Es muy importante entender qué gastos sí puedes deducir, cómo hacerlo correctamente y qué requisitos pide el SAT para que puedas hacer deducciones, ya que hacerlo bien puede marcar una diferencia real en el monto de impuestos que pagas como contribuyente en México. Evidentemente, estas deducciones deben estar relacionadas con la actividad del contribuyente sin importar si es una persona física o una persona moral, y cumplir con requisitos establecidos por el SAT.
La Importancia de las Deducciones Autorizadas
Cuando te autorizan deducciones verás que hay una relación directa con la salud financiera de personas y empresas, simplemente porque al disminuir el monto de ingresos sobre el cual se calcula el ISR, el contribuyente paga únicamente lo que corresponde, ni más ni menos. Dentro de una empresa deducir sus gastos significa tener mayor capacidad para reinvertir en bienes, productos, servicios, materias primas o personal.
Las deducciones que son debidamente autorizadas, tienen un impacto directo al momento de calcular el impuesto sobre la renta, pero también tienen relación con el impuesto al valor agregado. Cuando llevas un buen control de deducciones tendrás una contabilidad fortalecida sin riesgos ante auditorías o supervisiones del SAT y facilita que cumplas con tus obligaciones.
Deducciones para Personas Físicas
Las personas físicas pueden aplicar deducciones autorizadas relacionadas tanto con su actividad profesional como con ciertos gastos personales permitidos por la ley. Entre las deducciones más comunes para personas físicas se encuentran los gastos médicos, dentales y hospitalarios, siempre que se paguen mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito.
Deducciones para Personas Morales
Las deducciones autorizadas para personas morales están directamente relacionadas con la operación del negocio. También son deducibles los pagos de sueldos, salarios y prestaciones al personal, siempre que estén correctamente timbrados y registrados. Además, los pagos deben realizarse por transferencia electrónica, tarjeta de crédito, cheque o débito, sobre todo cuando el monto supera los límites que ya se han establecido.
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Comprendiendo los Gastos No Deducibles
Bueno, ¿pero a qué nos referimos como gastos no deducibles? Deducir puede ser complicado en un inicio y es común que surjan errores frecuentes; por ejemplo, el de pensar que cualquier gasto es deducible. Para tu Declaración Anual es muy importante que tengas bien definidos cuáles son tus gastos no deducibles y cuáles sí. ¡No declares gastos no deducibles!
Ten en consideración que, para evitar que tus compras sean consideradas gastos no deducibles, necesitas asegurarte de que estén relacionados directamente con la actividad económica de tu empresa o tu trabajo y respaldarlos con los comprobantes correspondientes. Otro problema que hemos notado es que las personas pagan en efectivo cuando la ley exige medios electrónicos.
Ejemplos de Gastos con Deducibilidad Limitada
Algunos gastos, aunque relacionados con la actividad, tienen límites en su deducibilidad, lo que implica que el excedente se considera no deducible. La deducibilidad dependerá del sector en que se trabaje y las necesidades específicas.
- Viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen a hospedaje (monto máximo de $3,850.00 diarios), alimentación (monto máximo de $750.00 diarios) transporte, goce temporal de automóviles y el pago del kilometraje (monto máximo de $850.00 diarios).
Tratamiento Fiscal de Utilidades o Dividendos para Socios y Asociados
Las distribuciones de utilidades o dividendos a socios y asociados tienen un tratamiento fiscal específico, diferente al de las deducciones autorizadas por las entidades. Es crucial entender que estos "retiros" o distribuciones no son gastos deducibles para la sociedad o asociación que los efectúa, sino que representan la distribución de ganancias netas después de impuestos.
Para las personas físicas, existe un ISR adicional sobre los dividendos o utilidades percibidos:
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- Por otra parte, las personas físicas están sujetas a un ISR adicional del 10% sobre los dividendos o utilidades distribuidos por las sociedades y asociaciones civiles residentes en México.
Además, se permite el acreditamiento del ISR previamente pagado por la sociedad:
Asimismo, podrán acreditar contra el ISR que determinen en la declaración anual, el ISR pagado por la sociedad o asociación civil que los distribuyó, siempre que quien efectúe este acreditamiento considere como ingreso acumulable, además del dividendo o utilidad percibido, el monto del ISR pagado por la sociedad o asociación civil correspondiente al dividendo o utilidad percibido y además cuenten con la constancia y el comprobante fiscal del pago del dividendo o utilidad.
Este tratamiento aplica para:
- Socios y asociados de sociedades y asociaciones civiles del Título II de la LISR.
- Socios y asociados de sociedades y asociaciones civiles del Título III de la LISR.
Gestión Eficiente de Gastos y Obligaciones Fiscales
Sabemos que llevar el control de gastos, facturas y comprobantes puede ser difícil, sobre todo cuando el volumen de operaciones va creciendo año con año. Las deducciones autorizadas son de gran ayuda para personas físicas y personas morales que buscan cumplir con sus obligaciones fiscales de forma correcta y eficiente.
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