El presente artículo detalla las características del desarrollo habitacional "Hacienda Montebello", un condominio horizontal de tipo interés social promovido por Casas Javer de México, S.A. de C.V., ubicado en el municipio de Tecámac, Estado de México.
Autorización de Subdivisión y Condominio Horizontal
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano autorizó la subdivisión y el condominio horizontal habitacional de tipo interés social, denominado comercialmente “Hacienda Montebello”, ubicado en el municipio de Tecámac, Estado de México, mediante el acuerdo expedido el 01 de junio de 2018, con número de oficio 224023000/DRVMZO/344/2018 y expediente DRVMZO/RLE_OAT/010/2018.
Ubicación y Superficie
“Hacienda Montebello” se encuentra en:
- Calle La Soledad nos.1, 2,3, 4
- Calle Ferrocarril, nos 2, 4, 6,8,12, 14, 16 y 18
- Calle La Redonda no. 2
En la Colonia/Fraccionamiento: Ex Hacienda San Nicolás la Redonda, Municipio: Tecámac, Estado de México.El desarrollo cuenta con una superficie total de 24,021.77 m2.
Características del Desarrollo
- Subdivisión: El proyecto contempla la subdivisión en 54 lotes.
- Tipo de Condominio: Horizontal Habitacional de tipo Interés Social (cinco condóminos).
Marco Legal y Competencia
La autorización se basa en la competencia de la autoridad y se fundamenta en diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, el Código Administrativo del Estado de México, el Código Financiero del Estado de México y Municipios, el Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, el Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Metropolitano, y el Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Tecámac vigente.
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Consideraciones Clave
Se presentaron los requisitos indicados en los artículos 8, 89, 92, 108 y 109 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
- El Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XLV, define a la subdivisión, como el acto por el que se fracciona un predio en lotes, con el fin de que estos constituyan unidades de propiedad independientes.
- Que de igual forma el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de Méxic o, en su artículo 5.3 fracción XV, define al Condominio Horizontal como “La modalidad en la que cada condómino es propietario exclusivo de un piso, departamento, vivienda o local de un edificio y además copropietario de sus elementos o partes comunes, así como del terreno e instalaciones de uso general”.
- Que el Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, en su artículo 5.3 fracción XIII, define al Condominio como: “La modalidad en ejecución del desarrollo urbano que tiene por objeto estructurar u ordenar, como una unidad especial integral, las áreas privativas y comunes, la zonificación y normas de uso y del suelo, la ubicación de edificios, las obras de urbanización, las obras de infraestructura primaria en su caso; así como la imagen urbana de un predio o lote”.
Acreditación de la Propiedad
La propiedad del predio se acredita mediante la Escritura Pública 51,351, Volumen 1,391 de fecha 18 de marzo de 2015, pasada ante la fe del Lic. Jorge Valdez Ramírez, Titular de la Notaría Pública número veinticuatro de Toluca, Estado de México, la cual se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad de ahora IFREM (Instituto de la Función Registral del Estado de México), bajo los siguientes datos registrales: Folio Real Electrónico: 00104644, fecha de Inscripción: 01/09/2015, número de Trámite: 117393.
Factibilidad de Servicios
Para la realización de la Subdivisión, cuenta con la siguiente Constancia de Factibilidad de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado con número OPD/DG/FAC/014/2017, para el predio ubicado en calle La Soledad número 1, 2, 3 y 4; calle Ferrocarril número 2, 4,6,8,12,14, 16 y 18 y calle La Redonda número 2, ex Hacienda San Nicolás la Redonda, Municipio de Tecámac de Estado de México.
Para la realización del Condominio Horizontal Habitacional de Tipo Interés Social, denominado comercialmente “HACIENDA MONTEBELLO”,cuenta con la siguiente factibilidad: Constancia de Factibilidad de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado con número OPD/DG/FAC/014/2017, para el predio ubicado en calle La Soledad número 1, 2, 3 y 4; calle Ferrocarril número 2, 4,6,8,12,14,16 y 18 y calle La Redonda número 2, ex Hacienda San Nicolás la Redonda, Municipio de Tecámac de Estado de México.
Uso de Suelo
El Plan Municipal de Desarrollo Urbano de Tecámac, clasifica la zona donde se encuentra el predio citado, con un uso de suelo Habitacional Densidad 100A (H-100-A), como se acredita con las Licencia de Uso de Suelo con número: 5973, emitidas por la Dirección de Desarrollo Urbano y Planeación del H. Ayuntamiento de Tecámac 2016- 2018.
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Otros Documentos Presentados
- Constancia de Alineamiento con número de folio 11931 de fecha 13 de febrero del 2018 emitida por el Director de Desarrollo Urbano y Planeación Licenciado Tereso Martínez Aldana del H. Ayuntamiento de Tecámac, Estado de México.
- Oficio sin número de fecha 23 de agosto del 2016 emitido por el Director de Desarrollo Urbano y Planeación Licenciado Tereso Martínez Aldana del H. ayuntamiento Municipal de Tecámac, Estado de México.
- Plano georreferenciado en coordenadas UTM, de la poligonal del predio en el que se pretende llevar a cabo la subdivisión y el condominio horizontal y la localización del predio en una ortofoto.
- Plano en 6 tantos y medio magnético el cual cumple con las características y/o requerimientos que exige el artículo 89 en su fracción I, II y VI, 92, 93 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
- Plano en 6 tantos y medio magnético el cual cumple con las características y/o requerimientos que exige el artículo 102 y 108 del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
- Certificado de Libertad o Existencia de Gravámenes emitido por el Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM), Oficina Registral de Otumba, en donde se establecen los siguientes datos registrales: Folio Real Electrónico: 000104644, Trámite: 197813, de fecha: 14/02/2018: para el lote 1B con una superficie de 24,021.77 m2 en donde se menciona que el predio NO REPORTAN GRAVÁMEN Y/O LIMITANTES.
- Oficio no. 2290BA000/2073/201 de fecha 20 de julio del 2017, emitido por la Dirección General de Vialidad de la Secretaria de Infraestructura del Gobierno del Estado de México, mediante el cual se emite el Dictamen de Incorporación e Impacto Vial para el condominio objeto de la presente a favor de CASAS JAVER DE MÉXICO S.A. DE C.V.
- Dictamen en materia de Protección Civil emitido mediante oficio número SGG/CGPC/0-8824/2016 de fecha veinticinco de octubre del 2016 por parte del Coordinador General de Protección Civil del Gobierno del Estado de México para el proyecto que nos ocupa a favor de CASAS JAVER DE MÉXICO S.A. DE C.V.
- Oficio número 219090000/DGOIA/RESOL/367/17 de fecha 24 de agosto del 2017, emitido por la Dirección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental de la Secretaria de Medio Ambiente del Gobierno del Estado de México para el presente proyecto a favor de CASAS JAVER DE MÉXICO S.A. DE C.V.
- Oficio número 3-EOS-SYA-353/2017, emitido con fecha 8 de mayo del 2017, suscrito por el Jefe de oficina de Solicitudes y Aportaciones de la División de Distribución Valle de México Norte de la Comisión Federal de Electricidad, mediante el cual le informa a CASAS JAVER DE MÉXICO S.A. DE C.V, que existe factibilidad para el suministro de energía eléctrica en el predio que nos ocupa para un total de 203 viviendas.
- Oficio número DG/163/2017 y de fecha 23 de agosto del 2017, emitida por profesor Héctor Marcelo Olivares Morales, Director General del Organismo Público Descentralizado para la Prestación de los Servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Municipio de Tecámac, Estado México mediante el cual otorga el Dictamen de Factibilidad de los servicios básicos Municipales de Agua Potable y Drenaje para 205 viviendas, equipamiento y comercio, a favor de CASAS JAVER DE MÉXICO S.A. DE C.V.
- Acuerdo fecha 15 de junio del 2011, mediante el cual el Director de Desarrollo Urbano y Planeación del Municipio de Tecámac, Estado de México, autoriza el cambio de uso de suelo de Centro Urbano densidad 200A (CU.200.4) a Habitacional Densidad 100.A ( H.100.A.) para el predio del cual se deriva el inmueble objeto del presente acuerdo.
Conclusión
El proyecto "Hacienda Montebello" de Casas Javer representa un desarrollo de vivienda de interés social en Tecámac, Estado de México, que cumple con la normativa vigente y cuenta con las autorizaciones y factibilidades necesarias para su ejecución.
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