Descubre Todo Sobre el Modelo S1 de la Agencia Tributaria: Guía Definitiva Paso a Pasopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Modelo S1 es un modelo informativo para informar sobre las entradas y salidas de dinero en efectivo de España al extranjero o del extranjero a territorio nacional. También se informa sobre los movimientos de dinero que se producen dentro del territorio español cuando supera un límite en concreto. Recuerda que estamos hablando de movimientos en efectivo.

¿Quién debe presentar el Modelo S1?

Tienen obligación de presentar esta declaración previa las personas físicas que transporten del extranjero a España cantidades de dinero en efectivo que superen los 10.000€ o bien que muevan dentro del territorio español cantidades superiores a los 100.000€. Esto comprende tanto el movimiento de dinero como la entrada de viajeros en territorio español con cantidades de dinero en efectivo superiores a los 10.000€.

El Modelo S1 lo debe presentar el portador del dinero, es decir el que lo va a sacar o a entrar en España, con independencia de que el dinero sea de la cuenta bancaria de otra persona distinta. Por ejemplo, en el caso de una sociedad si se saca dinero de la sociedad fuera de España, el Modelo S1 lo presentará el portador de ese dinero, que puede que sea el administrador.

Medios de pago sujetos a declaración

Los medios de pago que se declaran en el Modelo S1 son:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  • Los efectos negociables o medios de pago al portador como los cheques de viaje, los cheques o pagarés u órdenes de pago, ya sean extendidos al portador, firmados, pero con omisión del beneficiario, endosados sin restricción, extendidos a la orden de un beneficiario ficticio o en otra forma en virtud de la cual su titularidad se transmita a la entrega y los instrumentos incompletos.
  • Las tarjetas prepago no nominativas que sirvan para almacenar o brindar acceso a valores monetarios o fondos que puedan utilizarse para efectuar pagos, adquirir bienes o servicios, o para la obtención de dinero en metálico, cuando dichas tarjetas no estén vinculadas a una cuenta bancaria.

Esto significa que las transferencias de dinero no se declaran en el Modelo S1.

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Procedimiento de presentación

Dicho modelo debe presentarse de forma previa al movimiento de dinero, lo normal es que lo lleves contigo en el momento en que vayas a salir de España o a entrar y lo presentes en aduana española. Lo importante es que lleves ese modelo contigo cumplimentado antes de la entrada o salida de España. Si por algún motivo se te olvida, lo normal es que en aduana española si lo comentas te faciliten el impreso para rellenarlo.

Esta declaración, que se realizará mediante el formulario S1, puede realizarse ante la entidad bancaria donde esté abierta la cuenta de la que se retiren, en su caso, los fondos que se vayan a transportar, o sin clave pin o certificado. La declaración es informativa y no tiene ningún coste. La declaración presentada será válida para realizar un único movimiento de medios de pago en la fecha declarada.

Información necesaria en el formulario

En el impreso del modelo S1 hay que informar datos del propietario del dinero, del portador, de dónde sale el dinero y a donde va. Además, hay que declarar la finalidad del movimiento, por ejemplo, si es para realizar una inversión, comprar una casa o para jugártelo en el casino. Si es el banco quien tiene la iniciativa de cumplimentar la declaración del movimiento, te facilitará tres copias que debes firmar: una para remitir al Banco de España, otra para ti y una tercera para acreditar el origen lícito en destino.

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