Ganancia Neta Sujeta a Impuesto: Descubre Todo lo que Necesitas Saber para Optimizar tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El objetivo principal de las inversiones es generar un rendimiento obteniendo un beneficio (ingreso que antes no se tenía), por consiguiente, se debe pagar un impuesto sobre esa ganancia.

Existen diferentes tipos de impuestos que incurren en nuestra vida diaria; sin embargo, uno de los más comunes es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), este principalmente grava el consumo de bienes y servicios, por ejemplo, si compraste un celular, este llevará incluido en el precio el 16 % del IVA sobre el valor del celular. Otro de los impuestos más comunes en nuestro país es el Impuesto Sobre la Renta (ISR), el cual grava el incremento en el patrimonio de las personas, por ejemplo, si ganaste cierta cantidad de dinero en tu trabajo, tu patrimonio se incrementa: por consiguiente, tendrás que pagar el impuesto correspondiente por esa ganancia y, por lo tanto, un porcentaje de ese aumento debe destinarse a la federación, vía impuesto.

Ahora bien, la situación se complica cuando tratamos de combinar el mundo de los impuestos con el mundo financiero, ambos temas son complejos y difíciles de entender y por lo mismo desincentiva su aprendizaje. Todavía existen muchas barreras dentro del mundo financiero como lo son el desconocimiento y el miedo.

Impuestos en Inversiones

Así como existen gran variedad de instrumentos financieros, también existen varias formas para el pago de los impuestos en las inversiones. Es más sencillo de lo que parece, las instituciones financieras trabajan para facilitarnos el pago de nuestras contribuciones.

Inversiones en Renta Fija

Una inversión en renta fija se define como el dinero que nosotros préstamos a través de los intermediarios financieros al gobierno o a las empresas a cambio de un interés por el préstamo, también llamado rendimiento. Estos préstamos se realizan a través de instrumentos gubernamentales como los CETES o los BONOS de deuda, o bien, para las empresas los más comunes son los certificados bursátiles o bonos corporativos.

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Los impuestos para las inversiones en renta fija suelen ser muy sencillos, únicamente se debe de pagar un gravamen sobre los intereses reales ganados y no sobre todo el monto prestado, sin embargo, el intermediario bursátil (casa de bolsa) hará la retención de este impuesto (ISR) que se puede acreditar en la declaración anual. El interés real es el interés obtenido menos la inflación general anual.

Inversión en Renta Variable

Cuando se compran acciones, lo que se adquiere es una inversión en renta variable o inversión en capitales. Se llama de esa forma ya que no se cuenta con un rendimiento fijo ni constante, es decir, los rendimientos dependerán de la situación de la empresa y su proyección hacia el futuro.

En las acciones se pueden ganar dinero de dos formas distintas:

  • Incremento en el precio de las acciones.
  • Pago de los dividendos.

Independientemente de la forma en que se obtuvo el rendimiento, se debe de pagar el impuesto correspondiente.

Incremento en el Precio de las Acciones

En el caso de “incremento en el precio de las acciones” la ganancia dependerá de un factor muy importante: se venda o no. Si el precio del título sube, pero aún no se efectúa su venta, en realidad se tuvo una plusvalía, no una ganancia. Se le llamaría ganancia si se efectúa la venta de las acciones, caso contrario, si la acción cae, antes de vender se tiene una minusvalía y no una pérdida.

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Para ser mas claros, si no se venden las acciones, no se efectúa el pago de impuestos. Los impuestos se pagan con base en las ganancias obtenidas. Si se trata de una persona física y se obtuvieron ganancias, el intermediario bursátil, es decir, la casa de bolsa deberá de efectuar la retención del impuesto, que es 10 % de ISR sobre las ganancias netas del portafolio.

Pago de Dividendos

Para el caso de “pago de dividendos”, estos son pagos que las empresas tanto nacionales como extranjeras reparten a sus socios cuando tienen utilidades y son cantidades que, para fines de impuestos, también se consideran como rendimientos, por ello, las personas que reciben estos dividendos son sujetos al gravamen de ISR. La forma de pagarlos dependerá de varios factores, los dividendos deberán de pagar un 10 % más sobre el monto recibido. Existen dividendos que no pagan este impuesto, pero eso dependerá si proviene de algo que se conoce como CUFIN (cuenta de utilidad fiscal neta).

Al igual que las acciones y la renta fija, la casa de bolsa deberá de hacer la retención respectiva, y será necesario que el accionista la reporte en su declaración anual.

Por último, para poder reportar las retenciones en la declaración anual, la casa de bolsa debe de expedir un CFDI que informe los rendimientos obtenidos y los montos retenidos de impuestos, así como la fecha donde se generaron dichas ganancias.

Retención de ISR

La retención de ISR (Impuesto Sobre la Renta) ocurre cuando una persona o empresa efectúa un pago y está legalmente obligada a retener una parte de ese monto para entregárselo directamente al SAT. La retención de impuestos aplica a una gran parte de los contribuyentes, tanto personas físicas como personas morales. Cuando una empresa contrata a un profesionista independiente, está obligada a retener parte del ISR.

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Las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), también pueden aplicarse retenciones, especialmente si reciben ingresos de personas morales. Se aplica a la mayoría de los bienes y servicios, incluyendo productos de uso común y actividades comerciales en general. Al cierre del año, el trabajador puede revisar si el monto retenido coincide con lo que realmente debía pagar por eso es importante saber cómo calcular el ISR. Este proceso se realiza a través del portal del SAT y permite presentar una solicitud formal de devolución.

Retención vs. Pagos Provisionales

No, no es lo mismo. Cuando una persona física trabaja para una empresa como parte de una relación laboral, el ISR retenido es un monto que el empleador descuenta directamente del salario del trabajador. Esa retención es una obligación del patrón, quien debe enterarla al gobierno a través del SAT.

En cambio, los pagos provisionales aplican, por ejemplo, a quienes prestan servicios profesionales, rentan inmuebles, o tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Aquí, la persona es responsable de calcular el ISR, presentar su declaración mensual y cubrir el impuesto correspondiente.

Ambos conceptos impactan en el cálculo del ISR anual y en el posible saldo a favor que puede solicitarse en la declaración anual. Desde el punto de vista del trabajador, puede parecer una ventaja inmediata porque recibe su salario completo, sin descuentos. Sin embargo, esto puede complicar la declaración anual: el ISR retenido suele usarse para cubrir parte del impuesto anual, así que si no fue retenido, es probable que tenga que hacer un pago adicional al SAT.

Además, la falta de retenciones puede afectar el historial fiscal del contribuyente, dificultando trámites como la solicitud de créditos, devolución de impuestos, o el acceso a ciertos programas del gobierno. En el caso de que seas persona física con actividad empresarial o bajo el RESICO, y no se haya aplicado la retención correspondiente, puedes regularizarte al presentar los pagos provisionales.

Artículos Relevantes de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR)

A continuación, se mencionan algunos artículos de la LISR que son relevantes para residentes en el extranjero que obtienen ingresos en territorio nacional:

  • Artículo 153: Obligación de pago del ISR para residentes en el extranjero con ingresos de fuentes de riqueza en territorio nacional, incluso si son determinados presuntivamente por las autoridades fiscales.
  • Artículo 156: Establece que la fuente de riqueza se considera en territorio nacional cuando el servicio personal independiente se presta en el país, y define la tasa del 25% sobre el ingreso total sin deducción.

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