¿Quieres importar mercancía a México? El proceso de importación en el país está regulado por diversas normativas, siendo una de las más importantes la inscripción en el Padrón de Importadores.
El padrón de importadores, es el registro nacional de Importadores de México, cualquier que pretenda importar mercancías al país debe estar inscrito como persona física o moral ante el Servicio de Administración Tributaria.
Propósito y Marco Legal del Padrón de Importadores
El SAT a través de la administración del padrón de Importadores adscrita a la Administración General de Aduanas es la encargada de crear y controlar un padrón de Importadores para evitar la economía informal mediante el control de los importadores que ingresan mercancías al país, combatir la evasión fiscal, controlar las operaciones de comercio exterior y fomentar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, así como prevenir y detectar prácticas de fraude aduanero que afecten al fisco federal o a los sectores productivos del país incluyendo el contrabando.
Al efecto el numeral 59 fracción IV de la Ley Aduanera, establece que quienes importen mercancías deberán cumplir, sin perjuicio de las demás obligaciones previstas por dicha Ley, con estar inscritos en el Padrón de Importadores y, en su caso, en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial, para lo que deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como acreditar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el registro federal de contribuyentes y cumplir con los demás requisitos que establezca el Reglamento de dicha Ley, así como el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas.
Padrón de Importadores de Sectores Específicos
Es importante señalar que el padrón general de importadores no aplica para todos los productos de importación, hay ciertas mercancías que exigen estar inscritos a un sector específico. El motivo de la inscripción en este tipo de padrones, es que con esto, el Gobierno Federal busca prevenir y detectar las prácticas que afecten a los sectores productivos del país así como para salvaguardar la Salud Pública y Seguridad Nacional.
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Cabe indicar, que este trámite lo presentan las personas físicas y personas morales que requieran introducir a territorio nacional mercancías clasificadas en las fracciones arancelarias contenidas en el apartado A (Padrón de Importadores Sectorial) del Anexo 10 (Sectores y fracciones arancelarias) de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019.
Listado de Sectores Específicos (Apartado A del Anexo 10)
- Sector 1.
- Sector 2. Autorización de importación de material no nuclear especificado.
- Sector 3.
- Sector 4.
- Sector 5.
- Sector 6.
- Sector 7. Las demás armas y accesorios. Armas blancas y accesorios.
- Sector 8.
- Sector 9.
- Sector 10.
- Sector 11.
- Sector 12.
- Sector 13.
- Sector 14.
- Sector 15.
- Sector 16.
Casos Específicos y Exenciones del Padrón de Importadores
A pesar de la obligatoriedad general para la mayoría de las operaciones de comercio exterior, existen situaciones y tipos de importaciones que cuentan con un tratamiento especial, pudiendo estar exentas o sujetas a requisitos diferenciados para la inscripción en el Padrón de Importadores. Estas condiciones buscan facilitar ciertos flujos comerciales bajo un estricto control.
Operaciones con Tratamiento Especial
- Importaciones de Mensajería y Particulares: Las realizadas por empresas de mensajeríay paquetería, cuyo valor no exceda de una cantidad equivalente en moneda nacional o extranjera a 1,000 dólares y las realizadas por personas físicas mediante pedimento, cuyo valor no exceda de una cantidad equivalente en moneda nacional o extranjera a 5,000 dólares, siempre que en este último caso no se efectúe más de una operación en cada mes calendario.
- Empresas con Registro en el Esquema de Certificación: Las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de IVA e IEPS, de conformidad con las reglas 7.1.2., pueden beneficiarse de procedimientos simplificados o requisitos atenuados en sus operaciones aduaneras, aunque la exención total del Padrón en casos específicos debe consultarse detalladamente en la normativa aplicable a cada situación.
Es fundamental que, incluso en los casos que gozan de un tratamiento especial, los importadores cumplan con todas las demás obligaciones fiscales y aduaneras pertinentes para evitar cualquier tipo de irregularidad.
Proceso, Requisitos y Mantenimiento de la Inscripción
El proceso para inscribirse en el Padrón de Importadores está diseñado para ser accesible, siempre y cuando se cumpla con la normativa vigente. Este trámite es totalmente gratuito, lo único que deberás hacer es cumplir con los requisitos antes mencionados. Si te encuentras al día con tus obligaciones fiscales y cumples con todos los lineamientos, el trámite y recibir la resolución no te tomará más de 30 minutos.
Parte de los requisitos incluyen:
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- Registrar en el formato electrónico a los agentes aduanales que realizarán sus operaciones de comercio exterior, en cumplimiento a la obligación prevista en el artículo 59, fracción III, segundo párrafo de la Ley Aduanera vigente.
Por último, es importante dejar claro que los requisitos mencionados anteriormente en todos los casos son necesarios tanto para obtener la inscripción al Padrón, como mantener su registro activo, por lo que si una vez obtenida la inscripción a determinado Padrón, se deja de cumplir con algunos de los requisitos que le corresponden, la autoridad procederá a la suspensión del padrón por esa razón o bien, por alguna de las referidas en la Regla 1.3.3.
Causas de Suspensión del Padrón de Importadores
Mantener el registro activo en el Padrón de Importadores es crucial para la continuidad de las operaciones de comercio exterior. La autoridad puede proceder a la suspensión del registro por diversas razones, entre las que destacan:
- Tratándose de contribuyentes inscritos en el sector 9 del Apartado A del Anexo 10, cuando la Comisión Federal para la Protección de Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), notifique a la AGSC, que la licencia sanitaria otorgada a los importadores, fue suspendida, cancelada o revocada, o cuando el domicilio registrado por los importadores ante la COFEPRIS no sea el mismo que el registrado ante el SAT.
- Para efectos de los sectores 10 y 11, Apartado A del Anexo 10, cuando estando obligado a presentar la cuenta aduanera de garantía conforme al artículo 86-A, fracción I, de la Ley, se omita su presentación o la misma contenga datos incorrectos que representen un monto inferior al que se debió de garantizar.
Los contribuyentes que hayan sido suspendidos en el Padrón de Importadores y/o Padrón de Importadores de Sectores Específicos, podrán solicitar se deje sin efectos la suspensión inmediata, en términos de lo dispuesto en la regla 1.3.4.
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