La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) es un documento que sirve de plan de acción global para la libertad y la igualdad, protegiendo los derechos de todas las personas en todos los lugares. Este documento es el resultado de un esfuerzo internacional para establecer un estándar universal para proteger la dignidad humana tras los horrores de la guerra.
Orígenes y Contexto Histórico
La Segunda Guerra Mundial se había librado violentamente de 1939 a 1945, y al aproximarse el fin, las ciudades de toda Europa y Asia yacían en ruinas humeantes. Millones de personas murieron, millones más quedaron sin hogar o morían de hambre. En abril de 1945, delegados de cincuenta naciones se reunieron en San Francisco, llenos de optimismo y esperanza. La meta de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional era crear un organismo internacional para promover la paz y evitar guerras futuras.
La DUDH fue adoptada por las Naciones Unidas (ONU), que acababa de establecerse, el 10 de diciembre de 1948 como respuesta a los “actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad” cometidos durante la Segunda Guerra Mundial. La comunidad internacional decidió bosquejar una carta de derechos que afirmara los valores defendidos en la lucha contra el fascismo y el nazismo. Este documento histórico estableció un estándar universal para proteger la dignidad humana, así como para garantizar la igualdad de oportunidades de todas las personas, sin distinción de raza, género, religión, origen nacional u orientación política.
El Proceso de Redacción y Adopción
Por 1948, la nueva Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas se había apoderado de la atención del mundo. El trabajo sobre la DUDH comenzó en 1946, con un comité de redacción integrado por representantes de una gran diversidad de países, entre ellos Estados Unidos, Líbano y China. El comité de redacción se amplió posteriormente para incluir a representantes de Australia, Chile, Francia, Reino Unido y la Unión Soviética, lo que permitió que el documento se beneficiara de aportaciones de Estados de todas las regiones y de su diversidad de contextos religiosos, políticos y culturales. El armado de dicha carta fue confiado a un comité presidido por Eleanor Roosevelt y compuesto por miembros de 18 países.
Bajo la presidencia dinámica de Eleanor Roosevelt (viuda del presidente Franklin Roosevelt, defensora de los derechos humanos por derecho propio y delegada de Estados Unidos ante la ONU), la Comisión se dispuso a redactar el documento que se convirtió en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Roosevelt, a quien se atribuyó la inspiración del documento, se refirió a la Declaración como la Carta Magna internacional para toda la humanidad. La Carta fue redactada por el canadiense John Peters Humphrey y revisada luego por el francés René Cassin. El texto final es pragmático, resultado de numerosos consensos políticos, de manera tal que pudiera ganar una amplia aprobación.
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En virtud del artículo 68 de la Carta de las Naciones Unidas, el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas creó la Comisión de Derechos Humanos. A este organismo, formado por dieciocho representantes de Estados miembros de la ONU, se le encomendó la elaboración de una serie de instrumentos para la defensa de los derechos humanos. Dentro de la Comisión se creó un comité formado por ocho miembros, que serían Eleanor Roosevelt (Estados Unidos), René Cassin (Francia), Charles Malik (Líbano), Peng Chun Chang (China), Hernán Santa Cruz (Chile), Alexander E. Bogomolov/Alexei P. Pavlov (Unión Soviética), Lord Dukeston/Geoffrey Wilson (Reino Unido) y William Roy Hodgson (Australia).
La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la tercera Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 en París. Fue aprobada, por los que entonces eran los 58 Estados miembros de la Asamblea General de la ONU, con 48 votos a favor y las 8 abstenciones de la Unión Soviética, de los países de Europa del Este, de Arabia Saudí y de Sudáfrica. Ninguno de los 56 miembros de las Naciones Unidas votó en contra del texto, aunque Sudáfrica, Arabia Saudita y la Unión Soviética se abstuvieron.
Contenido de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
La DUDH consta de 30 artículos que abarcan derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. La Declaración contiene 30 derechos y libertades que pertenecen a todas las personas y que nadie nos puede arrebatar. Los derechos que se incluyeron siguen siendo la base del derecho internacional de los derechos humanos.
En su preámbulo y en el Artículo 1, la Declaración proclama, sin lugar a equivocaciones, los derechos inherentes a todos los seres humanos: “La ignorancia y el desprecio de los derechos humanos han resultado en actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y la llegada de un mundo donde los seres humanos gocen de libertad de expresión y creencia y sean libres del miedo y la miseria se ha proclamado como la más alta aspiración de la gente común...” El célebre lema de la Revolución francesa inspiró el primer artículo de la DUDH. Este artículo, aclara que la igualdad de los seres humanos refiere a la dignidad y a los derechos.
Principios Fundamentales
El primer artículo, sin duda, es el más conocido:
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- “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
La DUDH nos muestra que los derechos humanos son interdependientes e indivisibles. Los 30 artículos de la Declaración tienen la misma importancia. Nadie puede decidir que unos son más importantes que otros. Todos los derechos humanos tienen la misma importancia y todos los gobiernos deben tratarlos de un modo justo y equitativo, en los mismos términos y con el mismo énfasis. No puede haber distinción de ninguna clase, como raza, color, sexo, orientación sexual o identidad de género, idioma, religión, opinión política o de cualquier otro tipo, origen nacional o social, fortuna, nacimiento y cualquier otra situación.
Derechos y Libertades Específicos
La Declaración incluye derechos civiles y políticos, como los derechos a la vida, a la libertad y a la vida privada. Establecen derechos fundamentales de las personas:
- Derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad (Art. 3).
- Derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica (Art. 6).
- Derecho a la igual protección ante la ley (Art. 7).
- Derecho al recurso efectivo ante tribunales competentes (Art. 8).
- Derecho a ser oído públicamente y con justicia ante el tribunal, bajo las condiciones de plena igualdad (Art. 10).
- Derecho a la presunción de inocencia (Art. 11).
- Derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado, derecho de salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país (Art. 13).
- Derecho a buscar asilo y disfrutar de él, en caso de persecución (Art. 14).
- Derecho a la nacionalidad (Art. 15).
- Derecho, sin hacer restricción alguna, a casarse y fundar una familia (Art. 16).
- Derecho a la propiedad individual y colectivamente (Art. 17).
También se plantean exclusiones que buscan proteger los derechos humanos:
- Nadie estará sometido a la esclavitud (Art. 4).
- Nadie será sometido a torturas ni penas o tratos crueles (Art. 5).
- Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado (Art. 9).
- Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional; tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito (Art. 11).
En cuanto a los derechos económicos, sociales y culturales, la Declaración establece:
- “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud, el bienestar y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.” (Art. 25).
- “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos (Art. 26).
- “Toda persona tiene derechos a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta declaración se hagan plenamente efectivos” (Art. 28).
La Declaración Universal de Derechos Humanos establece que “la maternidad y la infancia tienen derechos a cuidados especiales y asistencia” y describe la familia como “la unidad grupal natural y fundamental de la sociedad”. Aunque los niños son rara vez mencionados en este texto, es de todas maneras un documento significativo y su impacto en todos los seres humanos, incluyendo los niños, es lo que hace a esta Declaración tan importante.
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Impacto e Importancia de la DUDH
Aunque no es un documento obligatorio o vinculante para los Estados en el momento de su promulgación, sirvió como base para la creación de las dos convenciones internacionales de la ONU, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, pactos que fueron adoptados por la Asamblea General de Naciones Unidas en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966. Este documento fue una respuesta a las atrocidades de la Segunda Guerra Mundial y marcó un compromiso global con la dignidad humana, estableciendo principios que sirvieron como cimientos para tratados internacionales y legislaciones nacionales que buscan proteger la igualdad y la justicia. Con el tiempo, sin embargo, se ha convertido en un marco de referencia central para el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos y de numerosas constituciones nacionales.
El impacto de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha visto reflejado en la creación de instrumentos jurídicos internacionales vinculantes, como los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos, y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, adoptados en 1966. Tres décadas después se alcanzó un consenso internacional suficiente para establecer la obligatoriedad para los Estados de proteger los derechos humanos, al entrar en vigor los Pactos Internacionales de Derechos Humanos que, junto con sus protocolos opcionales y la DUDH, comprenden lo que se ha denominado como Carta Internacional de Derechos Humanos. En numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos se han reiterado los principios básicos de derechos humanos enunciados por primera vez en la Declaración Universal de Derechos Humanos, como su universalidad, interdependencia e indivisibilidad, la igualdad y la no discriminación, y el hecho de que los derechos humanos vienen acompañados de derechos y obligaciones por parte de los responsables y los titulares de estos.
Hasta la fecha son nueve los tratados que conforman el cuerpo básico de instrumentos internacionales de derechos humanos: derechos civiles y políticos, económicos y sociales, contra el racismo, contra la discriminación de las mujeres, contra la tortura, derechos de la niñez, trabajadores migrantes, contra la desaparición forzada y derechos de las personas con discapacidades. Sigue siendo citada ampliamente por profesores universitarios, abogados defensores y por tribunales constitucionales. Abogados internacionalistas continuamente debaten cuáles de sus estipulaciones se pueden decir que constituyen derecho internacional consuetudinario.
La Declaración Universal ha recibido elogios de varios activistas, juristas y líderes políticos notables. El filósofo y diplomático libanés Charles Malik la calificó como "un documento internacional de primer orden", mientras que Eleanor Roosevelt afirmó que "bien podría convertirse en la Carta Magna internacional de todos los hombres en todo el mundo". En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de la ONU de 1993, una de las mayores reuniones internacionales sobre derechos humanos, diplomáticos y funcionarios representantes de 100 naciones reafirmaron el "compromiso de sus gobiernos con los propósitos y principios contenidos en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos" y destacaron que la Declaración como "fuente de inspiración y ha sido la base de las Naciones Unidas para realizar avances en el establecimiento de normas contenidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes". Como pilar de los derechos humanos internacionales, la DUDH goza de un amplio apoyo entre las organizaciones internacionales y no gubernamentales.
La DUDH en México
En México, la Declaración Universal de los Derechos Humanos ha sido una referencia fundamental para la construcción de un marco jurídico e institucional que promueva y proteja los derechos fundamentales. Su implementación se ha visto reflejada en reformas constitucionales, como la de 2011, que reconoció la jerarquía de los tratados internacionales en materia de derechos humanos, así como en la creación de instituciones clave como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
México ha demostrado un firme compromiso con la protección y promoción de los derechos humanos a través de la ratificación de diversos tratados internacionales. El país ratificó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en 1981, comprometiéndose a garantizar derechos fundamentales como la libertad de expresión, el derecho a un juicio justo y la participación política. Asimismo, en el mismo año, ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, enfocado en asegurar derechos como la educación, la salud y condiciones laborales justas. Además, en 2007, México ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, reafirmando su compromiso con la inclusión y la igualdad de oportunidades para todos. En México, garantizar que los derechos humanos sean una realidad tangible para todas las personas sigue siendo una tarea fundamental, especialmente para aquellos grupos que enfrentan mayores niveles de vulnerabilidad, como las personas con discapacidad, las mujeres, las comunidades indígenas y la población migrante.
Campañas y Conmemoraciones
Amnistía Internacional es un movimiento global de más de 7 millones de personas que se toman la injusticia como algo personal. La DUDH es la piedra angular de los derechos por los que Amnistía y los siete millones de personas que integran su base de poder luchan día sí, día también. Lo hacemos investigando y denunciando abusos contra los derechos humanos dondequiera que se cometan. En 1997-1998, Amnistía Internacional llevó a cabo una campaña para conmemorar el 50º aniversario de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).
La conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos no solo es una oportunidad para reflexionar sobre los avances logrados, sino también un llamado a la acción para enfrentar los retos pendientes. El 10 de diciembre de 2008 se cumplieron sesenta años desde la aprobación de la Declaración Universal de Derechos Humanos. En esa jornada, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró al año siguiente, 2009, Año Internacional del Aprendizaje sobre los Derechos Humanos, debido a que, tras un análisis de la situación real en el mundo, se tomó conciencia de que la realización de la Declaración tenía defectos que podrían reducirse a través del aprendizaje y la educación.
Desafíos y Perspectivas
A pesar de su aceptación generalizada, la DUDH ha enfrentado críticas y diferentes interpretaciones. La Asociación Antropológica Americana criticó la DUDH durante su proceso de redacción, advirtiendo que su definición de los derechos universales reflejaba un paradigma de Cultura Occidental que era injusto para las naciones no occidentales. Además, argumentaron que la historia de colonialismo y evangelismo de Occidente los convertía en un representante moral problemático para el resto del mundo.
Durante los preparativos de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en 1993, los ministros de varios estados asiáticos adoptaron la Declaración de Bangkok, en la que reafirmaban el compromiso de sus gobiernos con los principios de la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos. Declararon su opinión sobre la interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos y subrayaron la necesidad de universalidad, objetividad y no selectividad de los derechos humanos. Sin embargo, al mismo tiempo, hicieron hincapié en los principios de soberanía y no injerencia, y pidieron que se hiciera mayor hincapié en los derechos económicos, sociales y culturales, en particular, en el derecho al desarrollo económico, estableciendo directrices de colaboración internacional entre los firmantes.
El 30 de junio de 2000, los Estados miembros de la Organización de Cooperación Islámica, que representa a la mayor parte del mundo musulmán, resolvieron oficialmente apoyar la Declaración de El Cairo sobre los Derechos Humanos en el Islam, un documento alternativo que dice que las personas tienen "libertad y derecho a una vida digna de acuerdo con la Shari'ah islámica", sin ninguna discriminación por motivos de "raza, color, idioma, sexo, creencias religiosas, afiliación política, estatus social u otras consideraciones". La Liga de Estados Árabes (Liga Árabe), de veintidós miembros, cada uno de los cuales pertenece también a la OCI y es mayoritariamente musulmán, creó sus propios instrumentos e instituciones de derechos humanos (con sede en El Cairo) que la diferencian del régimen internacional de derechos humanos. La resistencia a la aplicación de las normas internacionales de derechos humanos en algunas partes del mundo musulmán y árabe es tal vez más notable con la panoplia de derechos relacionados con la religión. En lo que respecta a la DUDH, el núcleo de la resistencia se centra en cuestiones como el derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión (artículo 18), la prohibición de la discriminación por motivos de religión (artículo 2) y la prohibición de la discriminación contra la mujer (preámbulo, artículo 2, artículo 16).
Actualmente, la Declaración sigue siendo un documento vivo. El legado de la Declaración Universal nos reta a pasar a la ofensiva. Exige que resistamos los ataques globalizados, transnacionales y localizados contra los derechos. Pero también nos dice que esto no será suficiente. La DUDH marca un hito.
