Descubre los Requisitos Clave para Registrar tu Nombre en Hacienda (SAT) en México ¡Fácil y Rápido!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Una vez que se ha decidido emprender un negocio, es importante darlo de alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Sistema de Administración Tributaria (SAT). Este trámite permite que tu empresa opere de manera legal y cumpla con sus obligaciones fiscales.

Inscripción ante el SAT

Tu empresa también puede ser inscrita ante el SAT mediante el notario que realizó su constitución. Este trámite es gratuito y está contemplado para realizarse en una sola cita, sin embargo por algún error u omisión en los requisitos, el tiempo de alta se puede extender. Algunos descuidos comunes son: no tener definido el domicilio fiscal o no contar con un correo electrónico.

Documentación Necesaria

  • Copia certificada del poder notarial con el que se acredite la personalidad del representante legal.
  • Carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
  • Las personas morales diferentes del título III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, deberán contar con clave de RFC válido de cada uno de los socios, accionistas o asociados dentro del acta constitutiva.

Consideraciones Adicionales

Es necesario que notifiques el uso de la denominación o razón social que utilizaste para dar un nombre a tu empresa dentro de los 180 días naturales posteriores a la autorización. Puedes presentar tu solicitud en una oficina de la Secretaría de Economía, ya sea en las oficinas centrales o en sus delegaciones y subdelegaciones federales, mediante escrito libre y copia simple de una identificación oficial. El trámite es gratuito.

Registro de Marca

El registro de marca consiste en obtener el título de marca registrada para un signo, símbolo, palabras, formas, olores, o sonidos con los cuales se identifica un producto o servicio para distinguirlo de otro de su especie o clase en el mercado. El título de registro de marca permitirá al titular el derecho de uso exclusivo de la marca.

Aspectos Clave del Registro de Marca

  • Una marca es todo signo perceptible por los sentidos que permite distinguir un producto o servicio de otros de su competencia.
  • Los sonidos que identifican a un producto o servicio de otros de su misma especie pueden ser registrados como marca sonora.
  • Puede ser registrado el nombre propio de una persona siempre y cuando no sea idéntico o semejante en grado de confusión a una marca en trámite presentada con anterioridad o a una registrada y vigente.
  • Los productos y servicios cuyas marcas se pretendan registrar se agrupan en 45 clases de acuerdo con la Clasificación de Niza.

Costo y Proceso

Actualmente el costo de registro de marca es de $2,695.18 pesos más IVA. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), realizará el estudio de los requisitos de forma y fondo de la solicitud de registro de marca. Si falta alguno de los requisitos para registrar una marca, el IMPI, requerirá al interesado para que cumpla con ellos. Además el interesado deberá pagar la tarifa correspondiente al cumplimiento de los requisitos solicitados.

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Puede solicitarse el registro tanto de una marca que ya ha sido usada como de una que aún no se haya usado. En la solicitud de registro de marca se especifica si la marca ha sido usada o no.

Plazos de Respuesta del IMPI

De conformidad con el Acuerdo por el que se establecen los plazos de respuesta a diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el IMPI resolverá sobre el trámite de registro de marca en los siguientes plazos:

  • Por el examen de forma: 4 meses
  • Por el examen de fondo: 3 meses

El símbolo Ⓡ significa Registrada, el símbolo M.R. significa Marca Registrada y podrán usarse solamente para productos o servicios cuya marca se encuentre registrada. El registro de una marca se puede renovar por periodos de 10 años. La solicitud de renovación se presentará dentro de los seis meses anteriores al vencimiento de su vigencia.

Facturación 4.0 y Nombres en el SAT

Entre los cambios que se presentan en la facturación 2022 con la versión de CFDI 4.0, el SAT (Servicio de Administración Tributaria) nos muestra cómo se registran los nombres del emisor y del receptor, los cuales se indican que únicamente deben llevar letras en mayúsculas, tal como se encuentran en la Cédula de Identificación Fiscal y en la Constancia de Situación Fiscal respetando números, espacios y signos de puntuación.

Se confirma que los nombres o razones sociales a manejar, tanto del emisor como del receptor, serán “sin régimen societario”.

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Otros Documentos Requeridos en Casos Específicos

  • Poder notarial en caso de representación legal, que acredite la personalidad del representante legal (copia certificada), o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público (original).
  • Acta o documento constitutivo debidamente apostillado o legalizado, según proceda.
  • Contrato de fideicomiso, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria, protocolizado ante fedatario público (copia certificada), o bien contrato con ratificación de las firmas originales ante cualquier Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación (original).
  • Documento notarial, nombramiento, acta, resolución, laudo o documento que corresponda de conformidad con la legislación aplicable, para acreditar la personalidad del representante legal.

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