Descubre las Fechas Clave para Enviar tu Contabilidad Electrónica al SAT Sin Errorespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Empecemos con lo básico, ¿qué es la contabilidad electrónica? Es la forma obligatoria en la que llevas los registros contables que tengas, usando medios digitales y los cuales debes enviar al SAT a través de internet. La contabilidad electrónica SAT es una obligación fiscal en México que exige a ciertos contribuyentes generar y enviar sus registros contables en formato XML a través del Buzón Tributario. Desde 2015, el SAT exige contabilidad electrónica a un sector específico de contribuyentes. Cumplir con la contabilidad electrónica SAT en 2025 es una obligación fiscal que no debes pasar por alto. Cumplir con la contabilidad electrónica del SAT puede ser simple si usas las herramientas correctas.

¿Qué información se envía en la Contabilidad Electrónica?

Si es la primera vez que vas a hacer tu envío de contabilidad seguramente te estás cuestionando ¿qué información es la que se envía? Para cumplir con el envío mensual, no se manda toda la contabilidad completa de forma automática.

La información contable solo puedes proporcionársela a la autoridad fiscal por dos vías, dependiendo el tipo de contribuyente que seas: contabilidad electrónica, se enviará a través del buzón tributario o por la página del SAT en la sección “Trámites” “Mis cuentas”, como los ingresos y gastos amparados por un CFDI se registran de forma automática, únicamente deberás capturar aquellos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes. El catálogo de cuentas debe incluir el código agrupador del SAT, lo que permite la correcta interpretación de los registros contables. Toda la información contable debe enviarse en archivos XML, siguiendo las especificaciones del Anexo 24. El SAT solo acepta archivos XML estructurados y validados. Sí. El sistema detecta errores de estructura, omisiones en los códigos agrupadores y campos mal llenados.

Proceso de Envío de la Contabilidad Electrónica

Para cumplir con esta obligación, el proceso de envío implica una serie de pasos claros:

  1. Genera los archivos XML desde tu sistema contable.
  2. Ingresa al portal del SAT usando RFC y e.firma.
  3. Ve al módulo de Contabilidad Electrónica.
  4. Adjunta los archivos y valídalos con el visor SAT.
  5. Guarda el acuse de recepción digital que genera el SAT.

Fechas Límite para el Envío de la Contabilidad Electrónica

Cuando uno va comenzando en los envíos de documentación, lo que más genera confusión es el calendario de envío. No olvides que este deber tributario tiene que ser observado por todos los contribuyentes en 2016 en los siguientes plazos. Los días para el envío de tu información son hábiles de conformidad con la regla 2.8.1.7. de la RMISC y el artículo 12 del CFF.

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Plazos Generales para el Envío Mensual de Catálogo de Cuentas y Balanzas de Comprobación

  • Personas Morales: A más tardar en los primeros tres días del segundo mes posterior al que corresponda la contabilidad.
  • Personas Físicas: Los primeros cinco días del segundo mes posterior al que concierne la información contable.
  • Contribuyentes Emisores de Valores: Los que coticen en las bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores o en las bolsas de valores ubicadas en los mercados reconocidos, así como sus subsidiarias, enviarán la información en archivos mensuales por cada trimestre, a más tardar en los siguientes días:
    • 3 de mayo: enero, febrero y marzo.
    • 3 de agosto: abril, mayo y junio.
    • 3 de noviembre: julio, agosto y septiembre.
    • 3 de marzo: octubre, noviembre y diciembre.
  • Personas Morales y Físicas dedicadas a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca (AGAPES): Que hubiesen optado por realizar pagos provisionales del ISR semestralmente, podrán enviar su información contable en esa misma periodicidad, a más tardar dentro de los primeros tres y cinco días, respectivamente, del segundo mes posterior al último mes reportado en el semestre, mediante seis archivos que correspondan a cada uno de los meses reportados.

Balanza de Comprobación Ajustada al Cierre del Ejercicio

  • Personas Morales: La enviarán a más tardar el 20 de abril del año siguiente al ejercicio de que se trate.
  • Personas Físicas: A más tardar el 22 de mayo del año siguiente al ejercicio correspondiente.

Pólizas Contables

Esta información será requerida dentro del ejercicio de facultades de comprobación o en los trámites de devolución y compensación.

Calendario Específico de Envío de Balanzas de Comprobación (Mayo - Octubre 2026)

Además de los plazos generales, las obligaciones fiscales de los meses de mayo a octubre de 2026 detallan las siguientes fechas límite para el envío de la balanza de comprobación:

Fecha Límite Personas Obligadas Obligación (Balanza de Comprobación)
3 de Mayo Emisores de valores que coticen en bolsa y subsidiarias Envío de la balanza de comprobación de enero, febrero y marzo 2026
7 de Mayo Personas morales obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de marzo 2025
11 de Mayo Personas físicas obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de marzo 2025
3 de Junio Personas morales obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de abril 2026
5 de Junio Personas físicas obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de abril 2025
3 de Julio Personas morales obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de mayo 2026
7 de Julio Personas físicas obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de mayo 2026
3 de Agosto Emisores de valores que coticen en bolsa y subsidiarias Envío de la balanza de comprobación de abril, mayo y junio 2025
5 de Agosto Personas morales obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de junio 2026
7 de Agosto Personas físicas obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de junio 2026
3 de Septiembre Personas morales obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de julio 2026
7 de Septiembre Personas físicas obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de julio 2026
5 de Octubre Personas morales obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de agosto 2026
7 de Octubre Personas físicas obligadas a llevar contabilidad Envío de la balanza de comprobación de agosto 2026

Importancia y Consecuencias de la Falta de Cumplimiento

Mantener tu contabilidad electrónica en orden es vital para el cumplimiento fiscal, evitar sanciones y facilitar cualquier trámite ante el SAT. Implementar la contabilidad electrónica no solo es una obligación fiscal, sino que también ofrece ventajas operativas, como la automatización de procesos y la reducción de errores humanos. ¿La contabilidad electrónica sustituye a la contabilidad tradicional? No. Si no cumples con esta obligación o lo haces de forma extemporánea, previo requerimiento del fisco, te harás acreedor a una multa de cinco mil a 15,000 pesos (arts. 81, fracc. XLI y 82-A, fracc.). Estás sujeto a multas económicas y puedes perder la posibilidad de deducir ciertos gastos.

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