Todo lo que debes saber sobre el Impuesto Inmobiliario y ABL en CABA: Guía Definitivapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Si vivís en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, uno de los impuestos que deberías abonar mensualmente es el ABL. Si tenés una propiedad en CABA o en otra ciudad, seguro escuchaste hablar del ABL. Este impuesto, muchas veces confuso, es obligatorio y conviene entender bien cómo funciona. El ABL es un gravamen que alcanza a todos los propietarios de CABA, por lo que es importante comprender su modalidad de pago, penalidades por incumplimiento y beneficios por abonar a tiempo. En esta guía explicaremos cada uno de estos puntos. ¿Qué es el ABL exactamente? ¿Qué significan sus siglas? Vamos a despejar estas dudas y a brindarte la información que necesitás sobre este impuesto.

¿Qué es el ABL y cómo se compone?

ABL es el impuesto que aplica sobre todos los inmuebles con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y su nombre completo es “Contribución de Alumbrado, Barrido y Limpieza Territorial de Pavimento y Aceras”. Como su nombre lo indica, es una contribución que se aporta en base a todos los servicios mencionados, y se divide en 12 cuotas mensuales. Está conformado por la suma de dos conceptos:

  • La tasa retributiva de los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros. Dicha tasa es de igual valor para todos los ciudadanos.
  • El impuesto a la propiedad, también conocido como impuesto inmobiliario. Este gravamen es progresivo y con alícuotas o porcentajes que se establecen en función del valor fiscal de la propiedad. A diferencia de la tasa de ABL que es igual para todos, el valor del impuesto inmobiliario va a variar, dependiendo de la valuación fiscal para cada inmueble.

En el sitio de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), se explica que el ABL es la tasa retributiva de los servicios de alumbrado barrido y limpieza, mantenimiento y conservación de sumideros, y que es igual para todos los contribuyentes. En cambio, el Impuesto Inmobiliario es progresivo y con alícuotas fijadas en función del valor fiscal de la propiedad.

Diferencia entre Impuesto y Tasa

Para comprender mejor el ABL y su composición, es importante conocer la distinción legal entre impuesto y tasa:

  • Impuesto: es un tributo que se paga al Estado (nacional, provincial o municipal) para financiar el gasto público en general, como salud, educación o infraestructura.
  • Tasa: es un tributo que se paga a cambio de la prestación de un servicio directo que brinda el Estado a los contribuyentes.

Cálculo y Actualización del ABL en CABA

El ABL se calcula sobre el valor fiscal del inmueble, según lo determina el Gobierno porteño. Este valor se conoce como Valuación Fiscal Homogénea (VFH), y varía según la zona. Para calcular el ABL se utiliza la VFH y se aplica una zonificación, por lo que hay barrios que pagan impuestos más altos que otros. Además, de estos detalles en su cálculo, debes saber que se trata de un impuesto mensual, y su importe puede actualizarse anualmente según la Ley Tarifaria de cada año. La actualización de cada cuota mensual del impuesto inmobiliario y ABL se realiza de forma gradual en relación a la evolución del IPCBA (Índice de Precios del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires) de los últimos cinco meses.

Lea también: ¿Qué son las Deudas de Impuestos en Casas?

¿Quién Administra el ABL y su Equivalente en Provincia?

El área de Rentas del gobierno de la ciudad, que forma parte de la AGIP (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos), es el encargado de la recaudación de este gravamen. En el sitio de la AGIP (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos) podés gestionar todo lo relacionado con el ABL en CABA. En la Provincia de Buenos Aires su equivalente es llamando “impuesto inmobiliario” y su recaudación está a cargo de ARBA (Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires).

Responsabilidad de Pago: Propietarios e Inquilinos

Desde el punto de vista legal, es el propietario el responsable de pagar el ABL, ya que es el titular registral del inmueble. El conflicto aparece en los casos de los inmuebles alquilados, donde a menos que exista un pacto estableciendo lo contrario, el locatario paga la tasa y el locador el impuesto. En el caso de un alquiler para vivienda, ¿a quién le corresponde pagar el ABL? Según la nueva Ley de Alquileres actualmente vigente, el inquilino no deberá pagar los impuestos sobre el inmueble. Entonces la porción del ABL correspondiente al Impuesto Inmobiliario quedará a cargo del propietario. No así la porción correspondiente a la tasa de alumbrado, barrido y limpieza propiamente dicha, que quedará a cargo del inquilino. Cabe aclarar que esto sólo aplica a los contratos de alquiler con destino vivienda.

Separación de Boletas de ABL e Impuesto Inmobiliario (Ley 6.108)

En la actualidad, en la boleta de ABL también se incluye el Impuesto Inmobiliario. ¿Por qué alguien querría pagar estos cargos por separado? Los contribuyentes que así lo requieran van a recibir las boletas de ABL y del Impuesto Inmobiliario por separado. Antes, el Gobierno porteño deberá abrir un registro para que se anoten quienes opten por esta modalidad. Así lo dispone la ley 6.108, promulgada esta semana, que responde a un viejo pedido de los inquilinos. Es que, generalmente, estos últimos se hacen cargo de la tasa con la que se pagan los servicios de alumbrado, barrido y limpieza, mientras los propietarios deben afrontar el impuesto inmobiliario, que grava a las propiedades. La ley crea un registro, en el que los responsables de los tributos que recaen sobre los inmuebles porteños podrán anotarse para pedir la emisión de boletas de pago separadas. La norma también determina que estas serán remitidas en formato digital, no en papel.

Por eso, la ley establece que en las boletas de ambos cargos deberá transcribirse el artículo 1209 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece cual es la obligación de los inquilinos y propietarios. "El locatario tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originen en el destino que dé a la cosa locada. No tiene a su cargo el pago de las que graven la cosa, excepto pacto en contrario”, dice el Código. Si bien existe la libertad contractual, pudiendo así mediante acuerdo entre las partes estipular que el pago de los impuestos esté a cargo del inquilino, creemos que la diferenciación de los tributos puede ayudar a la hora de negociar los contratos. Clarificar y cobrar los impuestos y tasas a quien corresponde, ayudará también a mejorar la convivencia entre partes con intereses encontrados, y que muchas veces finalizan en problemas judiciales por no contar con la información suficiente. Quienes opten por la separación de boletas no las recibirán en papel, sino en formato digital. Esto va en línea con las medidas que viene tomando el Gobierno porteño para ahorrar papel.

¿Cuándo y Cómo Pagar el ABL?

El ABL es un impuesto que debe abonarse anualmente, y que divide su pago en doce cuotas mensuales. Es posible cancelar en un solo pago la totalidad del impuesto anual, pero cuenta con una sola fecha de vencimiento y luego de la misma se debe abonar en cuotas mensuales. Tené en cuenta que no recibir la boleta no te exime de pagar el impuesto. Por eso es importante llevar un control regular.

Lea también: Funcionamiento del Impuesto Inmobiliario en México

Medios de Pago del ABL

Es posible pagar el ABL a través de una amplia variedad de medios de pago:

  • AGIP Mobile: aplicación de AGIP que requiere Clave Ciudad para su uso y permite realizar el pago con tarjeta de crédito.
  • Internet: se puede abonar desde "tu boleta web" con tarjetas de crédito y débito Visa o Mastercard. También por medio del home banking (consultando en la entidad), PagoMisCuentas, Pagar (redLink), Visa Home y más.
  • Débito Automático: exclusivamente a través de la entidad bancaria o emisora de la tarjeta.
  • Cajeros automáticos: Red Link o Banelco, utilizando el código para cajeros automáticos que figura en la boleta.
  • Teléfono: Call Center de Visa (4379-7700) ó 0810-666-7700 (costo local llamando desde el interior).
  • Entidades no bancarias: en Pago Fácil, Rapipago o Provincia NET, sólo con el número de partida inmobiliaria más el dígito verificador. También se puede abonar en Cobro Express, pero es necesario contar con la boleta. Antes de su vencimiento.
  • Bancos: amplia variedad de entidades bancarias, pero con distinciones para clientes y no clientes del banco.

Boleta Electrónica: Ventajas y Requisitos

Como contribuyente podés recibir tus cuotas del ABL en papel o de manera electrónica. Desde el Gobierno de la Ciudad aconsejan adherirse a la boleta electrónica, no sólo porque se beneficia el medio ambiente al reducir el uso de papel, sino que además podés obtener un 5% de descuento. Lo único que tenés que hacer es registrarte en la web de AGIP y, a partir de ese momento, recibirás por correo electrónico los recordatorios de vencimiento para abonar. También podés hacer la adhesión a débito automático: este trámite lo gestionás a través de tu entidad bancaria o tarjeta de crédito. Los requisitos para adherir a la boleta electrónica son los siguientes:

  • Número de CUIT/CUIL
  • Número de partida con el dígito verificador (DV)
  • Correo electrónico para la confirmación de la adhesión
  • Comprobante de pago del impuesto

Consulta de Deuda y Gestión de Pagos

Es posible que alguna vez te surja la duda sobre si te olvidaste de pagar alguna cuota o incluso si duplicaste el pago de algún mes. Desde la página web de AGIP es posible consultar las boletas, estado de cuenta, saldos pendiente de pago y deudas del Impuesto Inmobiliario y ABL de manera gratuita. Para poder hacerlo necesitamos:

  • Número de partida del Inmueble radicado en la Ciudad.
  • Dígito verificador (opcional).

Ingresá el número de partida (y dígito verificador): vas a necesitar el número de partida del inmueble. El sistema mostrará las boletas pendientes de pago, saldos, fechas de vencimiento y detalle de las cuotas.

Planes de Facilidades de Pago y Reimputación

Si la propiedad posee deuda del Impuesto Inmobiliario o ABL, el gobierno de la Ciudad suele habilitar moratoria con facilidades de pago para regularizar la situación. En caso de registrar deuda, podés regularizar tu situación a través de un Plan de Facilidades. Estos planes alcanzan deudas, tanto administrativas como judiciales, sin límite de montos y otorga hasta 36 cuotas. Es importante aclarar que para adherir a alguno de los planes, deberás contar con todas las cuotas pagas del año en curso. En caso de que hayas abonado dos veces la misma cuota de ABL, no te preocupes porque existe una gestión sencilla para acreditarlo a cuenta de futuros vencimientos. Tenés que acceder a la página web de AGIP y confirmar la reimputación de dichos pagos dobles.

Lea también: Inversiones Inmobiliarias y el IRPF

Beneficios por Pago a Término

Además de evitar caer en recargos y multas, pagar el ABL a tiempo nos permite obtener bonificaciones por el buen cumplimiento. Bonificaciones ¿Sabías que la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) bonifica por el buen cumplimiento de pagos? Si abonaste en término todas las cuotas del ABL de un año determinado, la AGIP otorga una bonificación del 10% por buen cumplimiento. Dicho descuento se aplica sobre cada una de las cuotas mensuales del año siguiente. Durante el 2024, pagando a término cada cuota mensual (hasta la fecha de vencimiento), se obtiene un 5% de descuento. Además, habiendo abonado a término todas las cuotas del 2023, se accede a un descuento del 10% sobre cada una de las cuotas del 2024, siempre que se mantenga la regularidad de pago. Por otro lado, quienes se adhieran al débito automático antes del 30/06/2024 accederán a una bonificación del 100% sobre la última cuota del año. Esta bonificación aplica sólo para personas físicas que además hayan recibido la bonificación por buen cumplimiento de pago. En todos estos casos debe tratarse de personas humanas, partidas correctamente titularizadas y que no registren deuda vencida. 10% de bonificación por buen cumplimiento.

Consecuencias por el Incumplimiento del Pago

Dado que el ABL es un impuesto de carácter obligatorio, el incumplimiento de pago implicará recargos y multas. Actualmente el recargo por pago fuera de término es de un 5% en cada cuota mensual, sumado a los intereses resarcitorios correspondientes hasta el pago. Sin embargo, debemos considerar que la acumulación de deudas puede tener repercusiones legales. En su caso más extremo puede llevar a que la propiedad sea rematada y llevada a subasta por la Ciudad.

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