El camino para lograr que se haga “justicia” después de una agresión sexual puede ser diferente para cada víctima. Hay quienes podrán elegir presentar cargos criminales, iniciar demandas judiciales por daños y perjuicios monetarios, solicitar órdenes de protección civil y/o presentar denuncias ante sus universidades u otras instituciones educativas. Otras víctimas podrán elegir no llevar a cabo ninguna de estas opciones. Además de encontrar justicia, las víctimas de agresión sexual también podrán querer información sobre cómo cuidar su propio bienestar emocional y trabajar para recuperarse del trauma que han experimentado.
Vías Legales para la Denuncia de Violencia Sexual
Proceso Criminal
Es posible que algunas víctimas de violencia sexual deseen contar con un/a fiscal para iniciar una acción criminal en contra de la/s persona/s que la victimizó. Por lo general, el proceso criminal comienza con una victima que informa el incidente a la policía y el/la fiscal determinará si la evidencia es suficiente para iniciar un caso criminal. Cada estado define los crímenes de violencia sexual, incluido el maltrato y la agresión sexual de una forma diferente y tiene distintas leyes sobre hasta cuánto tiempo después se puede presentar la denuncia (prescripción). La Red Nacional sobre Violación, Maltrato e Incesto (RAINN, por sus siglas en inglés) brinda información sobre cómo informar a la policía y qué esperar de un juicio penal, que puede ayudarlo/a a decidir si presentar una denuncia o no. Si necesita asistencia legal, puede encontrar recursos legales para su estado específico en nuestra página de Encontrando a un Abogado.
Demandas Civiles por Daños y Perjuicios
Algunos/as sobrevivientes de violencia sexual pueden decidir presentar una demanda civil por daños y perjuicios monetarios contra los/as delincuentes de violencia sexual. A diferencia de una investigación criminal, una demanda civil es una acción legal privada que usted inicia. Las acciones legales, por lo general, requieren un nivel de evidencia más bajo (preponderancia de la prueba) que los casos penales (más allá de la duda razonable). Las demandas civiles pueden tardar años en resolverse y nada le garantiza que ganará. No obstante, es posible que algunos/as sobrevivientes prefieran iniciar una demanda civil en lugar de un juicio criminal. La Coalición de Programas de Agresión Sexual de Washington ha compilado una guía para el/la sobreviviente para iniciar una demanda civil, que brinda más información sobre las demandas civiles y sus pros y contras. Si usted necesita asistencia legal para presentar una demanda civil, puede buscar en el servicio de referido legal de la asociación de abogados para contactarse con abogados locales en nuestra página Encontrando a un Abogado.
Órdenes de Protección Civil
Las víctimas de agresión sexual pueden elegir presentar una orden de protección civil como una medida de protección para intentar mantener a el/la delincuente alejado/a y prohibir cualquier contacto. Por lo general, alguien que solicita una orden puede conseguir que se emita una orden inmediata y temporal (ex parte) y luego, habrá una audiencia en la que el/la acusado/a tiene derecho a estar presente para defenderse contra la orden que se está emitiendo.
Denuncias ante Instituciones Educativas
Numerosas leyes federales requieren que las instituciones educativas, incluidos los distritos escolares locales, las instituciones de enseñanza superior, las escuelas subvencionadas, las escuelas privadas, las bibliotecas y los museos, tomen las medidas necesarias tanto para prevenir la violencia sexual como para trabajar con las denuncias de violencia sexual. Si usted está inscrito/a en la escuela y denuncia una agresión sexual en la escuela, la ley federal exige que su escuela cuente con políticas y procedimientos establecidos para trabajar las denuncias de violencia sexual, inclusive un proceso para investigar y sancionar a los/as delincuentes denunciados por violencia sexual. Los/as sobrevivientes podrán elegir presentar denuncias ante sus instituciones educativas cuando desean obtener una resolución relativamente rápida (en comparación con un caso civil o criminal) o si no quieren pasar por el sistema de justicia criminal. A las instituciones educativas se les exige resolver las denuncias de violencia sexual dentro de algunos meses y deben proveer medidas intermediarias tales como órdenes que prohíban el contacto entre la víctima y el/la delincuente. Sin embargo, el nivel de habilidad y compasión con el que la institución maneja la acusación de agresión sexual, la capacitación brindadas a los/as encargados/as y la gravedad de la pena para el/la delincuente pueden variar mucho entre escuelas. La organización Know Your IX puede ser un recurso útil para ayudarlo/la a decidir si presentar una denuncia en su institución educativa. La queja puede interponerse en los casos en los que la persona que ejerce la violencia sea un profesor, personal administrativo de la escuela o la autoridad directiva de la institución. Asimismo, se puede interponer la queja contra la autoridad directiva de la escuela, en los casos en que ésta tenga conocimiento de una situación de violencia, ejercida por el personal en contra de un alumno o alumna y no realice las acciones pertinentes para detenerla o sancionarla. El contenido de la queja tiene que incluir un relato de cómo sucedieron los hechos en donde menciones cuándo y dónde ocurrieron.
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Asistencia y Procedimientos Específicos en Tabasco
Fiscalía de Violencia de Género
Acércate a la Fiscalía de Violencia de Género, en donde encontrarás una atención integral, que tiene como objetivo: Investigar y promover la sanción de todas las manifestaciones de violencia en contra de las mujeres. Acompañamiento jurídico. Cualquier acción u omisión, basada en el género, que le cause a la mujer de cualquier edad daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte, tanto en el ámbito privado como en el público y que se expresa en amenazas, agravios, maltrato, lesiones, y daños asociados a la exclusión, la subordinación, la discriminación y la explotación, basadas en el desequilibrio de poder. La violencia de género involucra tanto a las personas como a la sociedad, comunidades, relaciones, prácticas e instituciones sociales, y al Estado que la reproduce al no garantizar la igualdad, al perpetuar formas legales, jurídicas, judiciales, políticas que le otorgan mayor jerarquía al sexo masculino.
Pasos para la Denuncia ante el Ministerio Público
El TIEMPO ES IMPORTANTE. Si aún no pasan más de 72 horas desde que ocurrió la situación de violencia, acuda inmediatamente al Ministerio Público (MP) para realizar la denuncia. Si ya han pasado más de 72 horas lo más recomendable es que acudas a interponer la denuncia y esperes a que el Ministerio Público te designe una fecha para presentar al niño, niña o adolescente para que declare. Para interponer la denuncia sólo tienes que narrar en orden cronológico los hechos que constituyen el delito. Procura sólo contar los hechos que te consten o de los cuales puedas tener alguna prueba. Es indispensable que antes de cualquier diligencia en la que tengas que presentar al niño, niña o adolescente que ha sido víctima, trates de explicarle que es por su bien y que es para que no le vuelva a ocurrir. El niño, niña o adolescente tiene derecho a que durante su declaración esté presente su padre, madre, tutor o alguna persona que él o ella considere de su confianza. Si la denuncia se realizó antes de que se cumplieran 72 horas de que se cometió el delito, entonces el Ministerio Público tendrá 48 horas para emitir una determinación. El MP debe tomar la declaración del denunciante por escrito. El MP deberá citar, en los próximos días, al presunto agresor o agresora para que rinda su declaración. En el caso de que exista una posible situación de riesgo para el niño, la niña o el adolescente el MP Deberá DICTAR MEDIDAS CAUTELARES pertinentes para poder garantizar la integridad física y psico-emocional del niño, niña o adolescente.
Violencia en el Ámbito Escolar
La violencia en las escuelas es un fenómeno frecuente en todos los planteles educativos. Creamos este contenido para orientar a las personas que necesiten saber más sobre este tema. Es toda acción corporal como golpes, empujones, patadas, entre otras, que someten o pueden dañar a otra persona mediante la aplicación de la fuerza física. Esta es otra forma de violencia física que ocurre en las escuelas. Incluye el abuso sexual, la pederastia o la pornografía. Presentan un claro temor de ir a la escuela. El bullying es una palabra que se ha empleado para denominar al acoso entre iguales. Se puede entender como la violencia escolar que ejercen unos alumnos o alumnas contra otros u otras. Por lo tanto, los niños, niñas o adolescentes que ejercen este tipo de violencia contra otros alumnos o alumnas no deben de ser tratados como delincuentes. Por el contrario, en la mayoría de los casos, los niños, niñas y adolescentes que ejercen acoso o violentan, sólo están reproduciendo la violencia que les ha tocado vivir en otros ámbitos.
Recursos de Apoyo y Confidencialidad
Si has sido afectado, tienes el derecho de acudir personalmente o auxiliado y apoyado de la Persona consejera de la Entidad a este OIC en la toma de la declaración respectiva. Éste Ente de Legalidad vigila que se garantice a la Presunta víctima la confidencialidad en el manejo, uso, resguardo y conservación de cualquier documento o constancia que se le proporcione a la Persona consejera y al mismo Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, así como de los registros, referencias y notas que realicen de su intervención, asesoría y acompañamiento.
Generalmente las quejas se presentan por escrito en las Oficinas de la Comisión de Derechos Humanos de tu Estado.
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- DIRECCIÓN: Paseo Usumacinta, número 1039. Colonia Atasta, C.P. (Villahermosa, Tabasco)
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