Las fiestas navideñas y de fin de año incrementan los gastos de las bebidas alcohólicas. Algunos contribuyentes piensan que los gastos por concepto de bebidas alcohólicas no son deducibles de impuestos, pero sí es posible y dependerá de cada caso. Entre otras cosas, se debe considerar el lugar y momento referente -es decir, bajo qué circunstancias se presenta el gasto-, y la sustancia económica o su asociación con el ingreso.
¿Qué dice la ley sobre la deducibilidad?
El artículo 28 de la Ley de Impuestos sobre la Renta (LISR) precisa los gastos que no son deducibles en el SAT. Sin embargo, hay algunas excepciones que sí se contemplan en las fracciones V, XX y XXX sobre los gastos por concepto de bebidas alcohólicas. A continuación, se detallan las condiciones bajo las cuales estos consumos pueden ser deducibles:
- Consumos en Restaurantes: Sólo en el 8.5% del consumo total en bebidas alcohólicas que hagas en restaurantes sí serán deducibles de impuestos. Es decir, de cada 100 pesos, 8.5 pesos se pueden deducir.
- Requisito de Pago: El pago debe hacerse mediante tarjeta de crédito, de débito o a través de monederos electrónicos para que sean autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
- Consideración del Establecimiento: Es importante que al momento de entrar al lugar donde el contribuyente vaya a consumir se cerciore o se fije bien en la fachada del negocio, porque si se trata de un bar, dicho gasto no será deducible. El artículo 28 de la LISR enfatiza que en ningún caso los consumos que hagas en bares serán deducibles de impuestos ante el SAT, ya sean alimentos o bebidas alcohólicas.
- Atenciones a Clientes: Cuando los consumos de bebidas alcohólicas son parte de las atenciones que se realizan con los clientes, también pueden ser deducibles. Es decir, cuando estén relacionados con la venta de productos o por la prestación de servicios, con todos los elementos que justifiquen que es estrictamente indispensable para la generación de las ventas de bienes o servicios.
- Viáticos: La LISR permite la deducción de alimentos como viáticos, y dentro del consumo en restaurante durante un viaje de trabajo se pueden incluir bebidas alcohólicas. Serán deducibles al 100% los consumos en restaurantes tratándose de gastos de viaje destinados por concepto de alimentación, pero sólo serán deducibles si no exceden de los 750 pesos diarios por cada beneficiario, cuando se eroguen en territorio nacional, o mil 500 pesos cuando se eroguen en el extranjero.
Gestión de licencias para la venta de alcohol
Si tu intención es operar un negocio que venda bebidas alcohólicas, debes considerar que el costo de la licencia de alcoholes es una inversión necesaria. El precio final depende de factores tan variados como el giro de tu negocio, su ubicación, el aforo y hasta los metros cuadrados que ocupa.
Componentes del costo de cumplimiento
El error más frecuente al presupuestar es enfocarse únicamente en el costo de la "licencia de alcoholes". La realidad es que el "Costo Total de Cumplimiento" es una suma de varios trámites y dictámenes, cada uno con su propio precio:
| Trámite / permiso | Costo estimado (MXN) |
|---|---|
| Licencia inicial de venta de bebidas alcohólicas | $7,000 a más de $200,000 |
| Certificado de Uso de Suelo compatible | $1,500 - $4,000 |
| Programa Interno de Protección Civil | $1,000 a $20,000 o más |
| Permiso de anuncio / publicidad exterior | $500 a más de $8,000 anuales |
La elección del giro es la decisión financiera más importante del proceso. Declarar tu negocio como "Restaurante con venta de cerveza" en lugar de "Restaurante-Bar" puede ahorrarte miles de pesos en la licencia inicial y en cada refrendo anual. Sin embargo, te obliga a operar bajo reglas más estrictas, como asegurar que cada venta de alcohol esté ligada a una de alimentos.
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