El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es uno de los impuestos más conocidos y presentes en nuestro día a día. Se trata de un impuesto indirecto, ya que somete a tributación manifestaciones indirectas de la capacidad económica del contribuyente, gravando el consumo que hacemos de cualquier bien o servicio. El IVA es un tributo que grava el consumo. Aunque de forma genérica se suele decir que el IVA grava el consumo, es importante tener muy claro qué operaciones están sujetas a este tributo.
En concreto, hay tres tipos de operaciones sujetas a IVA. Una de ellas son las adquisiciones intracomunitarias de bienes, es decir, la compra de bienes o productos a algún país miembro de la Unión Europea. El IVA es un impuesto indirecto que grava las operaciones de compra-venta e importación de bienes, la contratación de servicios efectuados por profesionales y las operaciones intracomunitarias.
¿Cómo funciona el IVA?
Para el contribuyente, el funcionamiento de este impuesto es muy sencillo, ya que basta con pagar por el producto o servicio consumido. Sin embargo, detrás de cada transacción existe un sistema que involucra a distintos actores.
En el caso de los profesionales y empresarios, al vender sus productos o prestar sus servicios, cobran el tipo de IVA correspondiente a sus clientes. Este es el IVA repercutido. Por otro lado, los empresarios y profesionales han de pagar el IVA de los bienes y servicios que necesitan para el desarrollo de su actividad económica, si bien es cierto que luego este IVA podrán deducírselo. Este es el IVA soportado. Hay que señalar que el IVA es un impuesto que se aplica en todas las fases de la cadena de producción o comercialización de un bien o servicio, pero que solo soporta efectivamente el consumidor final, puesto que empresarios y autónomos pueden deducirse el IVA soportado en cada fase.
El IVA se recauda en cada punto de la producción de bienes: cada vez que se añade valor y se hace una venta. De ahí surge el nombre del IVA, Impuesto sobre el Valor Añadido. Está diseñado para que el consumidor lo pague al final. El impuesto es sumado por las empresas a la base imponible de los bienes sujetos al IVA en España, con tipos que pueden ir desde el 0 hasta el 21 %, que lo repercuten en los consumidores finales.
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Los sujetos pasivos son las personas físicas, morales o físicas con actividad empresarial registradas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) que realizan alguna actividad económica o comercial.
Los tipos de IVA en España
En España, es importante saber que se aplicarán distintos tipos impositivos, dependiendo de la naturaleza del producto o servicio al que se aplican. En definitiva, existen tres tipos de IVA diferentes, dependiendo de su porcentaje y de los productos o servicios a los que se aplican. Los diferentes tipos de IVA se diferencian principalmente por el porcentaje de impuesto que grava cada producto o servicio. Conoce los tipos de IVA: el IVA en España se divide en tres tipos: general (21 %), reducido (10 %) y superreducido (4 %). Aplicar el tipo de IVA correspondiente es clave para evitar sanciones y sobrecostes.
Los porcentajes de IVA a aplicar varían en las facturas de venta por quienes estén en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca.
IVA General (21%)
Este tipo de IVA es el que se aplica de forma general a la venta de bienes y a la prestación de servicios. Es el más común y se aplica en los casos en los que no corresponde aplicar ni el tipo reducido ni el superreducido. El tipo impositivo general actual del IVA es del 21%, es decir, que por cada producto que compremos o contratemos, habremos de pagar en concepto de IVA el 21% de su importe (la base imponible).
El tipo general es el tipo de IVA más común y el que se aplica de forma predeterminada a todos los bienes y servicios que no tengan condiciones especiales para poder encuadrarlos en alguno de los otros tipos. Ejemplos de servicios y productos gravados con el tipo general son el alcohol, las bebidas azucaradas, la ropa, los aparatos electrónicos, los servicios de reparación o de peluquería. Salvo alimentos básicos, medicamentos o libros, entre otros, que tienen tipos de IVA reducidos o superreducidos, el resto de productos y servicios tributan al 21 %.
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IVA Reducido (10%)
Este tipo aplica un porcentaje del 10 % y se aplicará sobre todo en determinados alimentos que no son considerados de primera necesidad, en transportes y hostelería. A este tipo están sujetos la mayoría de alimentos considerados no básicos destinados al consumo humano o animal, los productos sanitarios, la hostelería, ciertos eventos culturales, la compra de viviendas, los bienes agrícolas, etc.
Los productos y servicios específicos que se benefician del tipo reducido del 10% incluyen:
- Productos utilizados para la nutrición humana o animal, excluyendo tabaco y bebidas alcohólicas.
- Bienes utilizados en actividades agrícolas, forestales o ganaderas, como semillas o fertilizantes.
- Medicamentos para uso animal.
- Productos farmacéuticos de uso directo por el consumidor final (como gasas o vendas), productos de higiene femenina y preservativos.
- Gafas graduadas, lentillas y productos para su cuidado.
- Viviendas, garajes y anexos que se transmitan conjuntamente con la vivienda, exceptuando locales de negocio y edificaciones destinadas a su demolición.
- Hostelería, campings y balneario, restaurantes y el suministro de comidas y bebidas para consumir en el acto.
- Servicios efectuados a favor de titulares de explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas.
- Servicios de las cooperativas agrarias a sus socios.
- Limpieza de vías públicas, parques y jardines públicos.
- Recogida de residuos.
- Entradas de cine, teatros, conciertos, circos, festejos taurinos y demás espectáculos culturales en vivo; de museos y galerías de arte; de espectáculos deportivos de carácter aficionado; y de exposiciones y ferias de carácter comercial.
- Arrendamientos con opción de compra de viviendas, incluidos garajes y anexos.
Desde el 19 de noviembre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021, se rebaja del 21% al 4% el tipo impositivo aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de mascarillas quirúrgicas deshechables.
IVA Superreducido (4%)
El tipo de IVA superreducido aplica un porcentaje del 4 % y será, por tanto, el que menos afecte al consumo. Se aplicará a los bienes y servicios de primera necesidad para permitir fácilmente el acceso a ellos. Es el que se aplica a los productos denominados de primera necesidad.
Los productos y servicios que aplican el tipo superreducido del 4% son:
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- Libros, periódicos y revistas.
- Medicamentos de uso humano.
- Arrendamientos con opción a compra de viviendas de protección oficial.
- Alimentos considerados esenciales como los huevos, la leche, el pan, frutas y verduras.
- Vehículos para personas con movilidad reducida o servicios de asistencia, entre otros.
No obstante, y hasta el 30 de junio de 2023, se aplicará un tipo superreducido del 0 % a los artículos de primera necesidad.
Actividades exentas y no sujetas al IVA
Como ocurre con otros impuestos, hay operaciones que, aunque a priori pudiera parecer que están gravadas por el tributo, están exentas. En este sentido, existen algunas actividades a las que no se aplicará este impuesto por estar exentas de IVA. Aunque en la mayor parte de bienes que compramos habremos de pagar alguno de estos tres tipos de IVA, hay algunas actividades que están exentas del pago de este impuesto.
La Ley 37/1992 (Ley del IVA) marca los productos y servicios que están exentos del pago del IVA o, lo que es lo mismo, se les aplica un impuesto del IVA del 0%. Generalmente, gozan de este privilegio actividades, mercancías o servicios considerados de tipo básico o que necesitan de especial protección por su contribución al bienestar o al desarrollo humano. Estos son productos y servicios a los que se les quiere dotar de especial protección por su importancia.
Generalmente, los tipos de servicios y productos que disfrutan de exención del IVA están encuadrados en estas categorías:
- Servicios artísticos.
- Servicios educativos.
- Servicio de Correos.
- Servicios sanitarios de profesiones médicas.
- Servicios inmobiliarios.
- Seguros, reaseguros y capitalización.
- Servicios de mediación prestados a personas físicas en diversas operaciones financieras.
- La asistencia a personas físicas por profesionales médicos y servicios sanitarios.
- Ciertos servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contraprestación consista en derechos de autor, prestados por artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios y gráficos.
- Arrendamiento de viviendas y entrega de fincas rústicas y no edificables, así como segunda y posteriores entregas de edificaciones.
Existen también actividades o productos que simplemente no están gravados de ningún modo, pero esto no significa que estén exentos de IVA, sino que se denominan como no sujetos al IVA. La diferencia es que los bienes y servicios exentos sí están de forma general sujetos a un gravamen, pero se les otorga una exención por su naturaleza concreta. Hay bienes y productos no sujetos al IVA.
Ejemplo práctico de la aplicación del IVA
Para ilustrar cómo se aplica el IVA en la cadena de valor, consideremos el siguiente ejemplo:
- Un proveedor vende una raqueta de bádminton a una tienda por 121 €. Deben 21 € de IVA al gobierno español.
- La tienda paga 121 € pero puede solicitar la devolución de los 21 € al gobierno, por lo que la tienda no paga el IVA de facto.
- La tienda vende la raqueta a un cliente por 200€. El IVA es de 42 €, que el cliente, como consumidor final, paga íntegramente a la tienda.
- Además del IVA reembolsable de 21 €, la tienda terminará pagando 21€ al gobierno.
Resumen de Tipos de IVA en España
| Tipo de IVA | Porcentaje | Ejemplos de Productos/Servicios |
|---|---|---|
| IVA General | 21% | Alcohol, bebidas azucaradas, ropa, aparatos electrónicos, servicios de reparación, peluquería. |
| IVA Reducido | 10% | Alimentos no básicos para consumo humano o animal, productos sanitarios, hostelería, eventos culturales, compra de viviendas, bienes agrícolas, transporte, gafas graduadas. |
| IVA Superreducido | 4% | Alimentos esenciales (huevos, leche, pan, frutas, verduras), medicamentos de uso humano, libros, periódicos, revistas, vehículos para personas con movilidad reducida, arrendamientos de VPO. |
| IVA Exento | 0% | Servicios sanitarios de profesiones médicas, servicios educativos, seguros, operaciones inmobiliarias (ciertos casos), servicios artísticos, Servicio de Correos. |
