Descubre Todo Sobre Donaciones de Padres a Hijos en México: Requisitos Clave y Consejos Fiscales Imprescindiblespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Una de las bromas recurrentes en esta temporada navideña es la tradicional pelea por los terrenos de la abuela durante las cenas familiares. Aunque parece una cuestión graciosa en donde los tíos, primos, sobrinos, nietos y demás integrantes arman un zafarrancho para conseguir victoriosamente las escrituras de algún inmueble o propiedad de los abuelos, la realidad dista de ser muy diferente en cuestiones inmobiliarias.

Un testamento no es el único recurso para obtener los derechos sobre un inmueble; existen otros mecanismos para ceder una vivienda a cualquier familiar o allegado. Para heredar una propiedad no es necesario armar una batalla campal entre toda la familia, existen diferentes formas legales para dejar en orden el patrimonio construido y establecer qué inmuebles o bienes le corresponden a cada integrante.

Aunque el testamento es la figura jurídica más conocida para heredar una propiedad, existen otros recursos por los que el propietario puede ceder la pertenencia de un inmueble a cualquier miembro de la familia, amigo o allegado. Se trata de la donación y el traspaso, procesos por los que una persona también puede otorgar los derechos y obligaciones de una propiedad a un tercero.

Daniel Narváez, director de Marketing y Comunicación del portal inmobiliario Lamudi, explicó que la donación se puede considerar como una “herencia en vida”, aunque en realidad una herencia surge cuando el propietario de los bienes fallece. Tanto la donación como en el traspaso se encuentran ligados a una serie de obligaciones, como la responsabilidad de correr con los gastos de escrituración, impuestos, gastos notariales, por mencionar algunos. En ambos casos, el procedimiento se debe hacer mediante escritura pública, ante un notario.

Diferentes Formas de Heredar

La diferencia entre las tres figuras legales consta en que el testamento es un documento en el que una persona deja plasmada su voluntad para que se cumpla después de morir; mientras que la donación es la sucesión que se realiza cuando el propietario original sigue vivo. En el caso del traspaso, éste conlleva una remuneración por haber cedido la propiedad a un tercero, sin ser necesariamente un familiar y con una cantidad mucho menor, que no se considere necesariamente como una compra.

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Para el directivo de Lamudi, la transmisión de bienes mediante la figura de la donación resulta un trámite relativamente sencillo, además de que no requiere todas las formalidades y gastos que implicaría hacerlo mediante un testamento. Los trámites que conllevan heredar una propiedad en vida y el costo que esto puede significar, dependerá de factores como la ubicación del inmueble para saber qué establece el Código Fiscal o la Ley de Hacienda de la entidad donde se ubica.

Como sabrás, las donaciones son justamente uno de los tipos de operación que no generan impuesto si se siguen los términos adecuados para con el SAT y se detallan correctamente al reportar las transacciones ante el fisco por medio de la Declaración Anual de Impuestos. Hay casos en los que, efectivamente, se evita pagar ISR en transferencias por medio de SPEI, cuando se trate de donaciones que el SAT interprete como tales, pero hay algunas reglas que hacen viable exentar de impuestos y no basta con ponerle esa palabra al enviar los recursos.

¿Qué es un Donativo ante el SAT?

Un donativo, según el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México, es una transferencia de bienes o dinero que se realiza de manera gratuita y sin fines de lucro entre personas físicas, generalmente dentro del núcleo familiar. A diferencia de una herencia, el donativo se efectúa en vida y puede involucrar tanto activos financieros como bienes materiales. El SAT permite distinguir entre donativos y préstamos: los donativos son regalos que no se deben devolver, mientras que los préstamos implican una obligación de reembolso.

Algunas personas que suelen recibir este tipo de donativos en vida, tienen la duda acerca de los posibles pagos de impuestos que tienen que pagar. A continuación, te mostramos y aclaramos todas las posibles dudas acerca de este tema.

¿Los donativos entre familiares pagan impuestos?

La respuesta es: depende del grado de parentesco y del monto del donativo. Los donativos entre familiares directos, como padres, hijos o cónyuges, están exentos del pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) sin importar el monto. Esto significa que puedes recibir apoyo económico de tus padres o hijos sin generar una carga fiscal, siempre y cuando el donativo esté bien documentado y se pueda comprobar la relación familiar.

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¿Donativos entre hermanos ante el SAT, también pagan impuestos?

Por otro lado, los donativos entre familiares no directos, como hermanos, tíos o primos, sí tienen un límite de exención. Por ejemplo, entre hermanos, solo están exentos hasta por el equivalente a tres veces la UMA anual (aproximadamente $123,821). Si el donativo excede ese monto, el excedente sí está sujeto al pago de ISR.

Es importante contar con pruebas documentales de la relación y del origen del recurso para evitar problemas con el SAT.

¿Cómo Documentar Correctamente un Donativo?

La clave para evitar problemas con el SAT se encuentra en la documentación y se recomienda:

  1. Elaborar un contrato de donación, donde se especifique claramente el donante, el donatario, el monto o bien donado y la relación de parentesco. Recuerda que las palabras se las lleva el viento, no hay nada como tenerlas por escrito.
  2. Conservar comprobantes de transferencia bancaria, cheques o cualquier otro medio de pago, para cualquier aclaración ante las autoridades.
  3. En caso de grandes cantidades, formalizar el donativo ante notario público para mayor seguridad legal. No hay nada como la legalidad y tener un proceso con testigos.
  4. Justificar el parentesco con documentos oficiales (actas de nacimiento, matrimonio, etc.). Esto es clave para justificar el tipo y cantidad de donativo.

Esta documentación será fundamental si el SAT solicita aclaraciones sobre el origen de los recursos.

Obligación de declarar donativos cuando exceden el monto exento

Si en un mismo año fiscal recibes donativos, préstamos o premios que en conjunto superen los $600,000, estás obligado a informarlo en tu declaración anual, incluso si provienen de familiares directos. Omitir esta información puede generar multas y sanciones por parte del SAT. Si ya presentaste tu declaración y no incluiste estos ingresos, deberás hacer una declaración complementaria para corregir el error y regularizar tu situación fiscal lo antes posible.

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¿Qué pasa si el SAT detecta depósitos no reportados?

Si el SAT identifica depósitos en tus cuentas bancarias que no coinciden con tus ingresos declarados, puede suponer que se trata de ingresos no reportados. En ese caso, podría:

  • Exigir el pago del ISR correspondiente
  • Aplicar multas y recargos
  • Iniciar una auditoría fiscal

Si no cuentas con la documentación que acredite que fue un donativo exento, podrías terminar pagando más impuestos de lo que realmente recibiste. Por eso es clave documentar correctamente cualquier donativo y mantener tus declaraciones en regla.

Casos en los que no puede aplicar la exención

  • Donativos entre familiares no directos (hermanos, tíos, primos) que excedan el límite exento. Si el donativo viene de alguien que no es tu papá, mamá, esposa o hijos, tendrás que pagar los impuestos correspondientes.
  • Donativos de personas sin parentesco directo.
  • Donativos que no se documenten adecuadamente o que no puedan justificarse ante el SAT. Recuerda documentar todo donativo, ya que en algún momento podrías comprobar de donde proviene dicho dinero.

En estos casos, el monto recibido se considera ingreso gravable y debe pagar ISR.

Resumen SIMMPLE

Recibir un donativo de un familiar puede parecer algo sencillo, pero es importante conocer las obligaciones fiscales que pueden derivarse. Si bien los donativos entre familiares directos (padres, hijos, cónyuges) están exentos de ISR, los que provienen de familiares no directos sí pueden generar impuestos a pagar.

Para evitar problemas con el SAT, asegúrate de:

  • Documentar correctamente la donación
  • Contar con un contrato o comprobante por escrito
  • Consultar con un especialista si el monto supera los límites establecidos

Preguntas Frecuentes

¿Necesito declarar si recibo un donativo de mis padres por $500,000?

No, siempre que puedas demostrar el parentesco y la naturaleza del donativo. Solo debes declarar si en el año recibes donativos, préstamos o premios que en conjunto superen los $600,000.

¿Qué pasa si no documento el donativo?

Si el SAT lo detecta y no puedes justificarlo, lo considerará ingreso gravable y te multará.

¿Puedo deducir un donativo familiar de mis impuestos?

No, los donativos familiares no son deducibles. Solo los donativos a instituciones autorizadas por el SAT pueden deducirse.

¿Donativos entre cónyuges pagan impuestos?

Los donativos entre cónyuges no pagan impuestos, pero siempre y cuando no superen los 600,000 pesos anuales.

¿Qué documentos debo conservar?

Contrato de donación, comprobantes de transferencia, documentos que acrediten el parentesco y, de ser posible, escritura pública si el monto es elevado.

Cumplir con las reglas del SAT sobre donativos familiares es esencial para evitar sanciones y problemas fiscales.

Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles

Por lo regular, están exentas del Impuesto sobre la Renta por adquisición (ISR) las donaciones entre esposos, la que se realizan de padres a hijos, y las de hijos a padres, siempre que estos últimos no donen o enajenen a su vez, el mismo bien, a otro descendiente. De realizarse a un tercero, se deberá pagar 20% del valor total del inmueble y 25% si el donante reside en el extranjero.

Con lo anterior podemos concluir, que, a partir del presente ejercicio de 2024, la tasa del 2% establecida en la fracción IV del Artículo 75-BIS B de la Ley de Hacienda Municipal no será aplicable y por tanto debe calcularse el impuesto sobre adquisición de inmuebles de acuerdo con la tarifa a la que hace mención el Artículo 9 de la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Mexicali. Esta disposición transitoria, aunque de una manera confusa, pretende establecer que la reforma establecida en la Ley de Hacienda Municipal del Estado, referente a la tasa del 2% y del 0% para la adquisición de inmuebles por donación, legado o herencia, será aplicable del mes de enero al mes de Marzo de 2024, ya que a partir del mes de Abril le será aplicable a todas las adquisiciones de inmuebles la tarifa establecida en el Artículo 9 de la Ley de Ingresos del Ayuntamiento de Mexicali.

Desventajas de la Donación

¿Tiene alguna desventaja la donación? La principal puede ser que al convertirse los hijos en los dueños del inmueble pueden disponer de ellos como quieran, por ejemplo, venderlos.

Cada acto de dar, por más pequeño que sea, tiene el potencial de transformar vidas y construir un futuro más brillante para quienes lo necesitan. Al momento de realizar un donativo, no solo estás cambiando la vida de alguien, sino que puedes acceder a beneficios fiscales, que te permitan seguir ayudando en el futuro. Debe tratarse de instituciones autorizadas para recibir donativos, aquí se pueden encontrar algunas organizaciones sin fines de lucro, asociaciones civiles, fundaciones y otras entidades que llevan a cabo actividades de beneficencia.

Para hacer deducible un donativo, debes solicitar un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que avale la transacción. Cuando se trata de donaciones en efectivo, la clave del producto y servicio debe ser “84101600” (Financiación de ayudas) y si es de donativos en especie, entonces debe especificarse el bien donado, incluir el número de bienes y el valor por unidad. Además, el CFDI debe incorporar el Complemento de Donatarias, con el número y fecha del oficio de autorización, la leyenda: “Este comprobante ampara un donativo, el cual será destinado por la donataria a los fines propios de su objeto social.

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