Descubre Cómo Funciona el IVA Acreditable en la Compra de Automóviles a Crédito y Optimiza tus Finanzaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En materia fiscal, la adquisición de automóviles por parte de personas físicas con actividad empresarial y personas morales es un tema que requiere especial cuidado. El impuesto al valor agregado es un impuesto de tipo federal que se paga por el consumo de productos y servicios. El IVA Acreditable es el tipo de IVA que pagamos al realizar compras, adquisiciones o contratar servicios. En contraparte, el IVA Acreditable es el que pagas a tus proveedores al adquirir bienes o servicios para tu actividad económica.

El cálculo del IVA Acreditable parte de un principio básico: restar el IVA Trasladado (el que cobras en tus ventas) menos el IVA Acreditable (el que pagas en tus compras). En términos contables, el IVA Acreditable se registra en una cuenta de activo circulante, ya que representa un derecho de recuperación. El adecuado manejo del IVA Acreditable permite a las empresas optimizar su estrategia financiera, cumplir con sus obligaciones y evitar restricciones o sanciones. Un manejo adecuado del IVA Acreditable no solo reduce la carga fiscal mensual, también ayuda a tener un mejor flujo de efectivo y permite una mejor planeación financiera.

Quiénes Pueden Deducir la Compra de un Automóvil y su IVA

Es importante saber en primer lugar si se aplica de acuerdo con el régimen fiscal. Los que entran en el esquema de sueldos y salarios o reciben una nómina, no pueden deducir nada con respecto al automóvil.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

También existe el caso del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que es un esquema fiscal implementado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México, diseñado para simplificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de contribuyentes con ingresos moderados. Este esquema permite aplicar tasas de ISR más bajas (desde 1% hasta 2.5%) y facilita la declaración de impuestos sin necesidad de deducciones de acuerdo con la información del SAT. Está dirigido a personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y no ser socios o accionistas de empresas. En el caso de las personas bajo la figura RESICO, no pueden deducir el auto para efectos de ISR porque no tienen deducciones, sin embargo, sí pueden beneficiarse de trasladar el IVA tanto del vehículo como de los intereses del crédito.

Personas Físicas con Actividad Empresarial y Personas Morales

Los mexicanos y mexicanas que tengan el régimen de personas morales y físicas con actividades empresariales deben saber cuál es el límite de deducibilidad que marca la Ley del Impuesto sobre la Renta. “Saber quién, qué y cuánto se puede deducir. En la adquisición de un vehículo se pueden deducir diferentes conceptos: Se puede deducir para efectos de ISR (hasta los límites establecidos) la compra del automóvil; así como los intereses pagados del crédito, el seguro del automóvil y comisiones de adquisición siempre que el vehículo se utilice para actividades empresariales o profesionales y se cumplan los requisitos del SAT”.

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Deductibilidad del Automóvil para ISR

La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece límites claros para su deducción. El automóvil debe estar registrado como activo fijo y usarse en la actividad económica. El artículo 3o. del RLISR, define como tal al vehículo terrestre de hasta 10 pasajeros incluido el conductor. Se excluyen expresamente las motocicletas, de dos a cuatro ruedas. Esto significa que las motocicletas no entran al régimen de limitación ni a la excepción señalada.

Límites de Deducción

De acuerdo con el artículo 36, fracción II de la LISR, la deducción máxima por la adquisición de automóviles es de $175,000 pesos por unidad o bien en su caso de ser eléctrico o híbrido, el monto máximo es por $250,000.00 pesos por unidad. Para los vehículos a gasolina el límite del monto que es deducible es 175 mil pesos y para los autos autos híbridos y eléctricos es de 250 mil pesos sin IVA. Si el valor del automóvil excede esa cantidad, el contribuyente solo podrá deducir hasta el límite señalado, y el excedente no tendrá efectos fiscales.

Además, se debe deducir cada año el 25% del valor del vehículo como depreciación. Junto con esto, también se pueden deducir los gastos adicionales como gasolina y peajes (con CFDI), mantenimiento y reparaciones, seguro de auto, tenencia y derechos vehiculares. Es importante que los contribuyentes sepan que si el auto se usa de forma mixta (personal y laboral), el SAT puede cuestionar la deducción, que no se deduce el capital del crédito sino los intereses y es recomendable guardar todos los CFDI y estados de cuenta para el momento de la Declaración.

Excepción a la Limitación de Deducción

El mismo artículo 36, fracción II de la LISR, establece que el límite no aplica cuando el contribuyente se dedica al: “Otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.” En ese caso, los automóviles constituyen la materia del negocio y, por tanto, son 100% deducibles.

IVA Acreditable en la Compra de Auto a Crédito: Funcionamiento Detallado

El IVA acreditable sigue la regla del artículo 5, fracción I de la Ley del IVA: solo es acreditable el impuesto cuando el gasto o inversión es deducible para efectos del ISR. La Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece límites claros para su deducción, mientras que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue la regla de proporcionalidad en función de lo que sea deducible para ISR.

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No se acredita todo el IVA que viene en tu factura, porque en la ley del IVA hay un requisito para acreditarlo y es el que haya sido efectivamente pagado, es decir que el cheque que hayas dado a tu acreedor haya sido cobrado, esto es que aparezca en cargado en tu estado de cuenta. En el mes que aparezca cargado en ese mes puedes acreditarlo. Yo pienso que no debe acreditarse todo el IVA de un auto adquirido por financiamiento, ya que aunque si la contraprestación prestada fue liquidada en un 100% por la financiera, no es el comprador quien lo pagó.

Un órgano jurisdiccional determinó que es ilegal que la autoridad fiscal negara parcialmente la solicitud de devolución de saldo a favor del contribuyente, bajo el argumento de que al haberse pagado una parte del IVA generado por la compra de un vehículo para realizar la actividad económica mediante financiamiento de un tercero, no podía acreditarse, al no cumplir con los requisitos previstos en el artículo 5, fracciones I y III, de la Ley del IVA, en relación con el diverso 147, fracción IV, de la Ley del ISR.

Los intereses pagados por el financiamiento del auto sí son deducibles. En el caso de la compra a crédito, éste debe estar a nombre del contribuyente y relacionarse con la actividad empresarial. El IVA Acreditado o Pagado se carga por el IVA efectivamente pagado en gastos realizados de contado.

Ejemplo Práctico de Acreditamiento de IVA

Considerando los límites de deducibilidad para ISR, el IVA acreditable se calculará sobre la parte deducible del vehículo.

Concepto Vehículo a Gasolina Vehículo Híbrido o Eléctrico
Límite Deducible ISR (sin IVA) $175,000.00 $250,000.00
IVA Acreditable (16% sobre el límite) $28,000.00 $40,000.00
IVA No Acreditable (excedente) El IVA del valor del vehículo que exceda el límite deducible para ISR no será acreditable.

Por ejemplo, si se adquiere un automóvil con valor de $400,000 más IVA ($64,000 de IVA), solo será deducible $175,000 para ISR. En consecuencia, únicamente será acreditable el IVA correspondiente a los $175,000, es decir, $28,000.00. El IVA del excedente ($36,000) no será acreditable.

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En el caso de excepción, si la actividad es el uso o goce temporal de automóviles y los autos se destinan exclusivamente a esa actividad, entonces el automóvil es 100% deducible para ISR. En consecuencia, también será 100% acreditable el IVA pagado en la adquisición.

Requisitos Clave para la Deducción y Acreditamiento

Para poder realizar la deducción, el SAT solicita la factura electrónica (CFDI) a nombre del contribuyente, el comprobante del pago (transferencia, cheque o tarjeta; no efectivo), el vehículo debe estar registrado en la contabilidad y vinculado a la actividad económica. CFDI de la compra emitido a nombre del contribuyente. Pago mediante medios electrónicos (transferencia, tarjeta, cheque nominativo). Registro contable del activo y depreciación fiscal (25% anual conforme al art. 34 LISR). Comprobación de que el gasto es estrictamente indispensable para la actividad (art. 27 LISR). Para el IVA, acreditar la relación directa con actos gravados y el cumplimiento de los requisitos del art.

Arrendamiento como Alternativa de Adquisición

Uno de los activos más explotados por la mayoría de los contribuyentes es sin duda el equipo de transporte, el cual puede ser un instrumento indispensable para el desarrollo de sus actividades, por ende es necesario conocer las distintas opciones financieras y fiscales existentes en la actualidad para su adquisición. Ahora bien, el arrendamiento automotriz también tiene como fin reducir un poco a la empresa los gastos de mantenimiento del auto a largo plazo. Se puede lograr pues un arrendamiento se contrata por 3 o 4 años, durante la vida útil y estable del auto. Al no adquirir la propiedad, las contraprestaciones pagadas son un gasto. El límite deducible es de $200.00 diarios o $285.00, diarios por automóvil cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como por automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno (art. 28, fracc. XIII, LISR). Además, deberán observarse los requisitos previstos en el artículo 36, fracción II de la LISR. La celebración de este contrato se considera como una inversión en activo fijo por lo que se deduce como tal. Así, debe sujetarse al límite deducible y las cargas financieras tienen el tratamiento señalado para las operaciones a crédito.

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