¡Descubre Cómo Aprovechar la Deducción Inmediata en Maquinaria de Corte y Maximiza tus Beneficios con el Plan México!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Plan México es una estrategia nacional presentada en noviembre de 2024 por el gobierno de Claudia Sheinbaum, con el objetivo de impulsar la inversión, el empleo y la integración de empresas mexicanas a cadenas de valor global. El principal estímulo fiscal del Plan México permite a las empresas deducir de manera inmediata (en el mismo ejercicio fiscal) gran parte del monto invertido en bienes nuevos de activo fijo, es decir, activos fijos no usados previamente en México.

En lugar de aplicar las tasas de depreciación normales establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los contribuyentes podrán aplicar porcentajes mucho mayores en el año de la inversión, según lo previsto por el Decreto. En síntesis, la deducción acelerada o inmediata del Plan México permite a las empresas adelantar la depreciación fiscal de sus inversiones productivas, aumentando la deducción en el año inicial. Esto se traduce en una reducción inmediata de la base gravable del Impuesto sobre la Renta (ISR) en el ejercicio de la inversión, generando un ahorro fiscal temprano que mejora el flujo de efectivo de la empresa.

Porcentajes de deducción y comparativa fiscal

La siguiente tabla resume las principales categorías de bienes de activo fijo contempladas en el Decreto del Plan México y sus porcentajes de deducción inmediata autorizados, comparándolos con las tasas de depreciación fiscal normal correspondientes (según la LISR):

Tipo de activo / Sector Depreciación normal (LISR) Deducción inmediata 2025-2026 Deducción inmediata 2027-2030
Construcciones (edificios) 5 % anual 56 % 49 %
Equipos eléctricos 5 % anual Hasta 56 % Hasta 49 %
Infraestructura hidrocarburos 6 % anual Hasta 72 % Hasta 67 %
Maquinaria automotriz 8 % anual Hasta 86 % Hasta 86 %

Como se observa, el salto en las tasas de deducción es muy significativo. En algunos casos, la deducción inicial puede ser de 10 veces la tasa normal. Por ejemplo, en bienes nuevos usados en la manufactura de vehículos, la empresa podría aplicar una deducción inmediata de hasta 86% del costo en 2025. La diferencia es enorme: en lugar de fraccionar la deducción en más de una década, se obtiene casi toda de una vez.

Requisitos para acceder a los beneficios

Pueden acceder personas morales del régimen general del ISR y las que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), así como personas físicas con actividades empresariales o profesionales. El contribuyente debe estar inscrito en el RFC, tener su Buzón Tributario habilitado y contar con opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales positiva emitida por el SAT.

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Para aplicar estos estímulos, es necesario considerar las siguientes obligaciones y condiciones:

  • Debe presentar un proyecto de inversión asociado a los bienes para los que se solicita la deducción inmediata.
  • Las empresas deberán obtener una constancia de cumplimiento expedida por el Comité de Evaluación que se crea para supervisar estos estímulos.
  • Las inversiones deberán mantenerse en uso durante un periodo mínimo de dos años inmediatos siguientes al ejercicio en el que se efectúe su deducción inmediata.
  • Llevar un registro específico de las inversiones por las que se opta por aplicar la deducción inmediata, incluyendo descripción del bien, relación con la actividad de la empresa, porcentaje deducido y fecha de venta o baja.
  • Presentar un aviso de la aplicación del estímulo dentro de los 30 días siguientes en el que se vayan a considerar por primera vez.

Estímulos complementarios: Capacitación e innovación

Aunque la deducción inmediata de inversiones en activo fijo nuevo es el incentivo central, el Decreto contempla un segundo estímulo fiscal complementario enfocado en capital humano e innovación. El segundo consiste en una deducción adicional equivalente al 25% del incremento en el gasto erogado por concepto de capacitación que reciban cada uno de los trabajadores. El incremento será la diferencia positiva entre el gasto realizado por concepto de capacitación en el año que se trate y el gasto promedio que haya erogado el contribuyente por este mismo concepto en los ejercicios 2020, 2021 y 2022.

Este segundo estímulo, con un monto total asignado de $1,500 millones de pesos, busca no solo impulsar la inversión en maquinaria e infraestructura, sino también el desarrollo del talento y la innovación tecnológica en las empresas que crecen.

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