Todos los talleres están obligados a entregar a la clientela factura escrita, firmada y sellada, debidamente desglosada. Las facturas de las reparaciones en los talleres de vehículos deben especificar, señalando para cada concepto su importe: cualquier tipo de cargos devengados, las operaciones realizadas, las piezas o los elementos usados y las horas de trabajo empleadas.
Requisitos y transparencia en la facturación
El taller tendrá a disposición de la persona usuaria, para su consulta dentro del taller, el albarán o factura acreditativa de las piezas utilizadas en el arreglo. Cuando la reparación conlleve la sustitución de piezas no podrá recargar el taller cantidad alguna sobre el precio de venta al público de las mismas, salvo los impuestos y gravámenes legales exigibles. En las reparaciones no podrán cobrarse cantidades superiores a las que corresponderían si, en lugar de proceder al arreglo de la pieza, caso de que fuera posible, se hubiera realizado su sustitución.
El taller quedará obligado a devolver a la clientela de forma inmediata las cantidades percibidas en exceso sobre los precios reglamentados, sobre los anunciados o sobre los presupuestos aceptados. Los talleres, solo de manera excepcional, podrán cobrar el desplazamiento para la adquisición de nuevas piezas, siempre que conste previa autorización expresa de la persona usuaria y se acrediten debidamente los gastos producidos.
Información necesaria en la plantilla de factura
Para los talleres mecánicos, cuya facturación y ejercicio están regulados por un Real Decreto, es obligatorio consignar determinada información en las facturas. En la factura deben aparecer desglosados todos los servicios que se han prestado, incluyendo la reparación, los materiales utilizados, las horas dedicadas y el tipo de IVA.
| Concepto | Detalle requerido |
|---|---|
| Datos identificativos | Razón social, dirección y CIF (taller y cliente). |
| Desglose | Servicios, precio unitario y tipo de IVA. |
| Importes | Cuota tributaria e importe final antes y después de impuestos. |
Gastos de estancia y garantías de reparación
Solo podrán devengarse gastos de estancia cuando, confeccionado el presupuesto o reparado el vehículo y puesto en conocimiento de la persona usuaria, esta no se pronuncie sobre la aceptación del presupuesto o la retirada del vehículo en un plazo de 3 días. Tales gastos solo procederán cuando el vehículo se encuentre en locales bajo custodia del taller y por los días que excedan de tal plazo.
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Todas las reparaciones o instalaciones efectuadas en cualquier taller contarán, al menos, con una garantía de 3 meses o 2.000 kilómetros recorridos. La garantía se entiende total, incluyendo materiales aportados y mano de obra. En el caso de que la reparación se haya realizado utilizando piezas o repuestos nuevos, para estas se aplicará el régimen de garantía legal de 3 años, correspondiente a los bienes de consumo.
Consideraciones sobre la propiedad y documentación del vehículo
Es fundamental distinguir la factura de reparación de la factura de propiedad del vehículo, la cual es el comprobante que acredita la compra-venta y permite realizar trámites legales. Tener la factura del auto en orden facilita acreditar la propiedad y realizar gestiones sin contratiempos. Los tipos de documentos de propiedad incluyen la carta factura, la factura vehicular original, la factura endosada, la refactura y la factura de aseguradora.
Para comprobar la situación de una factura electrónica (CFDI), los usuarios pueden ingresar al sitio web del SAT, verificar el folio fiscal y contrastar los datos del emisor y receptor. Contar con la documentación original o el documento que certifique la propiedad del vehículo evitará numerosos problemas legales y administrativos a futuro.
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