Descubre Cómo Calcular el Ajuste Anual por Inflación y Optimiza tus Impuestos en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el ámbito fiscal mexicano, uno de los conceptos que más relevancia ha adquirido en los últimos años es el ajuste anual por inflación. En este sentido, las personas morales (empresas) tienen la obligación de saber qué es el ajuste anual por inflación y hacer este cálculo para determinar su resultado fiscal y el Impuesto sobre la Renta que le corresponde.

¿Qué es el Ajuste Anual por Inflación?

El ajuste anual por inflación es un cálculo que las empresas deben realizar para determinar el impacto de la inflación en sus activos y pasivos. Es el reconocimiento de los efectos inflacionarios en las operaciones de créditos y deudas de una persona moral. Este ajuste, establecido en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), puede generar un beneficio fiscal si las deudas han aumentado más que los créditos. Es esencial considerar las definiciones de créditos y deudas según la LISR para clasificar correctamente sus saldos promedios anuales. Antes de la Reforma a la LISR de 2002, se usaba un cálculo más complejo llamado “componente inflacionario” para obtener partidas acumulables o deducibles en conceptos inflacionarios para las Personas Morales.

El ajuste anual por inflación acumulable, es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas. Ajuste anual por inflación deducible.

Para conocer si el resultado es deducible o acumulable, es necesario saber cómo se calcula el ajuste anual por inflación. Todos estos cálculos deberán realizarse considerando pesos mexicanos. En este sentido, tengas una empresa o no, una forma de trabajar para que tu dinero siga alcanzando para comprar lo que necesitas a pesar de la inflación, es a través de la inversión.

¿Quiénes Deben Calcular el Ajuste Anual por Inflación?

Solo las personas morales que tributan el régimen general de la LISR (Título II), por lo que quedan fuera las no contribuyentes y las del sector primario.

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¿Cómo se Calcula el Ajuste Anual por Inflación?

La clave está en determinar correctamente los saldos y factor de ajuste.

Supongamos que tienes una pequeña empresa que produce y vende productos electrónicos.

Pasos para el Cálculo:

  1. Índice de precios al consumidor (IPC): Es un indicador que mide el aumento de precios de una cesta de bienes y servicios representativa del gasto promedio de los consumidores.
  2. Fecha de inicio y fecha de finalización del período: Establece el período de tiempo para el cual deseas calcular el ajuste por inflación.
  3. Cálculo del ajuste por inflación Una vez que tengas los datos recopilados, puedes calcular el ajuste anual por inflación. Por ejemplo, supongamos que al comienzo del año, tu empresa tiene activos valorados en $50,000 y que el IPC al inicio del año era de 100 puntos.

En este caso, el mayor parte del ajuste anual por inflación para los activos de tu empresa sería de $10,000.

Es importante destacar que este es solo un ejemplo simplificado, y en la práctica, el cálculo puede ser más complejo, especialmente en situaciones que involucren operaciones múltiples activos y pasivos, así como diferentes índices de precios para cada uno.

Créditos y Deudas: Definiciones Clave

Es significativo que los contribuyentes lleven un correcto registro para poder determinar los conceptos que integran los rubros de deudas y créditos, pues de ello dependerá el resultado del ajuste anual por inflación, y por ende, el efecto que tendrá en la determinación del ISR anual.

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¿Qué es un Crédito?

Los créditos, se consolidan en aquel derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra deudora una cantidad en numerario, entre estos:

  • Los que adquieran las empresas de factoraje financiero
  • Las inversiones en acciones de fondos de inversión en instrumentos de deuda
  • Las operaciones financieras derivadas señaladas en la fracción IX del artículo 20 de la LISR
  • Cuentas bancarias en moneda nacional y extranjera
  • Préstamos a personas físicas con actividad empresarial
  • Préstamos a personas físicas sin actividades empresariales a plazo mayor de un mes
  • Saldos a favor de ISR e IVA
  • Préstamos a persona morales

¿Qué es una Deuda?

En tanto, las deudas se representan en cualquier obligación en numerario pendiente de cumplimiento, entre las que se encuentran:

  • Derivadas de contratos de arrendamiento financiero
  • Originarias de operaciones financieras derivadas en términos de la fracción IX del artículo 20 de la LISR
  • Aportaciones para futuros aumentos de capital, y
  • Contribuciones causadas desde el último día del periodo al que correspondan y hasta el día en el que deban pagarse
  • Cuotas Instituto Mexicano del Seguro Social, Sistema de Ahorro para el Retiro y las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
  • Dividendos por pagar
  • Préstamos bancarios en moneda nacional y extranjera
  • Arrendamiento a personas físicas y morales
  • Compras a personas físicas y morales

Aspectos Importantes al Calcular el Ajuste Anual por Inflación

  • El saldo promedio anual de los créditos o deudas será la suma de los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, dividida entre el número de meses del ejercicio.
  • Los créditos que deriven de los ingresos acumulables, disminuidos por el importe de descuentos y bonificaciones sobre los mismos, se considerarán como créditos para los efectos de este artículo, a partir de la fecha en la que los ingresos correspondientes se acumulen y hasta la fecha en la que se cobren en efectivo, en bienes, en servicios o, hasta la fecha de su cancelación por incobrables.
  • Los ingresos nominales, serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable.

Consideraciones Adicionales

  • No aplicar correctamente el ajuste anual por inflación puede conllevar diversos riesgos para la economía y las finanzas.
  • Esto podría conducir a una toma de decisiones equivocada por parte de los inversores, afectando la confianza en el mercado y la asignación eficiente de recursos.
  • Asimismo, podría aumentar la carga fiscal para los contribuyentes, al no considerar adecuadamente el efecto inflacionario en los impuestos.
  • Las cuentas que se incluyen en este ajuste abarcan principalmente los activos monetarios y no monetarios, así como los pasivos monetarios.

Cuentas en Dólares

En el caso de créditos y deudas en moneda extranjera, deben valuarse a la paridad existente al primer día del mes (art. 44, último párrafo, LISR). Para ello, es necesario considerar lo dispuesto en el artículo 20 del CFF, el cual indica en su tercer párrafo lo siguiente: como no existe una adquisición de moneda extranjera, se debe emplear el tipo de cambio publicado por el Banco de México en el DOF el día anterior, al primer día del mes de que se trate, y de no existir publicación en ese día anterior, se toma el último tipo de cambio publicado.

De esta manera, cuando el contribuyente maneje créditos y deudas en dólares, el saldo al cierre del mes, se convierte con el tipo de cambio que corresponda:

Saldos de Tipo de cambio publicado en el DOF
Enero 31 de diciembre del año inmediato anterior
Febrero 31 de enero
Marzo 28 de febrero
Abril 31 de marzo
Mayo 30 de abril
Junio 31 de mayo
Julio 30 de junio
Agosto 31 de julio
Septiembre 31 de agosto
Octubre 30 de septiembre
Noviembre 31 de octubre
Diciembre 30 de noviembre

¿Es Necesario Recalcular el Ajuste Anual por Inflación Cuando se Cancelan Cuentas de Ventas que se Habían Considerado en su Determinación?

La regla general establece que, si alguno de los créditos o deudas tomados para calcular el ajuste anual por inflación se cancela, debe dejarse sin efectos la parte del ajuste anual por inflación correspondiente a la cuenta cancelada (arts. 45, penúltimo párrafo, 46, último párrafo, LISR y 87, RLISR). Sin embargo, no es necesario realizar la cancelación del ajuste anual cuando el crédito o la deuda derive de ingresos o deducciones propias de la actividad del contribuyente y no excedan del 5 % del total de ingresos acumulables tratándose de créditos o deducciones autorizadas para el caso de deudas, correspondientes al periodo comprendido desde el mes en el que se concertó la operación de que se trate hasta aquel en el que se canceló (art. 88, último párrafo, RLISR)

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Para tales efectos, debe tenerse en cuenta que si se cancela una deuda, conviene dejarla sin efectos en el cálculo del ajuste, ya que la disminución del promedio de deudas ayuda a disminuir el ajuste anual por inflación acumulable o aumentar el ajuste anual por inflación deducible, según se hubiera determinado, y por el contrario, si la cancelación es de un crédito, no beneficia efectuar la cancelación del ajuste anual, ya que se obtendría el resultado inverso.

¿Debe Tomarse la Cuenta de Anticipos a Proveedores para el Cálculo del Ajuste Anual por Inflación?

El numeral 45 de la LISR define a los créditos como el derecho que tiene una persona acreedora a recibir de otra deudora una cantidad en numerario. Por lo tanto, solo deben tomarse las operaciones cuyo beneficio esperado sea una cantidad en numerario, y en el caso de los anticipos a proveedores el beneficio a obtener es en bienes o servicios, no en numerario; por lo tanto, no debe considerarse el saldo de su cuenta para el ajuste anual por inflación.

IVA Acreditable

Al respecto, el SAT ha emitido el criterio normativo “28/ISR/N Cálculo del ajuste anual por inflación. No debe considerarse el IVA acreditable”, que establece lo siguiente:

“El ajuste anual por inflación de créditos se determina de conformidad con lo establecido por los artículos 44 y 45 de la Ley del ISR. De conformidad con el artículo 4 de la Ley del IVA, se entiende por impuesto acreditable el monto equivalente al IVA que hubiera sido trasladado al contribuyente y el propio impuesto que este hubiese pagado con motivo de la importación de bienes o servicios, en el mes que corresponda.

En este sentido, la Ley del IVA, de acuerdo con los artículos 1, cuarto párrafo y 4, solo da derecho a restar, comparar o acreditar el IVA acreditable contra el IVA que el mismo contribuyente hubiera trasladado, con el objeto de determinar periódicamente un saldo a favor o impuesto a pagar, es decir, el IVA acreditable no es un concepto exigible a la autoridad fiscal y, por tanto, no constituye crédito a su favor o cuenta por cobrar.

Ajuste Anual por Inflación Positivo vs. Negativo

Si el promedio de deudas es mayor que el promedio de créditos, la diferencia multiplicada por el factor del INPC representa un ingreso acumulable (ajuste positivo). Si el promedio de créditos es mayor que el promedio de deudas, la diferencia multiplicada por el factor del INPC representa una deducción autorizada (ajuste negativo).

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