Mi Contabilidad y Mis Cuentas del SAT: La Clave para un Cumplimiento Fiscal Sin Errorespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El cumplimiento de las obligaciones fiscales es un pilar fundamental para las personas físicas en México. El Servicio de Administración Tributaria (SAT), en su esfuerzo por facilitar estos procesos, ha puesto a disposición de los contribuyentes diversas herramientas electrónicas que buscan simplificar la gestión de sus declaraciones y obligaciones.

La Obligación de Llevar Contabilidad

De acuerdo con el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), las personas físicas y morales están obligadas a llevar contabilidad, registrar sus operaciones y mantener la documentación comprobatoria que respalde dichas operaciones. La contabilidad permite a la autoridad fiscal verificar la exactitud de la información proporcionada en las declaraciones fiscales, así como evaluar la situación financiera y fiscal de los contribuyentes.

¿Qué es la aplicación "Mis Cuentas" del SAT?

Para un segmento específico de contribuyentes, la regla 2.8.1.4 de la Resolución Fiscal Miscelánea 2023 (RMISC 2023) ofrece una opción simplificada. Esta regla permite a los contribuyentes cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, así como a las personas físicas con actividad empresarial y profesional y personas con ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares que hubieren percibido en el ejercicio inmediato anterior ingresos en una cantidad igual o menor a cuatro millones de pesos, y las asociaciones religiosas que tributen como personas morales con fines no lucrativos, utilizar la aplicación electrónica "Mis cuentas".

Deberán ingresar a la aplicación electrónica "Mis cuentas", disponible en el portal del SAT, para registrar los datos correspondientes a sus ingresos y gastos.

La Aplicación "Mi Contabilidad" del SAT

Complementando las opciones para el cumplimiento fiscal, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció el lanzamiento de la aplicación Mi Contabilidad, una herramienta que busca facilitar las obligaciones fiscales de las personas físicas. Esta aplicación es gratuita, y está diseñada para el cálculo mensual de impuestos (ISR e IVA), clasificando los ingresos, gastos, inversiones y deducciones personales, obtenidos de la información de los CFDI emitidos y recibidos en cada período.

Lea también: ¿Qué es un Catálogo de Cuentas?

Criterios de Aplicación para Mis Cuentas y Mi Contabilidad

A continuación, se presenta un resumen comparativo de estas dos herramientas del SAT, destacando sus principales características y a quiénes están dirigidas:

Característica Mis Cuentas Mi Contabilidad
Tipo de Contribuyente Principal Personas Físicas (varios regímenes), Asociaciones Religiosas Personas Físicas
Umbral de Ingresos Hasta $2 millones MXN (general); hasta $4 millones MXN (Act. Empresarial/Plataformas si optaron) Más de $4 millones MXN (Act. Emp. y Prof.); entre $2 y $4 millones MXN (si no optaron por Mis Cuentas)
Funcionalidad Principal Registro de ingresos y gastos Cálculo mensual de ISR e IVA, clasificación de ingresos/gastos/deducciones
Excepciones Notables Permite simplificación contable Exceptuados de enviar contabilidad electrónica y presentar DIOT
Base Legal/Anuncio Regla 2.8.1.4 de la RMISC 2023 Anuncio oficial del SAT

¿Quiénes están obligados a utilizar la aplicación Mi Contabilidad?

Los contribuyentes obligados a utilizar la aplicación de “Mi contabilidad” son las Personas Físicas que realizan estas actividades:

  • Actividades Empresariales y Profesionales (honorarios) que superen los 4 millones de pesos.
  • Actividades Empresariales y Profesionales (honorarios) con ingresos de 2 a 4 millones de pesos que no optaron por llevar la aplicación de “Mis Cuentas”.
  • Arrendamiento que no optaron por llevar la aplicación de “Mis Cuentas”.

Asimismo, los contribuyentes que utilicen “Mi Contabilidad” quedarán exceptuados de enviar la contabilidad electrónica al SAT mensualmente y presentar la DIOT (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros).

¿Qué funciones incluye Mi Contabilidad?

Esta aplicación está diseñada para facilitar el cálculo de:

  • ISR e IVA.
  • Depreciación de inversiones.
  • Ajustes por devoluciones de mercancías, notas de crédito y de débito.
  • Proporción de IVA para actividades gravadas y exentas.
  • Actualizaciones y recargos por pagos extemporáneos.

Lea también: Orígenes de la contabilidad

Lea también: Importancia de la Auditoría de Gestión

tags: #herramienta #mis #cuentas #sat #que #es