Descubre Cómo el Ajuste Anual por Inflación (INPC) Impacta tu Economía en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El artículo 44 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta precisa que las personas morales determinarán al cierre de cada ejercicio fiscal el ajuste anual por inflación.

Ajuste por Inflación

El ajuste por inflación representa el cambio de valor que sufre la moneda ante los aumentos generales de precios y costos por el transcurso del tiempo.

El ajuste por inflación de los créditos otorgados a terceras personas trata de medir el nivel de pérdida del poder adquisitivo de la moneda durante el tiempo en que tarde en recuperar el valor de dicho crédito de su deudor.

Con un efecto contrario, el ajuste por inflación de las deudas adquiridas de terceras personas trata de medir el rendimiento del poder de compra de la moneda durante el transcurso del tiempo en que tarde en liquidar el adeudo a sus acreedores.

Para tener la posibilidad de calcular el ajuste anual por inflación de los créditos o deudas que se tienen que acumular o deducir al cierre del ejercicio, según sea el caso, será necesario que los saldos al término de cada uno de los meses del ejercicio, tanto de créditos como deudas, revelen una plena integración de la documentación que soporten dichos saldos.

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Otro aspecto a considerar es el de valuar los créditos o deudas en moneda extranjera al tipo de cambio del primer día del mes por el que se calcula el ajuste anual por inflación.

Para cada instrumento, se obtienen los saldos mensuales o trimestrales, según registro contable.

El factor de ajuste anual aplicable a la diferencia que resulte de restar al saldo promedio anual de créditos o deudas será el siguiente:

Factor de ajuste anual = INPC del último mes del ejercicio de que se trate / INPC del último mes del ejercicio inmediato anterior - 1

Es posible que el ejercicio fiscal por el que se calcule el factor de ajuste anual sea irregular, menor de 12 meses al haber realizado operaciones después de iniciado el ejercicio, o bien, inicie la etapa de liquidación; el factor de ajuste anual será el que se obtenga de restar a la unidad al cociente que se obtenga de dividir el Indice Nacional de Precios al Consumidor del último mes del ejercicio de que se trate entre el índice del período más antiguo y que corresponderá al mes inmediato anterior al del primer mes del ejercicio.

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Ajuste Anual por Inflación Acumulable

Para determinar el monto del ajuste anual que en concepto de inflación se debe acumular para la determinación de la base gravable, tenemos la fórmula siguiente:

Saldo promedio anual de créditos

Menos: Saldo promedio anual de deudas (cuando sea mayor)

Diferencia

Por: Factor de ajuste anual

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AJUSTE ANUAL POR INFLACION ACUMULABLE

Este resultado será acumulable para efectos de determinar el impuesto del ejercicio, siempre que el saldo promedio anual de deudas sea mayor que el saldo promedio anual de créditos, conforme al siguiente precepto legal:

“ARTICULO 18. Para los efectos de este Título, se consideran ingresos acumulables, además de los señalados en otros artículos de esta Ley, los siguientes:

X. El ajuste anual por inflación que resulte acumulable en los términos del artículo 44 de esta Ley.”

En forma ilustrativa supóngase el siguiente ejemplo:

Saldo promedio anual de deudas $ 8’430,000.00

Menos: Saldo promedio anual de créditos 6’890,000.00

Diferencia $ 1’540,000.00

Por: Factor de ajuste anual 0.0323

AJUSTE ANUAL POR INFLACION ACUMULABLE $ 49,742.00

Saldo Promedio Anual de Créditos o Deudas

El saldo promedio anual de los créditos o deudas será la suma de los saldos al último día de cada uno de los meses del ejercicio, dividida entre el número de meses del ejercicio.

Los créditos que deriven de los ingresos acumulables, disminuidos por el importe de descuentos y bonificaciones sobre los mismos, se considerarán como créditos para los efectos de este artículo, a partir de la fecha en la que los ingresos correspondientes se acumulen y hasta la fecha en la que se cobren en efectivo, en bienes, en servicios o, hasta la fecha de su cancelación por incobrables.

También son deudas, los pasivos y las reservas del activo, pasivo o capital, que sean o hayan sido deducibles.

En ningún caso se considerarán deudas las originadas por partidas no deducibles, en los términos de las fracciones I, VIII y IX del artículo 28 de esta Ley, así como el monto de las deudas que excedan el límite a que se refiere el primer párrafo de la fracción XXVII y el monto de las deudas de las cuales deriven intereses no deducibles de conformidad con la fracción XXXII del mismo artículo, según sean aplicables durante el ejercicio.

Sin embargo, no todas las partidas son deducibles. El SAT aclara que no se debe incluir el IVA acreditable, ya que no se considera un crédito fiscal sujeto a ajuste. Otros ajustes no deducibles incluyen aquellos sin soporte documental, como registros que carezcan de contratos, estados de cuenta, índices oficiales o evidencia de saldo exacto en las fechas correspondientes.

Ajuste Anual por Inflación Positivo vs. Negativo

Si el promedio de deudas es mayor que el promedio de créditos, la diferencia multiplicada por el factor del INPC representa un ingreso acumulable (ajuste positivo).

En este sentido, las personas morales (empresas) tienen la obligación de saber qué es el ajuste anual por inflación y hacer este cálculo para determinar su resultado fiscal y el Impuesto sobre la Renta que le corresponde.

Para conocer si el resultado es deducible o acumulable, es necesario saber cómo se calcula el ajuste anual por inflación.

Todos estos cálculos deberán realizarse considerando pesos mexicanos.

La clave está en determinar correctamente los saldos y factor de ajuste.

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