Cada año, aumenta el número de inspecciones realizadas por la Agencia Tributaria o AEAT. Por ejemplo, en 2022, las acciones de ejecución de la AEAT aumentaron un 7.6 %. Si bien la mayoría de estas inspecciones se centraron en la economía sumergida y en los datos fiscales de grandes patrimonios o empresas, este incremento refleja las medidas de lucha contra el fraude de la AEAT.
La Ley Antifraude (Ley 11/2021)
El 9 de julio de 2021 se promulgó la Ley 11/2021, conocida como «ley antifraude», con el fin de regular las prácticas fraudulentas, incluida la contabilidad «extracontable», a menudo vinculada a los pagos en efectivo. La Ley 11/2021, comúnmente conocida como «ley antifraude», es una norma que introdujo varios cambios en la Ley General Tributaria. Si bien la mayoría de los cambios estuvieron relacionados con los impuestos, la ley también introdujo otras medidas.
La ley antifraude se centra en tres pilares clave:
- Alinear la legislación española con las reglas europeas de elusión fiscal
- Ajustar la normativa para crear un sistema fiscal más justo
- Implementar medidas de control del fraude más activas y eficaces
Además, esta ley pretende dotar de los recursos necesarios a tres instituciones clave: los Tribunales Económico-Administrativos, la Dirección General de Tributos y la AEAT.
Medidas Clave Introducidas por la Ley Antifraude
La lista de objetivos de la ley antifraude es extensa y ambiciosa. Estas son las medidas que introduce la ley para lograr sus objetivos:
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- Limitación del uso de efectivo: la AEAT tiene como objetivo reducir significativamente el uso del efectivo en España para disminuir el fraude asociado a los pagos en efectivo.
- Aplicación de sanciones más disuasorias: la Administración Tributaria española reconoce que algunas sanciones impuestas antes de la ley antifraude carecían del efecto disuasorio esperado. Por este motivo, una de las medidas de la Ley 11/2021 incrementa los montos de determinadas multas.
- Ampliación de la definición de «paraíso fiscal»: antes de la ley antifraude, algunos países, aunque no se consideraban oficialmente paraísos fiscales, carecían de transparencia y equidad fiscal. La ley antifraude amplía la definición de paraísos fiscales, refiriéndose ahora a ellos como «jurisdicciones no cooperativas». Por ejemplo, ahora incluye lugares en todo el mundo donde se pueden establecer empresas que generan ganancias significativas a pesar de no tener una actividad económica real, así como países con impuestos inexistentes o extremadamente bajos.
- Implementación de cambios en el Impuesto sobre los ingresos de los particulares (IRPF): la ley antifraude obliga a la transparencia fiscal internacional a evitar que las empresas puedan evadir impuestos en España realizando operaciones en otros países.
- Definición de lo que se considera «legal» para el software de facturación electrónica: antes de la aprobación de la Ley 11/2021, algunas empresas utilizaban un software contable que les permitía llevar una doble contabilidad, lo que comprometía significativamente la transparencia de sus finanzas. Sin embargo, la ley antifraude busca eliminar este tipo de software al considerarlo ilegal.
Entrada en Vigor
La ley antifraude entró en vigor en julio de 2021, aunque algunas secciones y disposiciones complementarias no entraron en vigor hasta enero de 2022 (por ejemplo, la valoración de bienes inmuebles basada en el registro de la propiedad).
Impacto en la Facturación Electrónica
A continuación se detallan los requisitos que marca la ley antifraude para calificar el software de facturación como legal, junto con las nuevas medidas que introduce en materia de facturación electrónica.
Requisitos para un Software de Facturación Electrónica Legal
La Ley de Creación y Crecimiento obliga a las empresas y los trabajadores independientes dados de alta en España a emitir facturas electrónicas. Sin embargo, antes de seleccionar su software de facturación, deben asegurarse de que cumple con los requisitos que marca la ley antifraude para ser considerado legal:
- El software debe contar con la funcionalidad de reenviar continuamente información fiscal, específicamente registros de facturas, a través del sistema VERI*FACTU. La transmisión de estos documentos debe ser segura y automatizada, sin necesidad de intervención manual.
- Cada vez que un cliente compra un producto o contrata un servicio, el software debe generar un registro de factura. Este registro nunca debe crearse después de la transacción; debe generarse simultáneamente o justo antes de que se produzca la transacción.
- Los datos confidenciales no relacionados con asuntos financieros deben mantenerse separados de la información pertinente para los impuestos. De este modo, se garantiza que la AEAT pueda revisar de forma directa, rápida y sencilla los datos pertinentes para el ámbito fiscal.
- Todos los registros de facturación deben estar vinculados en una secuencia que muestre claramente cuándo se creó el primer registro y la fecha en que se generó el último.
- Un registro automático debe registrar todas las acciones que ocurren en el sistema, incluidos los inicios de sesión y las actualizaciones de software.
- El software debe garantizar la integridad de los registros de facturación, asegurando que los datos ya registrados no puedan ser alterados o manipulados. Una vez que los datos se introducen en el software, deben protegerse.
Prohibiciones Relacionadas con la Facturación Electrónica
De acuerdo con la ley antifraude, las empresas y los trabajadores independientes en España tienen prohibido realizar las siguientes acciones:
- Utilizar software que permita el mantenimiento de la contabilidad extracontable. Los programas de doble contabilidad están específicamente dirigidos por la Ley 11/2021.
- Modificar la información de las facturas.
- Incluir en el registro de facturación cualquier transacción que no se haya producido efectivamente.
- No incluir en el registro las facturas, ya sea omitidas parcial o totalmente.
- Utilizar soluciones de facturación electrónica que no estén debidamente certificadas. El simple hecho de poseer tales soluciones, incluso si no se utilizan activamente, podría considerarse un delito punible.
La ley antifraude prohíbe a las empresas que comercializan este tipo de soluciones de software lo siguiente:
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- Vender software no certificado
- Exceder el plazo de julio de 2025 para adaptar su software a los requisitos de la Ley 11/2021
Sanciones por Acciones Ilegales
Para garantizar que las sanciones sirvan como elemento disuasorio eficaz, la AEAT las aplicará con estricto rigor. Las infracciones más graves pueden clasificarse como faltas graves.
Impacto en los Pagos en Efectivo
Para promover la facturación electrónica y garantizar que las empresas cumplan con los requisitos de la UE, la ley antifraude introduce una medida que afecta directamente a los pagos en efectivo.
La antecesora de la ley antifraude, la Ley 7/2012, establecía un límite máximo de €2500 para los pagos en efectivo, lo que ya daba resultados positivos en la lucha contra el fraude. La ley antifraude lleva esta medida un paso más allá al reducir el límite de pago en efectivo a €1000 (o su equivalente en otras monedas). Es importante tener en cuenta que este límite se aplica solo si una de las partes involucradas es un profesional o una empresa.
Los cambios en el software de facturación electrónica y contabilidad, junto con los relacionados con las transacciones en efectivo, marcan un punto de inflexión significativo en la lucha contra el fraude.
Caso Notorio: Shakira y el Fraude Fiscal
La Fiscalía ha pedido el archivo de una nueva causa abierta contra Shakira por dos presuntos delitos fiscales, después de que en noviembre de 2023 aceptara una condena de tres años de cárcel por fraude tributario, aunque no ingresó en prisión.
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En un comunicado, la Fiscalía Provincial de Barcelona ha pedido el archivo de las actuaciones seguidas contra la cantante en el Juzgado de Instrucción. Sin embargo, remite el caso a la vía administrativa para que pague la deuda que Hacienda le reclama por el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) y el de patrimonio de 2018.
La defensa de Shakira alcanzó un pacto relacionado con presuntos delitos fiscales. Este juzgado investigaba la presunta comisión dos delitos contra la Hacienda Pública por el IRPF y el Impuesto de Patrimonio del ejercicio 2018 y, como solicitaba el abogado de Shakira, el ministerio público pide el archivo al considerar que “no existen indicios suficientes de la comisión de los delitos”.
A finales del año pasado, la defensa de Shakira alcanzó un pacto con las acusaciones a las puertas de su juicio en la Audiencia de Barcelona, con el que la artista reconoció un fraude de 14.5 millones de euros a Hacienda entre 2012 y 2014, un acuerdo con el que logró no entrar en prisión.
A cambio, acepta reconocer que cometió fraude fiscal en España y pagar una sanción de 7.3 millones de euros, más una multa de 432,000 euros en sustitución de la pena de prisión. Cabe recordar que, en su día, ya abonó los más de 14.5 millones de euros de deuda tributaria que le reclamaba la Agencia Tributaria, reparando así el daño causado a la Hacienda pública española. En total, la cantante finalmente ha ingresado más de 22 millones de euros a las arcas públicas.
Criterios para ser Considerado Residente Fiscal en España
Para ser considerado residente fiscal en España, deben cumplirse los siguientes criterios:
- Que permanezca más de 183 días del año natural en territorio español.
- Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o tenga intereses económicos de forma directa o indirecta.
- Que residan habitualmente en España el cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependan de esta persona física.
Si no se da ninguna de dichas circunstancias, tal persona no podrá tener la consideración de residente en España.
Igualdad de Obligaciones
Una vez establecido que su residencia habitual estaba en España, Shakira no sólo estaría obligada a tributar en el país por el IRPF y el Impuesto de patrimonio y por todas sus ganancias y bienes con independencia de donde estuvieran situados. Además, la Hacienda española podría investigar y comprobar sus actividades y negocios, regularizando sus declaraciones ante cualquier sospecha de irregularidades u ocultaciones.
Otros Casos Conocidos
Se han buscado comparaciones con los casos de Sito Pons y Xabi Alonso, que ganaron sus casos contra Hacienda. El primero porque sí demostró que no residía en España durante los años investigados, de modo que no estaba obligado a tributar aquí. Y el segundo porque no se consideró fraudulento el contrato de cesión de imagen del futbolista a una empresa situada en Madeira cuyos beneficios declaró oportunamente.
Pero también se podría comparar con los casos condenatorios de Leo Messi, por ceder sus derechos de imagen a una empresa situada en el paraíso fiscal de Belice y cuyos beneficios no declaraba; o el de Arantxa Sánchez Vicario, que pretendió infructuosamente evitar el pago a la Hacienda española alegando que residía en Andorra.
