Los gastos pendientes de pago son aquellos que se originan cuando la organización compra un producto o contrata un servicio y no los cancela inmediatamente. Dentro de esta categoría, los impuestos por pagar son aquellos que se cancelan al fisco nacional con periodicidad, como el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) en algunos países. Esta cuenta está clasificada como una fracción de los pasivos de la compañía, es decir, forma parte de las deudas de la empresa. Todas las empresas tienen deberes impositivos con los entes gubernamentales. Los pasivos corrientes o circulantes son aquellos compromisos que tienen una fecha de vencimiento cercana, es decir, en el corto plazo.
Concepto General de Impuestos y su Clasificación
El Código Fiscal de la Federación en su artículo 2 fracción I, conceptualiza lo que son los impuestos: estos forman parte de las contribuciones por las cuales la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) recauda fondos para el Estado. Por consiguiente, las personas físicas y morales que se encuentren en la situación establecida en la ley de cada uno de los impuestos, estarán obligadas a enterar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las condiciones requeridas, de acuerdo con cada impuesto. (CFF art. 2, fracc I; 2020, 1).
Los impuestos se pueden clasificar de diversas maneras. Para efectos de esta discusión, los clasificaremos por la zona geográfica en la que su aplicación es obligatoria. Primero, tenemos los que son de carácter estatal, que dependen mucho de la entidad en la que se aplique, pues cada entidad tiene normativas propias al respecto, en donde definen qué impuestos propios de la entidad se determinarán, el objeto, sujeto, tasa o tarifa, y época de pago de cada uno de ellos. Luego, tenemos los de carácter federal, que se deben aplicar en toda la República Mexicana y los porcentajes, topes, etc., son los mismos para cada estado, salvo lo que dispongan sus respectivas leyes.
Impuestos Federales Clave
Los impuestos federales son de carácter obligatorio para todo el territorio mexicano y los porcentajes son aplicables por igual, a excepción de la zona norte del país.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
El IVA es un impuesto general e indirecto que se genera cada vez que se compra algún bien o servicio (con algunas excepciones), y grava todo valor que se agrega a la mercancía en su proceso de producción. Esto se hace mediante la figura de la traslación, por la cual el sujeto del impuesto no sufre pérdida económica en virtud del impuesto, pues se traslada a quien le presta un servicio o le vende un bien. Así, quien carga con el impuesto es el consumidor final.
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- Sujetos: Los sujetos del IVA son las personas físicas y las morales que realicen los actos o actividades siguientes, en territorio nacional:
- Enajenen bienes
- Presten servicios independientes
- Otorgan el uso o goce temporal de bienes.
- Importen bienes y servicios
(Art. 1º, Ley del impuesto al valor agregado, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Objeto: El objeto del IVA es gravar los actos o actividades arriba señalados; es decir, la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes, el arrendamiento de bienes y la importación de bienes y servicios.
- Base: La base del IVA es el valor que la ley señala para las cuatro clases de actos o actividades que grava. De manera general, la base del IVA es el valor de la operación.
- Base enajenación de bienes: Para calcular el impuesto tratándose de enajenaciones se considerará como valor el precio o la contraprestación pactados, así como las cantidades que además se carguen o cobren al adquirente por otros impuestos, derechos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto. (Art. 12º, Ley del impuesto al valor agregado, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Base prestación de servicios: Para calcular el impuesto tratándose de prestación de servicios se considerará como valor el total de la contraprestación pactada, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien reciba el servicio por otros impuestos, derechos, viáticos, gastos de toda clase, reembolsos intereses normales o moratorios, penas convencionales y cualquier otro concepto. (Art. 18º y 18-A, Ley del impuesto al valor agregado, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Base Uso o goce temporal de bienes: Para calcular el impuesto en el caso de uso o goce temporal de bienes, se considerará el valor de la contraprestación pactada a favor de quien los otorga, así como las cantidades que además se carguen o cobren a quien se otorgue el uso o goce por otros impuestos, derechos, gastos de mantenimiento, construcciones, reembolsos, intereses normales o moratorios, penas convencionales o cualquier otro concepto. (Art. 23º , Ley del impuesto al valor agregado, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Base Importación de Bienes y Servicios: Para calcular el impuesto al valor agregado tratándose de importación de bienes tangibles, se considerará el valor que se utilice para los fines del impuesto general de importación, adicionado con el monto de este último gravamen y del monto de las demás contribuciones y aprovechamientos que se tengan que pagar con motivo de la importación. (Art. 27º , Ley del impuesto al valor agregado, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Base Exportación de Bienes y Servicios: Las empresas residentes en el país calcularán el impuesto aplicando la tasa del 0% al valor de la enajenación de bienes o prestación de servicios, cuando unos u otros se exporten. (Art. 29º , Ley del impuesto al valor agregado, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Tasa: La tasa general del IVA es de 16%; asimismo, hay una tasa especial de 0%, así como también existen exenciones en cada una de las actividades.
- Art. 16% Tasa General- Art. 1 LIVA
- Art. 0% Tasa Especial- Art. 2 A LIVA
- Exentos:
- Enajenación de bienes- Art. 9 LIVA
- Prestación de Servicios- Art. 15 LIVA
- Uso o goce temporal de bienes- Art. 20 LIVA
- Importación de bienes o servicios- Art. 25 LIVA
- Época de pago: El IVA se paga a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el impuesto. El contribuyente debe pagar la diferencia entre el IVA por él retenido y trasladado (el que él cobró) y el IVA que él pagó al adquirir bienes y servicios necesarios para el desarrollo de su actividad.
Impuesto Sobre la Renta (ISR)
El ISR es un impuesto muy extenso. A continuación, se explicarán los elementos básicos de este impuesto federal.
- Sujeto: Los sujetos del ISR son todas las personas físicas y morales, en los siguientes casos:
- Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan.
- Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente.
- Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
(Art. 1º , Ley del impuesto sobre la renta, Última reforma publicada DOF 23-04-2021)
- Objeto: El objeto del ISR son los ingresos que perciben las personas.
- En el caso de las personas morales, se trata de los ingresos provenientes de la realización de actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesca, silvicultura.
- En el caso de las personas físicas, son los ingresos provenientes de: salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado; actividades empresariales y profesionales; arrendamiento y en general por otorgar el uso y goce temporal de bienes inmuebles; enajenación de bienes; enajenación de acciones en bolsa de valores; adquisición de bienes; intereses, obtención de premios; dividendos y en general por las ganancias distribuidas por personas morales; y demás ingresos que obtengan las personas físicas.
- Base: La base del ISR es el resultado de la suma de los ingresos percibidos objeto del impuesto, menos las deducciones.
Impuestos Estatales: Un Ejemplo Detallado
Como ya se mencionó anteriormente, los impuestos estatales varían según la entidad y sus normativas correspondientes. Por ejemplo, en el estado de Guanajuato existe el impuesto sobre nóminas, mientras en otras entidades del país, no se encuentra o si lo hacen en otras con distintos porcentajes. El Impuesto Sobre Nómina (ISN) en Guanajuato grava las remuneraciones que hacen los patrones, ya sean personas físicas o morales, hacia sus trabajadores.
Impuesto Sobre Nómina (ISN) en Guanajuato
Cada estado tiene su propia normatividad apegada a las leyes federales. Para fines didácticos y como ejemplo, tomaremos la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato, donde el ISN se encuentra en el capítulo primero del Título II.
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| Aspecto | Descripción (Ley de Hacienda para el Edo. de Guanajuato, 2021) |
|---|---|
| Objeto | Este impuesto grava las remuneraciones realizadas por concepto de trabajo personal subordinado, que sean dentro del territorio estatal. El artículo 6 explica más a profundidad los conceptos que entran en el cálculo de las remuneraciones, como sueldos, salarios, tiempo extraordinario, premios, bonos, compensaciones, gratificaciones, aguinaldos, participación patronal al fondo de ahorros, primas de antigüedad, participación de los trabajadores en las utilidades, comisiones, pagos en efectivo o especie por servicios de comedor y comida, despensa, servicio de transporte, primas de seguros médicos o de vida, y cualquier otra señalada en esta disposición que se entregue a cambio del trabajo personal subordinado. |
| Sujeto | Las personas físicas o morales que realicen los pagos mencionados en el objeto, independientemente del domicilio que tenga el patrón. La federación, estados, municipios, entidades paraestatales y órganos autónomos, también son sujetos a cumplir con este impuesto. Tratándose de outsourcing, trabajo subordinado pagado por un tercero, también debe pagar este impuesto. |
| Base | Esta base se compone de todos los conceptos que nos menciona el artículo 6, por los cuales se le paga a un subordinado; el monto total fungirá como base para el cálculo del impuesto. |
| Tasa | Este porcentaje está sujeto al ejercicio que transcurre, por ende, cada año sufre modificaciones y se encuentra en la Ley de Ingresos del Estado del que se trate; para el año 2021 en el Estado de Guanajuato la tasa del impuesto es del 3% sobre la base. |
| Época de pago | Este impuesto debe pagarse a más tardar el día 22 del mes siguiente al que se causó; se considera que es pago definitivo, ya que no podemos tener saldo a favor por este concepto. Independientemente de si exista un saldo por pagar o no, las declaraciones deben hacerse conforme a la ley. |
Exenciones del impuesto (Art. 9 Ley de Hacienda para el Edo. De Guanajuato, 2021):
- Indemnizaciones por riesgos o enfermedades profesionales;
- Pensiones y jubilaciones en casos de invalidez, vejez, cesantía y muerte;
- Indemnizaciones y primas de retiro por rescisión o terminación de la relación laboral;
- Pagos por gastos funerarios;
- Gastos de representación y viáticos erogados por cuenta del patrón, comprobados en los mismos términos que para su deducibilidad exija la Ley del Impuesto Sobre la Renta;
- Aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro, al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores, al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado, al Instituto de Seguridad Social del Estado de Guanajuato, al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas y las cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social a cargo del patrón;
- El ahorro, siempre que se integre por un depósito por cantidad igual del trabajador y del patrón;
- La alimentación y habitación, cuando se otorguen con cargo al salario del trabajador;
- Las prestaciones de servicio de comedor, bono de transporte, uniformes de trabajo o deportivos, festejos de convivios, becas para los trabajadores o sus familias;
- Primas de seguros por gastos médicos o de vida;
- Las despensas en dinero o en especie, cuando su monto no rebase el cuarenta por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; y
- Las cantidades otorgadas por el patrón para fines sociales o sindicales.
Para que los conceptos mencionados en las fracciones anteriores se excluyan de la base para el cálculo de este impuesto, deberán estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón. Los excedentes del límite previsto en la fracción XI se integrarán a la base de cálculo de este impuesto.
Registro Contable de Impuestos Pendientes de Pago
Al registrar las cargas impositivas pendientes por pagar, es necesario determinar los siguientes lineamientos. En el “debe” hay que incluir el valor del impuesto que la empresa debe al fisco o a los entes gubernamentales pertinentes. Por su parte, el “haber” es la sección derecha de la cuenta contable en donde se registran los acreedores de la empresa. Si se es una empresa comerciante o prestadora de servicios, debe incluir el IVA.
El pago de impuestos estatales no es un "gasto" como tal en la contabilidad del negocio (no es un importe deducible de tu actividad), sino el pago de un importe. Es muy recomendable registrar el pago de los impuestos para llevar un control estricto de la tesorería. En el caso de las sociedades, como están obligadas a llevar una contabilidad completa y a tener todos los cobros y los pagos registrados de forma estricta, es necesario para tener al día los datos contables con los del banco.
Otros impuestos, como los municipales o los autonómicos, sí son deducibles como gasto en la contabilidad. Estos pagos irán sin factura, al igual que el pago de impuestos, pero sí que tendremos un recibo o un documento en el que se nos indique de qué tipo de impuesto se trata. Si el impuesto nos lo cobra nuestro municipio (por ejemplo el IBI, el impuesto de vehículos, etc.), crearemos un "nuevo gasto" que asociaremos al proveedor que corresponda según el recibo que nos han emitido y elegiremos el tipo de gasto "Impuestos y tasas municipales". Si el impuesto nos lo cobra nuestra comunidad autónoma (por ejemplo el impuesto de transmisiones patrimoniales), elegiremos el tipo de gasto "Impuestos y tasas comunidad autónoma".
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En caso de haber solicitado aplazamientos para los pagos del IVA, tendremos que tener en cuenta los gastos generados en forma de intereses. Al crear el gasto, lo único que hay que hacer es indicar el importe en la casilla "Intereses". Cuando se solicita la devolución del resultado de la declaración de algún modelo, también se puede registrar el ingreso con el importe en negativo.
Para que todos estos procesos sean más efectivos, es importante elegir herramientas con una curva de aprendizaje baja, que te permita automatizar procesos y llevar un registro y una gestión inteligente de gastos pendientes de pago. El control de la tesorería es fundamental para cualquier negocio, independientemente de que sea una sociedad o un autónomo. La herramienta de conciliación bancaria ayuda mucho a detectar errores y solucionarlos rápidamente, porque sincroniza automáticamente todos los movimientos del banco.
Impuestos Corrientes y Diferidos
El impuesto corriente correspondiente al ejercicio, se reconocerá como un pasivo en la medida en que esté pendiente de pago. De lo anterior se deduce que el impuesto corriente coincide con el importe a satisfacer aplicando la normativa fiscal; en definitiva, el impuesto corriente coincidirá con la cuota líquida del impuesto, la cual se obtiene de minorar la cuota íntegra (tipo de gravamen x base imponible) en el importe de las deducciones y cualesquiera otras ventajas fiscales a las que la empresa tenga derecho. De lo anterior se deduce que si en aplicación de la normativa fiscal, la cuota diferencial obtenida es positiva, es decir, a ingresar surge un pasivo corriente, mientras que si la cuota diferencial obtenida es negativa, o lo que es lo mismo, a devolver, surgirá un activo corriente.
Activos por Impuestos Diferidos (AID)
Los activos por impuestos diferidos desempeñan un papel fundamental en la forma en que las organizaciones informan sobre su situación financiera y planifican sus obligaciones fiscales futuras. Aparecen en el balance de la empresa como activos no corrientes y reflejan situaciones en las que una empresa ha pagado por adelantado o ha registrado un pago excesivo de impuestos en relación con lo que exige la cuenta de resultados contable. Para los contables fiscales, los responsables financieros y las partes interesadas que revisan los estados financieros, es esencial comprender cómo surgen los activos por impuestos diferidos y cómo afectan a los resultados netos.
Un activo por impuestos diferidos (AID) es una partida del balance que representa los beneficios fiscales futuros que una empresa espera obtener por haber pagado impuestos en exceso o por haber acumulado deducciones fiscales, pérdidas operativas netas o créditos fiscales que pueden aplicarse a la base imponible futura. Los AID surgen cuando existen diferencias temporales entre el tratamiento contable y el tratamiento fiscal de las transacciones, y constituyen la contrapartida del pasivo por impuestos diferidos (PID), que representa los impuestos que se deberán pagar en el futuro.
Los activos por impuestos diferidos se contabilizan registrando un cargo en la cuenta de activos por impuestos diferidos cuando el gasto por impuestos de una empresa en su cuenta de resultados supera el impuesto real que debe pagar a las autoridades fiscales en el ejercicio actual. Esta diferencia temporal genera un saldo a trasladar a ejercicios futuros que reduce los pagos de impuestos futuros cuando la diferencia temporal se revierta en ejercicios posteriores.
Los activos por impuestos diferidos son importantes porque influyen directamente en la forma en que las partes interesadas evalúan la salud financiera de una empresa, las previsiones de flujo de caja y las obligaciones fiscales futuras. Un saldo significativo de activos por impuestos diferidos indica que la organización prevé ahorros fiscales en el futuro, lo que puede mejorar los resultados netos en ejercicios posteriores a medida que se materialice dicho activo.
Los componentes clave de los activos por impuestos diferidos incluyen las diferencias temporales subyacentes, el tipo impositivo aplicable y cualquier provisión por deterioro aplicada al activo. Las diferencias temporales son el factor principal y se derivan de partidas como las reservas para garantías, las pérdidas fiscales acumuladas y las diferencias en los métodos de amortización entre las normas contables y las normas fiscales.
Los activos por impuestos diferidos se clasifican en varias categorías en función del origen de la diferencia temporal o del beneficio fiscal. Las pérdidas operativas netas y las pérdidas fiscales acumuladas representan uno de los tipos más comunes, ya que permiten a las empresas compensar los ingresos imponibles futuros con pérdidas de ejercicios anteriores. Los activos por impuestos diferidos proporcionan beneficios fiscales cuantificables que mejoran la situación financiera de una organización a lo largo del tiempo. A medida que se revierten las diferencias temporales, la empresa obtiene ahorros fiscales que reducen los gastos por impuestos futuros y aumentan los flujos de efectivo disponibles para operaciones o inversiones.
Entre los ejemplos de activos por impuestos diferidos se incluyen situaciones en las que una empresa contabiliza un pasivo por garantía a efectos contables que aún no es deducible fiscalmente hasta que se abonen efectivamente las reclamaciones. En este caso, los ingresos contables son inferiores a los beneficios imponibles, lo que da lugar a una diferencia temporal que genera un activo por impuestos diferidos.
Los retos relacionados con los activos por impuestos diferidos suelen centrarse en determinar la provisión por valoración adecuada y en evaluar si existirán ingresos imponibles futuros suficientes para realizar el activo. Los cambios en la legislación fiscal, los tipos impositivos o la política fiscal de las empresas en las distintas jurisdicciones pueden alterar significativamente el valor de los activos por impuestos diferidos existentes.
Las mejores prácticas para la gestión de los activos por impuestos diferidos comienzan por establecer un proceso de contabilidad fiscal riguroso que permita realizar un seguimiento de todas las diferencias temporales y su reversión prevista en ejercicios futuros. Los equipos financieros deben reevaluar periódicamente la provisión por valoración mediante el análisis de los ingresos imponibles previstos, la revisión de los cambios en las normas y la legislación fiscal, y la documentación de los fundamentos de cualquier modificación. En México, la contabilidad es mucho más que el registro de operaciones financieras: es también una herramienta indispensable para cumplir con las obligaciones fiscales establecidas por el SAT.
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