el cual se calcula el ISR, el contribuyente paga únicamente lo que corresponde, ni más ni menos.

Dentro de una empresa, deducir sus gastos significa tener mayor capacidad para reinvertir en bienes, productos, servicios, materias primas o personal. Cuando llevas un buen control de deducciones tendrás una contabilidad fortalecida sin riesgos ante auditorías o supervisiones del SAT y facilita que cumplas con tus obligaciones.

Tipos de Deducciones Autorizadas

Las deducciones que son debidamente autorizadas, tienen un impacto directo al momento de calcular el impuesto sobre la renta, pero también tienen relación con el impuesto al valor agregado.

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Deducciones para Personas Físicas

Las personas físicas pueden aplicar deducciones autorizadas relacionadas tanto con su actividad profesional como con ciertos gastos personales permitidos por la ley.

  • Entre las deducciones más comunes para personas físicas se encuentran los gastos médicos, dentales y hospitalarios, siempre que se paguen mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito.

Deducciones para Personas Morales

Las deducciones autorizadas para personas morales están directamente relacionadas con la operación del negocio.

  • También son deducibles los pagos de sueldos, salarios y prestaciones al personal, siempre que estén correctamente timbrados y registrados.
  • Además, los pagos deben realizarse por transferencia electrónica, tarjeta de crédito, cheque o débito, sobre todo cuando el monto supera los límites que ya se han establecido.

Las deducciones autorizadas son de gran ayuda para personas físicas y personas morales que buscan cumplir con sus obligaciones fiscales de forma correcta y eficiente.

Errores Comunes al Deducir

Deducir puede ser complicado en un inicio y es común que surjan errores frecuentes.

  • Por ejemplo, el de pensar que cualquier gasto es deducible.
  • Otro problema que hemos notado es que las personas pagan en efectivo cuando la ley exige medios electrónicos.

El Estado de Cuenta Bancario como Comprobante Fiscal

Llevar un control de comprobantes fiscales -ya sea Factura Electrónica en CFD, CFDI o comprobante impreso en CBB- de tus gastos o compras implica solicitarlos y almacenarlos (de forma física o digital) para poder hacerlos deducibles de impuestos. Sin embargo, la comprobación de gastos mediante el estado de cuenta bancario resulta mucho más sencilla y es, en mi opinión, la forma más óptima de deducir los gastos o compras.

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Aunque no siempre es indispensable contar con el comprobante fiscal, por seguridad es recomendable solicitarlo. Una de las maneras, y que considero que es de las menos utilizadas por el contribuyente, para deducir y acreditar esos gastos que realizas y no te quieren facturar, es utilizando tu estado de cuenta bancario. Con base en tus estados de cuenta bancarios puedes deducir o acreditar fiscalmente cumpliendo con los mínimos requisitos previstos por las disposiciones fiscales.

Existe un criterio que siempre fue de gran controversia, dado que existen posturas que lo avalan a rajatabla mientras que otras se oponen por completo, y se trata de la comprobación de gastos a través de estados de cuenta bancarios.

Fundamento Legal: Artículo 29-B del CFF

Para determinar cuándo deben deducirse los gastos comprobados con estados de cuenta bancarios, es fundamental referirse a la normativa legal, más puntualmente al Artículo 29-B del Código Fiscal de la Federación (CFF), donde se prevé la posibilidad de utilizar los estados de cuenta de instituciones financieras como documento válido para efectuar deducciones.

Copiamos textualmente la porción del artículo 29-B del CFF:

Artículo 29-B. Los contribuyentes, en lugar de aplicar lo señalado en los artículos 29 y 29-A de este Código, podrán optar por las siguientes formas de comprobación fiscal:

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(…)

II. Los estados de cuenta impresos o electrónicos que expidan las entidades financieras, las sociedades financieras comunitarias y los organismos de integración financiera rural a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, o las personas morales que emitan tarjetas de crédito, de débito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria, siempre que en el estado de cuenta se consignen los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, contenga la clave de inscripción en el registro federal de contribuyentes tanto de quien enajene los bienes, otorgue su uso o goce o preste el servicio, como de quien los adquiera, disfrute su uso o goce o reciba el servicio, y estos últimos registren en su contabilidad las operaciones amparadas en el estado de cuenta.

Los estados de cuenta a que se refiere el párrafo anterior que se expidan sin que contengan los impuestos que se trasladan desglosados por tasa aplicable, también podrán utilizarse como medio de comprobación para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, siempre que se trate de actividades gravadas con las tasas y por los montos máximos que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

(…)

Del análisis de esta segunda fracción del artículo 29-B se desprenden dos miradas:

  • El uso de Estados de Cuenta como CFDI para las emisoras o financieras que provean de estos comprobantes.
  • La comprobación de gastos, por contraposición, del contribuyente que recibe estos comprobantes.

Requisitos para Deducir Gastos con Estados de Cuenta Bancarios

El SAT ha determinado que es posible usar los estados de cuenta como medio de comprobación fiscal para efecto de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales, para lo cual se deberá considerar lo siguiente:

  • Que el estado de cuenta tenga el RFC del proveedor del bien o servicio que se deduce.
  • Registrar en la contabilidad las operaciones que se comprueben con los estados de cuenta.
  • Se trate de operaciones de hasta $50,000.
  • Podrán no contener los impuestos que se trasladen.

También se pueden usar otros comprobantes como una nota de venta, una nota de remisión, un comprobante emitido por terminal punto de venta o por máquina registradora de comprobación fiscal y convencional, o cualquier comprobante que se emita de manera manual o electrónica, pero la vía del estado de cuenta es particular.

Excepciones y Regla I.2.8.2.3. de la RMF 2013

Si en tu estado de cuenta NO vienen esos requisitos exigidos por el Artículo 29-B, fracción II del CFF, para que funjan como comprobante fiscal, contamos con el beneficio que nos otorga la regla I.2.8.2.3. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) 2013, para aquellos casos en que no se consignen los impuestos traslados de forma desglosada en el estado de cuenta, aunque aquí sí tenemos un límite monetario.

La regla I.2.8.2.3. establece lo siguiente:

  • Para los efectos del artículo 29-B, fracción II del CFF, los estados de cuenta podrán utilizarse como comprobantes fiscales para los efectos de las deducciones o acreditamientos autorizados en las leyes fiscales sin que contengan desglosados los impuestos que se trasladan, siempre que se trate de actividades gravadas por la Ley del IVA y que cada transacción sea igual o inferior a $50,000.00, sin incluir el importe del IVA.
  • También podrán utilizarse los estados de cuenta como comprobantes fiscales para realizar las deducciones o acreditamientos a que se refiere el primer párrafo de esta regla, cuando la transacción sea igual o inferior a $50,000.00, y se trate de actividades por la que no se esté obligado al pago del IVA. Cabe destacar que en este supuesto aún se debe cumplir con el requisito de que consten en el estado de cuenta los RFC de las personas que intervinieron en la transacción.

Cálculo del IVA no Desglosado

Cuando en el estado de cuenta que se emita no se señale el importe del IVA trasladado, tratándose de erogaciones afectas a la tasa del 11% o 16%, dicho impuesto se determinará dividiendo el monto de cada operación establecido en el estado de cuenta respecto de las erogaciones efectuadas, entre 1.11 ó 1.16, respectivamente.

Si de la operación anterior resultan fracciones de la unidad monetaria, la cantidad se ajustará a la unidad más próxima; tratándose de cantidades terminadas en cincuenta centavos, el ajuste se hará a la unidad inmediata inferior, el resultado obtenido se restará al monto total de la operación y la diferencia será el IVA trasladado.

Ejemplo Práctico de Deducción con Estado de Cuenta

Una persona física compra 1 laptop en un lugar ficticio llamado Liverfull con su tarjeta de crédito por un total de $27,900 pesos. En su estado de cuenta aparece tal transacción, así como sus RFC (De él y de Liverfull), sin embargo, no se reflejó el IVA trasladado correspondiente.

Para utilizar ese estado de cuenta como comprobante fiscal, tan solo debe dividir el importe total de la transacción entre 1.16 (por tratarse de una actividad gravada a la tasa del 16%) y el resultado debe ser inferior a $50,000.00.

Concepto Monto Cálculo
Costo Total (IVA incl.) $27,900.00
Factor IVA (16%) 1.16
Importe Inversión (Base) $24,051.72 $27,900 / 1.16
IVA Trasladado $3,848.28 $27,900 - $24,051.72
Límite Regla RMF $50,000.00
¿Es Deducible/Acreditable? (Importe Inversión < $50,000.00)

En este ejemplo, el importe de la inversión es de $24,051.72 y el importe del IVA trasladado es de $3,848.28, por lo que se podrá deducir y acreditar fiscalmente con base en el estado de cuenta.

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