El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un impuesto indirecto que pagas cada vez que compras productos o servicios. La idea es que, al agregar un porcentaje al precio de los productos y servicios, el gobierno recauda dinero para cubrir sus gastos públicos. El IVA sirve para que el gobierno tenga fondos para servicios esenciales como la educación, la seguridad y la salud. Como es un impuesto que casi todos pagan cuando consumen, es una de las principales fuentes de ingresos del Estado.
En México, la tasa general del IVA es del 16%. En cambio, el 0% aplica en productos básicos como la leche o los libros, para hacerlos más accesibles. En las zonas fronterizas de México, el IVA es diferente. Aquí, en lugar de la tasa del 16%, se aplica una tasa reducida del 8%.
El IVA no es algo exclusivo de México; muchos países alrededor del mundo también tienen este impuesto, aunque lo llaman de formas distintas. Por ejemplo, en Europa, lo conocen como “VAT” y en países como España la tasa estándar es del 21%.
La globalización ha abierto las posibilidades a empresas y profesionales independientes a que puedan prestar sus servicios a clientes en todo el mundo y no únicamente de manera local, actualmente existen una variedad de plataformas que conectan usuarios que ofertan proyectos con profesionales de diferentes países. En el nuevo entorno de negocios global, en el cual tu empresa se puede encontrar más cerca que nunca de trabajar con clientes en el extranjero, es de suma importancia el poder dominar el esquema de facturación apropiado para dichas transacciones. Si nunca lo has hecho antes, no te preocupes, aquí estamos para ayudarte.
Facturación a Clientes en el Extranjero: Puntos Clave
Primero que nada, si necesitas emitir una factura (CFDI) a un cliente en el extranjero, es necesario que contemples diferentes situaciones para no confundir los requisitos de los comprobantes del país del propio cliente con las disposiciones fiscales de México (SAT). A continuación, te presentamos los puntos que debes tomar en cuenta en todo momento al facturar a clientes en el extranjero.
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- Debes estar muy atento, ya que no todos los servicios al extranjero se facturan a la tasa del 0%, la ley fiscal tiene muy definidos los servicios que entran dentro de este supuesto, específicamente en la Ley del Impuesto al Valor Agregado.
- Es importante verificar que el código del producto con el que realizas tu CFDI coincida con la operación que estás realizando, ya que si utilizas un código incorrecto, el SAT pudiera asumir que estás realizando operaciones que agraven a la tasa del 16% de IVA.
Servicios Sujetos a la Tasa del 0% de IVA
La ley fiscal tiene muy definidos los servicios que entran dentro de este supuesto, específicamente en la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Algunos de estos servicios son:
- Asistencia técnica, servicios técnicos relacionados con ésta e informaciones relativas a experiencias industriales, comerciales o científicas.
- Operaciones de maquila y submaquila para exportación en los términos de la legislación aduanera y del Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación.
- Publicidad.
- Comisiones y mediaciones.
- Seguros y reaseguros, así como afianzamientos y reafianzamientos.
- Operaciones de financiamiento.
- Filmación o grabación, siempre que cumplan con los requisitos que al efecto se señalen en el reglamento de esta Ley.
- Servicio de atención en centros telefónicos de llamadas originadas en el extranjero, que sea contratado y pagado por un residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
- Servicios de tecnologías de la información.
Recuerda asegurarte de que dichos servicios sean contratados y pagados por un residente en el extranjero sin establecimiento en el país, mediante cheque o transferencias de fondos directamente a la cuenta del prestador de servicios. También deberás asegurarte de que dichos servicios sean contratados y pagados por un residente en el extranjero sin establecimiento en el país, mediante cheque nominativo o transferencias de fondos a la cuenta del prestador.
Consideraciones Adicionales
Estos son sólo algunos aspectos que debes tener en cuenta al momento de facturar a clientes en el extranjero. Como siempre, es importante que te asesores con un experto que te mantenga libre de complicaciones desde un principio, para que la operación que realices sea todo un éxito.
Tasa 0% del IVA en la Exportación de Servicios: Un Análisis Detallado
En múltiples ocasiones, los tribunales en México han confirmado que los servicios exportados deben ser aprovechados fuera del país para que resulte aplicable la tasa de 0% del impuesto al valor agregado (IVA). La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establece que los servicios independientes prestados en territorio nacional son objeto del impuesto. A saber, la tasa general del IVA en México es de 16%; no obstante, la exportación de ciertos servicios está sujeta a la tasa 0%. En este sentido, el Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado ratifica que tanto los servicios prestados en Mexico como desde el extranjero pueden ser exportados.
Lo anterior se debe a que, incluso si dichos servicios fuesen contratados por no residentes y pagados desde una cuenta bancaria extranjera, el aprovechamiento ocurre en el país, ya que ahí se encuentran los destinos reservados por clientes.
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En primera instancia, el TFJA falló a favor del SAT, argumentando que el contribuyente no acreditó que los servicios en cuestión se hubieran aprovechado en el extranjero. Por su parte, el TCC que resolvió el juicio de amparo secundó la postura del TFJA. Adicionalmente, el TCC analizó el contrato de comisión y señaló que ciertos servicios prestados por el comisionista (empresa local) en nombre del comitente (compañía naviera extranjera) estaban relacionados con la importación y transporte de mercancías a México.
Asimismo, asumió una postura clave en torno al aparente conflicto entre el reglamento del IVA y la tesis de la SCJN de 2015. No obstante, el TCC sostuvo la aplicación de la resolución de la SCJN de 2015, considerando que el reglamento simplemente proporciona algunos elementos que pueden ayudar a las y los contribuyentes a respaldar qué servicios específicos se aprovechan en el extranjero, pero no pueden interpretarse como algo más que eso.
Por otro lado, como se ha señalado anteriormente, las empresas ya no pueden depender únicamente del cumplimiento de unos cuantos requisitos formales establecidos en el reglamento del IVA para garantizar el acceso a la tasa 0%.
Sin embargo, sería complicado respaldar que la campaña en México realizada para aumentar las ventas de consumidores locales es aprovechada en el extranjero, aun cuando el servicio haya sido contratado y pagado por un residente en otro país.
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