Descubre los Ingresos Exentos para Trabajadores y Cómo Afectan la Deducción Patronal en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En el mundo de los negocios, cada empresa, sin importar su tamaño o situación financiera, siempre está en la búsqueda de formas para reducir gastos. Uno de los gastos más relevantes para cualquier empresa es la nómina de sus empleados.

La gestión adecuada de la nómina no solo es un proceso crucial para garantizar que tus empleados reciban su salario a tiempo, sino que también es vital para cumplir con las leyes fiscales y evitar problemas legales. Este Impuesto Sobre la Renta (ISR) tiene ciertas exenciones de aplicación y la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) es el marco legal que regula el cobro del ISR en México.

Es importante entender cuáles son los ingresos exentos del ISR y cómo deducir los ingresos exentos de ISR para personas morales. Para cada uno de estos conceptos de sueldos y prestaciones pagados a los trabajadores se establecen reglas y límites para su exención.

¿Qué son los Ingresos Exentos para el Trabajador?

Existen ingresos que la ley considera exentos del ISR, pero es importante conocer los límites y requisitos que marca la LISR para evitar errores en tus declaraciones.

Un elemento indispensable para calcular correctamente las exenciones del ISR es el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que se actualiza cada año por el INEGI. Esta unidad es la que se utiliza como base para determinar límites de ingresos exentos en conceptos como aguinaldo, primas, pensiones, entre otros. Estos límites se expresan en UMAs (Unidades de Medida y Actualización), que cambian cada año. En caso contrario, solo la parte excedente estará sujeta al impuesto.

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A continuación, se detallan algunos de los ingresos que pueden ser exentos para los trabajadores:

  • Aguinaldo: El aguinaldo que se paga a todos los trabajadores a fin de año, está exento de ISR siempre y cuando no rebase el equivalente a 30 días de salario mínimo (o su equivalente en UMAs).
  • Horas Extra: Si una persona gana el salario mínimo, sus horas extra están totalmente exentas de ISR, hasta por 3 horas diarias y un máximo de 9 horas semanales.
  • Prima Dominical: Todo aquel trabajador que debe presentarse a su trabajo en domingo, tiene derecho a un pago extra conocido como prima dominical.
  • Cuotas al IMSS: Las cuotas que el empleador paga directamente al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en beneficio del trabajador, no se consideran ingreso gravable para efectos del ISR. Esta cuota es la que se paga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por parte de los patrones y trabajadores para que puedan contar con beneficios.
  • Primas de Seguros: Las primas de seguros médicos, hospitalarios o funerarios, cuando son pagadas por el patrón como una prestación general para todos, pueden no generar ISR. La condición principal es que se trate de una prestación general, es decir, que esté disponible de forma equitativa para todos los trabajadores o para una categoría específica (como todos los sindicalizados, operativos o administrativos).
  • Prestaciones de Previsión Social: Beneficios como becas para los hijos, apoyo en caso de incapacidad, actividades deportivas, culturales o guarderías también pueden considerarse ingresos exentos. Cuando sea establecido por las empresas y se otorgue de manera general. También, es importante analizar otras prestaciones que son las de previsión social.
  • Pensiones, Jubilaciones o Retiros: Siempre que no superen 15 veces el valor de la UMA, las pensiones, jubilaciones o retiros de subcuentas de ahorro están libres de ISR, incluso si el beneficiario recibe más de una pensión. La clave está en revisar el monto permitido según la ley.
  • Servicios de Comedor y Uso de Bienes como Herramienta de Trabajo: Se deben excluir aquellos que no se consideran ingresos como los servicios de comedor y de comida, así como el uso de bienes que el patrón pone a disposición del trabajador para el desempeño de sus funciones, lo que se considera como herramienta de trabajo; por ejemplo: un auto en agentes de venta o ejecutivos que tengan la necesidad de desplazarse constantemente en servicio del patrón.
  • Aportación al Fondo de Ahorro: Aportación al fondo de ahorro igual al monto aportado por trabajador.
  • Reembolso de Gastos: Se encuentran exentos, siempre y cuando se trate de reembolso y se conceda de manera general, de acuerdo con las leyes o contratos de trabajo. Estos, a medida que sean gastos repartidos y dirigidos a servicios para la empresa o patrón, serán libres de impuestos.

Deducibilidad de la Nómina y Prestaciones Exentas para el Patrón

La nómina de tu empresa sí es deducible de impuestos, pero para que puedas aprovechar esta deducción de manera correcta, debes cumplir con los requisitos establecidos por la LISR. En particular, la nómina es deducible en el Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Requisitos para Deducir la Nómina

  • Comprobante Fiscal Digital (CFDI): Es obligatorio emitir un CFDI para cada pago de salarios. Esto significa que debes generar y entregar a cada trabajador un recibo de nómina electrónico, en el cual se refleje correctamente el salario que se paga, las deducciones aplicables y los impuestos retenidos. El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) sustituyó al modelo anterior de facturación electrónica. Este comprobante es necesario para que las deducciones de impuestos sobre nómina sean válidas. El SAT proporciona una lista de Proveedores de Certificación de Factura Electrónica que están autorizados para emitir estos comprobantes.
  • Pago a través de Medios Electrónicos: Si el monto de la nómina supera los $2,000 MXN, el pago debe realizarse mediante transferencia electrónica, cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, débito, servicios o monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta es una de las reglas fundamentales para que la nómina sea deducible de impuestos.
  • Verificación del RFC de los Empleados: Una de las claves para que las deducciones sean válidas es asegurarse de que los Registros Federales de Contribuyentes (RFC) de tus empleados estén correctamente registrados en el sistema del SAT. Esto es obligatorio para que los pagos hechos a tus trabajadores bajo el concepto de salarios puedan ser deducibles de impuestos.

Límites a la Deducción de Prestaciones Exentas (Artículo 28, Fracción XXX de la LISR)

Es importante destacar que hay un límite cuando se trata de las prestaciones exentas (como aguinaldos, primas vacacionales, etc.). De acuerdo con el artículo 28, fracción XXX de la LISR, no serán deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 o 0.47, según el comportamiento anual de dichos ingresos. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores, que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Según el artículo 28 de la LISR, la deducción de pagos por ingresos exentos para los trabajadores es solo el 53% del monto de esos pagos. En caso de que las prestaciones exentas disminuyan con respecto al ejercicio fiscal anterior, la deducción será solo del 47%.

La regla 3.3.1.29. de la RMISC 2021, establece que para cuantificar la proporción de dichos ingresos exentos respecto del total de las remuneraciones, se divide el total de las prestaciones exentas pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, entre el total de las remuneraciones y prestaciones exentas pagadas por el contribuyente a su personal en el ejercicio; en dichas remuneraciones se consideran, entre otros conceptos, la PTU.

Mecánica para Determinar el Factor de Deducción

La mecánica para determinar el factor aplicable se encuentra en la regla 3.3.1.29 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para 2025. Para los efectos del artículo 28, fracción XXX de la Ley del ISR, para determinar si en el ejercicio disminuyeron las prestaciones otorgadas a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior, se estará a lo siguiente:

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  1. Se obtendrá el cociente que resulte de dividir el total de las prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio, entre el total de las remuneraciones y prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores en el ejercicio.
  2. Se obtendrá el cociente que resulte de dividir el total de las prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio inmediato anterior, entre el total de las remuneraciones y prestaciones pagadas por el contribuyente a sus trabajadores, efectuadas en el ejercicio inmediato anterior.

Cuando el cociente determinado conforme a la fracción I de esta regla sea menor que el cociente que resulte conforme a la fracción II, se entenderá que hubo una disminución de las prestaciones otorgadas por el contribuyente a favor de los trabajadores que a su vez sean ingresos exentos del ISR para dichos trabajadores y por las cuales no podrá aplicarse el factor de deducibilidad del 53% de los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador.

Para determinar el cociente señalado en las fracciones I y II de esta regla, se considerarán, entre otros, las siguientes erogaciones:

Concepto de Erogación
Sueldos y salarios
Rayas y jornales
Gratificaciones y aguinaldo
Indemnizaciones
Prima de vacaciones
Prima dominical
Premios por puntualidad o asistencia
Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)
Seguro de vida
Reembolso de gastos médicos, dentales y hospitalarios
Previsión social
Seguro de gastos médicos
Fondo y cajas de ahorro
Vales para despensa, restaurante, gasolina y para ropa
Ayuda de transporte
Cuotas sindicales pagadas por el patrón
Fondo de pensiones, aportaciones del patrón
Prima de antigüedad (aportaciones)
Gastos por fiesta de fin de año y otros
Subsidios por incapacidad
Becas para trabajadores y/o sus hijos
Ayuda de renta, artículos escolares y dotación de anteojos
Ayuda a los trabajadores para gastos de funeral
Intereses subsidiados en créditos al personal
Horas extras
Jubilaciones, pensiones y haberes de retiro
Contribuciones a cargo del trabajador pagadas por el patrón

La PTU y su Naturaleza en la Deducción

La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un concepto relevante. Para entender el alcance de esta restricción, es importante desentrañar que esa disposición limita las deducciones ahí contenidas, pero la PTU no tiene ese carácter. Consecuentemente, en forma directa podría tener una aplicación, más aún, si esta se considera en la determinación de la utilidad fiscal, la cual se calcula disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título y PTU pagada en el ejercicio (art. 9o., frac. I LISR).

Precisamente esta separación confirma que la PTU no es una deducción sino una disminución a los ingresos obtenidos, y disminuirla en cierto porcentaje en la parte exenta del gravamen para los trabajadores, implicaría una reducción oculta del monto total de la PTU.

Además de lo anterior, la PTU no es una remuneración por sueldos o prestación, sino el derecho a participar en las utilidades que generen las empresas, como lo concibe el artículo 123, fracción IX de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual señala que para determinar el monto de las utilidades de cada empresa se tomará como base la renta gravable de conformidad con las disposiciones de la LISR, misma que es una variable en cada ejercicio; por ende, no puede incidir como una disminución de prestaciones a los trabajadores de un ejercicio a otro.

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Esto lo confirma la autoridad fiscal en su publicación de preguntas y respuestas, de la Nueva declaración anual para personas morales 2020, en su numeral “12. Emití CFDI de nómina para realizar el pago de la PTU a mis trabajadores durante el ejercicio fiscal que estoy declarando, ¿Cómo la disminuyo en mi declaración anual? Ahí indica que en el importe total que se prellena de sueldos y salarios, se incluyen los CFDI de PTU, pero como este concepto no es deducible, se solicita se capture en los campos identificados de la PTU los importes que correspondan, ya que la mecánica de cálculo se realiza el ajuste de la PTU no deducible, tanto de los salarios exentos como del total.

Sin embargo, el fisco solo considera este concepto en la determinación de la proporción, no así al monto al que se le aplica, cuya postura es muy cuestionable; toda vez que los elementos contenidos en el numeral 28, fracción XXX de la LISR, corresponden a prestaciones otorgadas, en donde la PTU no encuadra por su naturaleza jurídica.

La Importancia de la Actualización Fiscal y Herramientas Tecnológicas

Para evitar problemas y asegurarte de que tu empresa cumple con todos los requisitos fiscales, es fundamental que tu departamento de recursos humanos esté actualizado en materia fiscal. Esto incluye la renovación de sistemas electrónicos para la gestión de nómina y el cumplimiento de las leyes relacionadas con el cálculo de impuestos y la emisión de comprobantes fiscales. Al mantener a tu empresa al día con las normativas fiscales, no solo podrás deducir la nómina correctamente, sino también reducir los riesgos de recibir sanciones por parte del SAT.

Determinar correctamente la deducción de los ingresos exentos de los trabajadores puede ser un proceso laborioso, por ello, es fundamental determinar y timbrar adecuadamente las percepciones exentas en los recibos de nómina (sea la prima vacacional exenta, la prima dominical, etc.). Para tener claridad cuáles son los ingresos exentos de cada uno de tus colaboradores, conviene que uses un software de nómina para mantener al día los elementos necesarios para la declaración anual y evitar problemas legales a futuro.

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