Descubre el Tope del Fondo de Ahorro Exento de ISR y Aumenta tus Beneficiospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El fondo de ahorro es una prestación no obligatoria para empleados en la cual empresas y trabajadores aportan una parte de sus ingresos en una cuenta común a nombre del trabajador. El objetivo de esta prestación es promover finanzas personales sanas y ayudar a los empleados a alcanzar sus metas económicas.

Si dudas tienes acerca de cómo funciona el fondo de ahorro del trabajador has llegado al lugar correcto. Acomódate y toma nota, seguro será de tu interés.

En otras palabras, el empleado puede ahorrar una parte de sus ingresos de forma periódica y recibir al mismo tiempo aportaciones por parte de su patrón.

¿Qué dice la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)?

La Ley del Impuesto sobre la Renta es el marco legal que regula el cobro del ISR en México. Esto implica llevar registros contables claros, emitir comprobantes fiscales (CFDI), y reportar al SAT toda la información relevante de manera veraz y puntual.

Un elemento indispensable para calcular correctamente las exenciones del ISR es el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que se actualiza cada año por el INEGI. Esta unidad es la que se utiliza como base para determinar límites de ingresos exentos en conceptos como aguinaldo, primas, pensiones, entre otros.

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Como viste, existen ingresos que la ley considera exentos del ISR, pero es importante conocer los límites y requisitos que marca la LISR para evitar errores en tus declaraciones.

Regla Fiscal General del Fondo de Ahorro

La regla fiscal general aplicable para el fondo de ahorro otorgado a los trabajadores es: que se trata de un ingreso exento para estos siempre y cuando se reúnan los requisitos para su deducibilidad (art. 93, frac. XI, LISR).

Según el numeral 27, fracción XI, penúltimo párrafo de la LISR, dichos requisitos consisten en que:

  • Debe ser una prestación general para los trabajadores
  • El monto de las aportaciones efectuadas por el contribuyente sea igual al monto aportado por los colaboradores
  • La aportación de la empresa no exceda del 13 % del salario del trabajador de que se trate, sin que en ningún caso dicha aportación exceda del monto equivalente de 1.3 veces la UMA elevada al año
  • Se cumplan los requisitos de permanencia que se establezcan en el RLISR

El fondo de ahorro es considerado un ingreso exento de ISR para el trabajador bajo el artículo 93, fracción XI de la LISR, siempre que se respeten los requisitos ya mencionados.

En la declaración anual del trabajador (DAISR), los montos exentos del fondo de ahorro pueden incorporarse dentro de los ingresos por salarios.

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¿Qué pasa si no se limitan las aportaciones al fondo de ahorro?

Ahora bien, cuando no se limiten las aportaciones al fondo de ahorro, relativas al equivalente de 1.3 veces la UMA anual, esta prestación sería una erogación no deducible del ISR, y por consiguiente, un ingreso gravado del trabajador para el ISR.

No obstante, el empleador puede deducirlas si absorbe el ISR que por dichos ingresos le correspondería pagar al trabajador, con lo que también se conserva la exención del fondo de ahorro para este.

En este caso, el impuesto pagado por la empresa a cuenta del colaborador es un ingreso gravado para este y un gasto no deducible para aquella al tratarse de un impuesto a cargo de terceros (art. 28, fracc. I, LISR).

Ejemplo de Tope de Aportaciones

Sin tomar este límite, las aportaciones por parte del patrón y del trabajador son las siguientes:

Como se observa, las aportaciones exceden del límite de 1.3 veces la UMA.

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Para que la empresa pueda deducir las aportaciones al fondo y este siga siendo exento para los trabajadores, se ejercerá la opción del artículo 47 del RLISR, consistente en determinar el impuesto a cargo de los excedentes, el cual se considera como un ingreso gravado para los trabajadores y no deducible para la empresa.

Tope de Aportaciones Conforme a la LISR
Concepto Mensual
UMA $89.62
Días del periodo 30
UMA al periodo $2,688.60
Veces 1.3
Tope de aportaciones conforme a la LISR $3,495.18
Aportaciones al Fondo de Ahorro
Concepto Importe
Salario mensual $45,000.00
Porcentaje de aportación 13%
Aportación del patrón $5,850.00
Aportación del trabajador $5,850.00

Lo que concierne a la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR)

El Artículo 27, Fracción XI indica que el fondo de ahorro deberá aplicar para todos los trabajadores en general: "Las deducciones autorizadas en este título deberán reunir los siguientes requisitos:

[...]XI. Que cuando se trate de gastos de previsión social, las prestaciones correspondientes se otorguen en forma general en beneficio de todos los trabajadores.[…]

En el caso de las aportaciones a los fondos de ahorro, éstas sólo serán deducibles cuando, además de ser generales en los términos de los párrafos anteriores, el monto de las aportaciones efectuadas por el contribuyente sea igual al monto aportado por los trabajadores, la aportación del contribuyente no exceda del trece por ciento del salario del trabajador, sin que en ningún caso dicha aportación exceda del monto equivalente de 1.3 UMA* elevado al año y siempre que se cumplan los requisitos de permanencia que se establezcan en el Reglamento de esta Ley.[…]"

En Artículo 49 del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR) indica que:"Las aportaciones que efectúen los contribuyentes a fondos de ahorro, en términos del Artículo 27, fracción XI, párrafo quinto de la Ley, serán deducibles cuando cumpla con lo previsto en la Ley y los siguientes requisitos de permanencia:

  1. Que el plan establezca que el trabajador pueda retirar las aportaciones de que se trata, únicamente al término de la relación de trabajo o una vez por año;
  2. Que el fondo se destine a otorgar préstamos a los trabajadores participantes y el remanente se invierta en valores a cargo del Gobierno Federal inscritos en el Registro Nacional de Valores, así como en títulos valor que se coloquen entre el gran público inversionista o en valores de renta fija que el SAT determine, y
  3. Que en el caso de préstamos otorgados a trabajadores que tengan como garantía las aportaciones del fondo, dichos préstamos no excedan del monto que el trabajador tenga en el fondo, siempre que éstos sean otorgados una vez al año. Cuando se otorgue más de un préstamos al año, las aportaciones que se efectúen al fondo de ahorro serán deducibles, siempre que el último préstamo que se hubiera otorgado al mismo trabajador se haya pagado en su totalidad y siempre que haya transcurrido como mínimo seis meses que se cubrió la totalidad de dicho préstamo."

Los topes establecidos en estos artículos indican la cantidad exenta para pago de impuesto. La empresa puede decidir exceder esa cantidad y pagar impuesto por la parte que excede.

En resumen, para que el fondo de ahorro sea exento debe cumplir con:

  • Aplicar para todos los trabajadores.
  • La aportación de la empresa es igual a la del trabajador.
  • Las aportaciones de la empresa no excedan del trece por ciento del salario del trabajador.
  • No exceda del monto equivalente del 1.3 UMA elevado al año (10 UMA por el 13%).
  • El trabajador retire el fondo de ahorro una vez al año.
  • En caso de otorgar préstamos a los trabajadores, dichos préstamos no excedan del monto que el trabajador tenga de Fondo de Ahorro y el remanente sea invertido. Para un siguiente préstamo, el anterior debe haberse cubierto en su totalidad y deben haber transcurrido como mínimo seis meses entre cada préstamo.

Lo que concierne a la Ley del Seguro Social (LSS)

El Artículo 27 indica: “[...]Se excluyen como integrantes del Salario Base de Cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: [...]II.

¿Cómo saber si debo pagar impuestos por mi fondo de ahorro?

Es importante estar al tanto de las prestaciones que brinda la empresa en la que trabajas y lo que dice la ley al respecto para conocer y hacer cumplir tus derechos y obligaciones como empleado. M.D.T. y L.C.

Este Impuesto Sobre la Renta tiene ciertas exenciones de aplicación y hoy en Facturama queremos explicarte y resolver cada duda. ¿Cuáles son los exentos de IST? ¿A quién se le aplica? ¿Cuándo se paga?

Otros Ingresos Exentos de ISR

Además del fondo de ahorro, existen otros ingresos que están exentos de ISR, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos:

  • Aguinaldo: Está exento de ISR siempre y cuando no rebase el equivalente a 30 días de salario mínimo (o su equivalente en UMAs).
  • Horas extra: Si una persona gana el salario mínimo, sus horas extra están totalmente exentas de ISR, hasta por 3 horas diarias y un máximo de 9 horas semanales.
  • Prima dominical: Todo aquel trabajador que debe presentarse a su trabajo en domingo, tiene derecho a un pago extra conocido como prima dominical.
  • Cuotas al IMSS: Las cuotas que el empleador paga directamente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en beneficio del trabajador, no se consideran ingreso gravable para efectos del ISR.
  • Primas de seguros: Las primas de seguros médicos, hospitalarios o funerarios, cuando son pagadas por el patrón como una prestación general para todos, pueden no generar ISR.
  • Beneficios adicionales: Beneficios como becas para los hijos, apoyo en caso de incapacidad, actividades deportivas, culturales o guarderías también pueden considerarse ingresos exentos.
  • Pensiones, jubilaciones o retiros: Siempre que no superen 15 veces el valor de la UMA, las pensiones, jubilaciones o retiros de subcuentas de ahorro están libres de ISR, incluso si el beneficiario recibe más de una pensión. En caso contrario, solo la parte excedente estará sujeta al impuesto.

La condición principal es que se trate de una prestación general, es decir, que esté disponible de forma equitativa para todos los trabajadores o para una categoría específica (como todos los sindicalizados, operativos o administrativos).

La declaración anual del ISR, que debe presentarse en abril del año siguiente al que corresponden los ingresos, es un momento clave para verificar que se hayan aplicado correctamente las exenciones.

En resumen, el fondo de ahorro representa una herramienta clave para promover el bienestar financiero de los trabajadores y optimizar la carga fiscal de las empresas. Además, contar con un modelo de reglamento del fondo de ahorro claro y actualizado facilita el cumplimiento normativo y previene riesgos fiscales.

Siempre que el fondo cumpla con los requisitos legales y no supere los límites, no se integra al salario base de cotización.

La Ley Federal del Trabajo en sus artículos 97 y 110 refiere que las deducciones del sueldo de un trabajador, cuando gane el mínimo establecido por el Estado, están prohibidas por causa de fondos de ahorro, ya que no se puede percibir una cantidad menor que un sueldo mínimo. Al haber incumplimiento en los requisitos el excedente final será considerado como ingreso sujeto a ISR.

Hey, llegaste al final. Ahora que sabes cómo funciona y cuál es el tratamiento fiscal del fondo de ahorro asegúrate de implementarlo correctamente para aprovechar sus beneficios ya seas empleador o empleado.

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