Vender productos o comercializar servicios a través de Internet ofrece numerosas ventajas respecto a hacerlo exclusivamente desde una ubicación física. Así pues, no sorprende que cada vez haya más negocios que deciden dar el paso hacia el comercio electrónico o e-commerce: según los datos del INE, más del 31 % de las empresas con diez o más empleados vendió en línea a lo largo de 2022.
Otra clara muestra de ello son los datos de la Oficina Europea de Estadística: en 2023, el 75 % de la población de la Unión Europea que usó Internet hizo alguna compra online; si nos fijamos en la franja de edad entre 16 y 44 años, más del 80 % compró algo por Internet a lo largo del año.
Si tú también quieres lanzar un e-commerce, deberás conocer las particularidades del IVA para el comercio electrónico porque, como cualquier empresa que opere en España, deberás recaudar el IVA y transferir la cantidad correspondiente a Hacienda.
El IVA en el comercio electrónico
El IVA es un impuesto indirecto que se aplica tanto en España como en el resto de la Unión Europea. En el caso del e-commerce, todos los comercios electrónicos españoles y las empresas extranjeras que hayan vendido productos en España deberían mantenerse al día sobre las particularidades del IVA en el comercio electrónico. En líneas generales, debes saber que, tras recaudar el IVA, tendrás que declarar ese importe y devolverlo a Hacienda.
Para ello, cada producto que vendas o servicio que ofrezcas ha de incluir obligatoriamente el impuesto, salvo que puedas acogerte a alguna de las excepciones de las transacciones no sujetas a IVA.
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El porcentaje de IVA en el comercio electrónico varía en función de la categoría a la que pertenezcan los bienes de consumo gravados. El tipo impositivo general es del 21 %, pero existen diferentes tipos de IVA en España en 2024. Los productos y servicios que se incluyen bajo cada tipo impositivo cambiaron ligeramente tras la última actualización de la Ley del IVA, así que te recomendamos que consultes el listado completo.
Para asegurarte de aplicar siempre la cantidad correcta de IVA en tus ventas, Stripe Tax te permite automatizar el cálculo y cobro de impuestos de tus ventas en los más de 50 países donde está disponible (consulta aquí la lista actualizada de excepciones).
Cambios en el IVA en el comercio electrónico
El 1 de julio de 2021, se introdujeron nuevas normas del IVA en el comercio electrónico, pensadas en gran medida para reducir el fraude, un problema fiscal que se da habitualmente en las transacciones online -especialmente en las ventas transfronterizas-.
El otro gran objetivo de la UE es simplificar el proceso de tributación en las transacciones intracomunitarias (es decir, entre distintos países de la Unión Europea). Aquí tienes un breve resumen de los tres cambios principales que se han introducido en este sentido:
- Creación de la ventanilla única del IVA: también conocida como VAT OSS (por la siglas en inglés de «One-Stop Shop»), es un sistema electrónico que agiliza y simplifica muchas de las obligaciones fiscales de una tienda online. Anteriormente, solo estaba destinada a servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones, pero, tras los últimos cambios legislativos, la ventanilla única abarca cualquier otro tipo de servicio. Si se trata de un intercambio comercial de carácter transfronterizo, podrás declarar el IVA desde este portal online.
- Cambios a la exención de IVA: si bien anteriormente las importaciones de productos por valor de menos de 22 € estaban exentas de IVA, desde la actualización de julio de 2021, hay que tributar el porcentaje correspondiente independientemente del importe del producto. Aunque este cambio afecta a cualquier e-commerce, los más perjudicados son los negocios de dropshipping (en los que un comercio minorista no compra los bienes que vende ni gestiona inventarios, sino que se limita a hacer llegar los pedidos del cliente final al proveedor que los distribuye), porque suelen vender productos cuyo valor es inferior a 22 €.
- Mismo umbral para los países de la UE: todo comercio electrónico que supere el umbral de 10.000 € en facturación a clientes de otro Estado de la Unión Europea deberá generar las facturas con el IVA del país de destino. Anteriormente, el umbral lo definía cada país, pero la nueva ley ha simplificado el proceso introduciendo un único límite para todos los países de la UE. Si no se supera el umbral de 10.000 €, el e-commerce puede tributar en su propio país.
Si bien es cierto que se introdujeron otros cambios (como, por ejemplo, una nueva forma de definir las ventas a distancia, que afecta tanto a transacciones intracomunitarias como extracomunitarias), en esta lista hemos recopilado los cambios que afectarán de forma más directa a muchos comercios electrónicos en España.
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Normativa sobre el IVA en comercios electrónicos
Las reglas de localización del IVA determinan si los comercios electrónicos han de emitir facturas con o sin este impuesto indirecto en función del país de residencia del cliente, tal como indica la Ley 37/1992.
Si vendes tus productos u ofreces servicios desde España, deberás valorar cuál de los siguientes escenarios refleja tu situación:
- Vendes bienes de consumo a través de un comercio electrónico cuya sede fiscal está en España y el importe de los productos o servicios lo pagan clientes que residen en el territorio peninsular o en las Islas Baleares. Si se cumplen ambas condiciones, cualquier factura deberá emitirse con el correspondiente IVA.
- Vendes bienes de consumo que se exportarán de España a otro país o al territorio español que no se incluye en el apartado anterior. Este caso presenta distintas variantes:
- Cliente particular que vive en la Unión Europea. Hay que facturar el IVA asociado al bien de consumo en cuestión.
- Cliente profesional (autónomo o empresa) que vive en la Unión Europea. No hay que tramitar la facturación del IVA al ser una transacción intracomunitaria. Será el cliente profesional el encargado de abonar el impuesto en el país donde reside; la empresa deberá especificar su número del IVA europeo (también conocido como «VAT ID»). Si el cliente no proporciona un número del IVA europeo válido, sí tendrás que generar una factura con el IVA que se aplique en tu país (igual que en el caso anterior con clientes particulares).
- Cliente particular o profesional que vive en alguno de los siguientes territorios de España: Ceuta, Melilla o las Islas Canarias. Aunque los bienes de consumo gravados se compren dentro del territorio español, las transacciones se consideran exportaciones. Así pues, las facturas no incluirán el IVA, sino que se aplicará el impuesto equivalente de estos territorios, es decir, el IGIC en las Islas Canarias o el IPSI en Ceuta y Melilla.
- Clientes que viven fuera de la Unión Europea. Estas ventas de bienes de consumo están exentas de IVA. Aunque el IVA en las exportaciones no se pague, esto no significa que la persona que compra el producto o contrata el servicio se libre de pagar impuestos. En concreto, debe abonar el gravamen que especifica el país desde el que tramita el pago.
Además, para el primero de estos casos (clientes particulares en otro país de la UE), deberás tener en cuenta algunas situaciones excepcionales:
Si tu comercio electrónico lleva a cabo unas ventas en un país de la UE por valor superior a 10.000 €, deberás facturar con el IVA del país de destino.
Paso a paso: cómo gestionar el IVA en mi comercio electrónico
Calcular el IVA
El cálculo del IVA es un proceso bastante sencillo:
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- Determina la base imponible de la venta, es decir, el importe sin el IVA aplicado. La Agencia Tributaria explica en su página web cómo se calcula, aunque no tiene ningún secreto: si en tu comercio electrónico vendes un artículo por un valor de 50 € excluyendo los impuestos, esa es su base imponible.
- Haz el cálculo del IVA. La fórmula es la siguiente:
Base imponible × (porcentaje de IVA ÷ 100)
Siguiendo el ejemplo anterior y suponiendo que a ese producto se le aplica el tipo de IVA general (21 %), el cálculo sería:
50 × (21 ÷ 100).
Es decir, 50 × 0,21 = 10,50 €. - Calcula el importe total. Suma la cifra obtenida en el paso anterior a la base imponible. Para nuestro ejemplo, el cálculo sería el siguiente:
50 + 10,50 = 60,50 €.
Liquidar el IVA
Tal como hemos visto al hablar de la normativa sobre el IVA en e-commerce, puedes tener que aplicar el IVA a bienes de consumo tanto si la venta se ha hecho en España como si se trata de una exportación. En ambos casos, hay que tramitar la liquidación del IVA, es decir, devolverle al Estado la cantidad recaudada. En el caso de que esos productos o servicios los hayan adquirido clientes españoles (exceptuando los de Ceuta, Melilla y las Islas Canarias), bastará con rellenar el modelo 303.
Si en tu e-commerce has vendido bienes de consumo fuera del territorio español por un valor superior a 10.000 €, estarás obligado a hacer trimestralmente otro trámite: el modelo 369.
Independientemente de si utilizas o no estas herramientas, es importante que conozcas los pasos que hay que seguir si tu negocio ha exportado bienes desde España. Para hacerte este proceso un poco más fácil, te hemos preparado una breve guía sobre cómo rellenar el modelo 369:
- Paso 1: Accede a tu área personal en el sitio web de la AEAT.
- En el campo de texto de «Ejercicio» debes introducir el año. El trimestre de las transacciones se especifica en «Período».
- Suponiendo que durante ese trimestre tu comercio electrónico no haya vendido ningún bien de consumo, marca la casilla de «Declaración sin actividad».
- Paso 3: Especifica la cantidad de ingresos percibidos por las ventas totales del comercio electrónico. Independientemente de si se trata de productos o servicios, debes seleccionar la opción que corresponda y, después, pulsar en «Nuevo registro» para introducir manualmente cada transacción.
Operaciones sin IVA
El impuesto al valor agregado (IVA) es uno de los impuestos más importantes de España y de la Unión Europea. Si bien el IVA en España se aplica a la mayoría de los productos y servicios, hay ciertas operaciones que están exentas de este impuesto indirecto.
¿Qué son las operaciones sin IVA?
Las operaciones sin IVA son aquellas en las que la propia naturaleza de la operación excluye la obligación de pagar el IVA.
¿En qué se diferencian las operaciones exentas de IVA y las operaciones sin IVA?
A menudo se confunden las operaciones exentas de IVA con las operaciones sin IVA. Si bien ambos tipos de operaciones están exentas de IVA, cada una tiene sus propias implicaciones y características fiscales.
En las operaciones sin IVA no se produce ningún hecho imponible. Pero en las operaciones exentas del IVA, aunque teóricamente debería haber un tasa impositiva asociada a ellas, la legislación actual incluye excepciones en las que no se exige el procesamiento de pagos. Sin embargo, para evitar la obligación de pagar el IVA, deben cumplirse ciertas condiciones.
Si una empresa o un trabajador autónomo realiza una operación sin IVA, debe incluirse en el Formulario 347. Analizaremos estas declaraciones con más detalle en la sección de impuestos. En el caso de una operación exenta del IVA, esto no es obligatorio.
La Agencia Tributaria proporciona especificaciones detalladas y concisas sobre qué operaciones están exentas de IVA. Para ayudarte a entender algunos de los casos que aparecen en su sitio web oficial, hemos recopilado una lista de ejemplos concretos para aclarar cuándo no es necesario incluir operaciones en el Formulario 347:
- Servicios de formación: Por ejemplo, alguien que ofrece clases particulares de asignaturas que forman parte de un plan de estudios.
- Servicios de salud: Esto incluye cosas como el tratamiento médico proporcionado por un profesional de la salud calificado que tenga las certificaciones correspondientes. Los servicios que no se consideran oficialmente como profesiones médicas, como la acupuntura y la mesoterapia, no están incluidos.
- Servicio postal estatal: En España, esta exención solo se aplica a correos (el servicio postal propiedad del Estado español); las empresas privadas que ofrecen servicios de mensajería no son elegibles.
Las operaciones sin IVA y las operaciones exentas de IVA comparten un factor: ni el cliente ni la empresa que presta el servicio o vende el producto están obligados a pagar o recaudar el impuesto y posteriormente remitirlo a la Agencia Tributaria.
Para garantizar que los impuestos que aplicas a tus ventas sean siempre correctos (independientemente del país al que factures), soluciones como Stripe Tax te permiten automatizar el cálculo y la recaudación de impuestos, no solo para tus operaciones en España, sino también en los más de 50 países donde los impuestos están disponibles (consulta la lista actualizada de territorios excluidos).
Lista de operaciones sin IVA
La Agencia Tributaria define claramente las operaciones sin IVA. En caso de duda, el Boletín Oficial del Estado (BOE) especifica todas las operaciones a las que se refiere esta normativa. Puedes consultar el artículo 7 de la Ley 37/1992 para una información más detallada. Hemos preparado una lista más concisa con ejemplos de cada caso:
- Cualquier producto o servicio gratuito con fines promocionales: Por ejemplo, ofrecer muestras gratis para que los potenciales clientes puedan probar los productos.
- Regalos promocionales: Por ejemplo, memorias USB, calendarios o cualquier otro producto que lleve el logotipo de una empresa y que se regale con fines promocionales. Según la Ley 37/1992, estos no están sujetos al IVA siempre que el valor de los regalos promocionales no supere los EUR 200.
- Operaciones realizadas por cualquier entidad pública no comercial: Por ejemplo, la recogida selectiva de residuos, siempre que sea realizada por un organismo público como un ayuntamiento. Si el servicio es prestado por una empresa que no es enteramente pública (como una empresa de paisajismo contratada para podar árboles en la vía pública), la operación estaría sujeta al IVA.
- Cualquier servicio prestado por individuos en virtud de una relación administrativa o laboral: Por ejemplo, si un individuo trabaja para una empresa, la nómina no incluye el IVA. Cabe aclarar que si el individuo es empleado de la empresa, se considera que la operación no está sujeta al IVA. Sin embargo, si el individuo es autónomo, deberá emitir facturas que incluyan el IVA correspondiente.
- Servicios o bienes de uso personal: Por ejemplo, proporcionar productos a los empleados de una empresa, como uniformes con los colores de la marca de la empresa. En otras palabras, el IVA no es aplicable si el impuesto no se puede deducir al comprar bienes (como uniformes para empleados) o servicios.
- Transferencia de cualquier cantidad de dinero como contraprestación o pago: Por ejemplo, pagos de productos de crédito o retiros de efectivo de cajeros automáticos.
- Operaciones realizadas por comunidades de regantes: Las «comunidades de regantes» están listadas en el sitio web del gobierno español. Todas las operaciones realizadas por ellos con fines de consumo de agua no estarán sujetas al IVA.
- Cualquier servicio prestado a una cooperativa de trabajo por un trabajador asociado: Las operaciones entre cooperativas no están sujetas al IVA.
- Permisos y licencias administrativas: Por ejemplo, una autoridad pública, como un ayuntamiento, concede a una empresa el derecho a utilizar bienes o servicios que no son de carácter privado. Sin embargo, no todos los permisos y licencias gubernamentales están exentos del IVA; algunos requieren el pago del IVA:
- Aquellos que destinen bienes inmuebles o instalaciones en aeropuertos
- Los que concedan derechos de uso de una infraestructura portuaria o ferroviaria pública
- Los que cedan el derecho a prestar servicios al público o a desarrollar una actividad en instalaciones portuarias, siempre que dicha actividad sea de carácter industrial o comercial.
- Transferencias de unidades de negocio independientes de las empresas: Se trata de la venta de una de las líneas de negocio que opera una empresa. Por ejemplo, una empresa en España comercializa tres tipos de productos: somieres, colchones y ropa de cama. Quiere centrarse en los dos primeros productos, por lo que decide vender el negocio textil, donde fabrica y vende sábanas y mantas, pero mantiene las fábricas de camas y colchones.
Tributación de las operaciones sin IVA
En el primer apartado, donde definimos qué operaciones no están sujetas al IVA, mencionamos que no implican el pago del IVA. Sin embargo, esto no significa que el impuesto normalmente asociado a estas operaciones no deba incluirse en un formulario de la Agencia Tributaria.
Aunque este IVA no se paga, hay que incluirlo en el formulario 347, en el que se detallan todas las operaciones con terceros. Deberá presentar esta declaración cualquier trabajador independiente o empresa que haya realizado operaciones con otra persona física o jurídica que superen el valor de EUR 3.005,06 en un año calendario.
Sin embargo, hay dos formularios relacionados con el IVA que no requieren la inclusión de operaciones sin IVA:
- Formulario 390: Una declaración informativa que resuma las operaciones de liquidación del IVA realizadas a lo largo del año.
- Formulario 303: Una declaración trimestral correspondiente al pago periódico del IVA.
Aunque no es necesario que incluyas este tipo de operaciones, debes presentar tanto el Formulario 303 como el Formulario 390 si tienes alguna operación sujeta al impuesto sobre las ventas.
El impuesto se aplica no solo a las declaraciones trimestrales y anuales, sino también a las facturas. Las facturas no sujetas a este impuesto deberán hacer constar claramente que la operación no está sujeta al IVA, de acuerdo con el artículo 7 de la Ley 37/1992, tal y como se ha comentado anteriormente en este artículo.
