Descubre Todo Sobre los Nuevos Impuestos en Costa Rica: Lo Que Debes Saber Ahorapost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Cada país tiene su propio código tributario, al que deben atenerse particulares y empresas. La política fiscal de cada país es uno de los principales factores que determinan si la deslocalización de una empresa a un país determinado es una opción viable. Echemos un vistazo a la fiscalidad en Costa Rica en tres categorías principales: Impuestos personales, impuestos de sociedades e IVA.

Impuestos Personales

¿Quiénes son los que tributan?

Todas las personas, independientemente de su estatus de residencia, tributan al mismo tipo impositivo en Costa Rica. Los residentes pagan un “impuesto sobre los beneficios” (sobre todas las actividades generadoras de beneficios), mientras que los no residentes pagan una “retención a cuenta” (retenida por su empleador). Las personas se consideran residentes permanentes en Costa Rica si han permanecido en el país durante al menos seis meses en cualquier ejercicio fiscal.

¿Cuál es el tipo impositivo?

Costa Rica tiene un tipo impositivo progresivo para las personas físicas que oscila entre el 0% y el 25%. En comparación con la región, esto sitúa al país en el extremo inferior de los tipos impositivos individuales. En 2021, el tipo impositivo medio para las personas físicas en América Latina era del 31,89%. El impuesto sobre la renta de los asalariados está separado del impuesto sobre la renta de lo que se denomina actividades generadoras de beneficios. El impuesto sobre los salarios sube al 15%. Los autónomos, así como los abogados y médicos, pagan un impuesto por “actividades lucrativas” que llega hasta el 25%.

Una de las ventajas del sistema fiscal de Costa Rica es que sólo grava a los residentes y no residentes por los ingresos que generan en el país. En Costa Rica, las personas físicas pueden desgravarse por hijos. No obstante, existe un impuesto de transmisiones patrimoniales del 1,5% sobre los bienes inmuebles.

Impuestos de Sociedades

¿Quiénes son los que tributan?

Tanto las empresas residentes como las no residentes están sujetas a impuestos en Costa Rica. Las empresas se consideran residentes si tienen un centro de actividad fijo en el país.

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¿Cuál es el tipo impositivo?

El tipo del impuesto de sociedades en Costa Rica oscila entre el 10% y el 30%. Esto sitúa a la mayoría de las empresas en la franja inferior del impuesto de sociedades de la región. En 2020, el tipo medio del impuesto de sociedades en Sudamérica era del 27,54%.

¿Qué es la renta imponible?

Costa Rica sólo grava los ingresos generados en el país. Los ingresos generados en el extranjero no están sujetos a impuestos. Los ingresos netos de las empresas son gravados por el país. Es el beneficio que obtiene una empresa una vez descontadas las deducciones. Costa Rica ofrece incentivos fiscales a determinadas empresas que operan en zonas francas. Las empresas de los sectores de servicios, transformación e industrial pueden obtener una exención total de cualquier impuesto en sus primeros ocho años de actividad, y luego una exención del 50% en los cuatro años siguientes.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Los impuestos sobre el valor añadido, más conocidos como IVA, son una forma común de impuesto sobre el consumo.

¿Quiénes son los que tributan?

Costa Rica grava la venta de cualquier mercancía en su país, así como la importación de cualquier mercancía en el país. El país excluye los servicios de todos los tipos de IVA.

¿Cuál es el tipo impositivo?

Costa Rica aplica un IVA del 13% a las mercancías. Esto sitúa al país al mismo nivel que otros países de la región. Ofrecen tipos reducidos de IVA para determinados productos. La madera, por ejemplo, está sujeta a un tipo de IVA del 10%. La electricidad residencial está sujeta a un tipo de IVA del 5%. Los comestibles, los productos básicos y todas las exportaciones están totalmente exentos del IVA.

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Factura Electrónica en Costa Rica

La factura electrónica en Costa Rica es un sistema regulado por la Dirección General de Tributación (DGT) que tiene como objetivo digitalizar y optimizar los procesos fiscales. Su uso es obligatorio para todos los contribuyentes y permite garantizar la autenticidad, integridad y trazabilidad de cada transacción comercial.

Evolución de la factura electrónica en Costa Rica

La implementación de la factura electrónica en Costa Rica comenzó en 2017 con un proyecto piloto dirigido a grandes contribuyentes, impulsado por la Dirección General de Tributación (DGT). Este proyecto, desarrollado de manera gradual por sectores y actividades económicas, concluyó en 2018 con la obligatoriedad del sistema para todos los contribuyentes. Desde entonces, los contribuyentes deben emitir y recibir comprobantes electrónicos a través del Ministerio de Hacienda, que se encarga de validar cada documento antes de su aceptación. La DGT supervisa el cumplimiento normativo y regula el uso de este sistema, asegurando su correcto funcionamiento en el ámbito fiscal.

Cómo funciona el sistema de facturación electrónica en Costa Rica

En Costa Rica, la facturación electrónica es gestionada por el Ministerio de Hacienda, entidad encargada de recibir, validar y emitir los comprobantes electrónicos. Estos documentos sustituyen a las facturas tradicionales y su uso es obligatorio para todos los contribuyentes. Para que un comprobante electrónico tenga validez fiscal, debe contar con la aceptación del Ministerio de Hacienda. Sin esta validación, no podrá utilizarse como respaldo de créditos fiscales ni como gasto deducible. El proceso de facturación electrónica se basa en un flujo de validación que garantiza la autenticidad e integridad de cada transacción.

Dentro de este proceso de validación intervienen dos mensajes clave:

  • Mensaje hacienda: Respuesta del Ministerio de Hacienda al emisor electrónico, indicando si la factura es aprobada o rechazada tras validar su estructura y contenido.
  • Mensaje receptor: Confirmación del receptor de la factura, quien puede aceptarla, aceptarla parcialmente o rechazarla.

Este mensaje debe enviarse a la Dirección General de Tributación dentro de los primeros ocho días hábiles del mes siguiente a la transacción, según la resolución DGT-R-063-2018. Si un comprobante es rechazado, se debe generar un nuevo mensaje de confirmación con las correcciones necesarias. Este proceso garantiza la transparencia y trazabilidad de las transacciones comerciales en Costa Rica, contribuyendo a una mayor eficiencia en la gestión tributaria.

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El proceso se resume en los siguientes pasos:

  1. El emisor genera un archivo XML con la factura electrónica y lo envía al Ministerio de Hacienda para su validación.
  2. Hacienda revisa la estructura y contenido del documento y, en un plazo máximo de tres horas, emite un mensaje de aprobación o rechazo.
  3. Una vez validada, la factura se envía al receptor junto con el mensaje de Hacienda.
  4. El receptor debe revisar el comprobante y enviar un mensaje de aceptación, aceptación parcial o rechazo al Ministerio de Hacienda.

Comprobantes electrónicos en Costa Rica

En Costa Rica, los comprobantes electrónicos son documentos tributarios digitales utilizados para respaldar la venta de bienes y servicios. Su uso es obligatorio y deben cumplir con los requisitos establecidos por el Ministerio de Hacienda, garantizando la transparencia y trazabilidad de las transacciones comerciales. Estos comprobantes deben emitirse en formato XML, siguiendo las especificaciones técnicas del Ministerio de Hacienda. Actualmente, el sistema opera bajo la versión 4.3, pero a partir del 1 de septiembre de 2025, la versión 4.4 será de uso obligatorio.

Nueva versión 4.4 de los comprobantes electrónicos en Costa Rica

El Ministerio de Hacienda ha definido un período de transición para la implementación de la versión 4.4 de los comprobantes electrónicos, en cumplimiento con la Resolución General publicada en el Diario Oficial. Este proceso iniciará el 1 de diciembre de 2024, fecha en la que los contribuyentes dispondrán de seis meses para actualizar sus sistemas. A partir del 1 de abril de 2025, el uso de la versión 4.4 será opcional, permitiendo a las empresas adaptarse gradualmente. Sin embargo, a partir del 1 de septiembre de 2025, la nueva versión será obligatoria y reemplazará completamente la anterior.

Entre los principales cambios introducidos, destaca el Transitorio II, que establece nuevos requisitos para los contribuyentes que comercializan medicamentos de consumo humano. Otro aspecto relevante de la normativa es la creación del Recibo Electrónico de Pagos, un nuevo documento destinado a registrar transacciones que impliquen pagos parciales en ventas a crédito o con pago diferido.

Tipos de comprobantes electrónicos en Costa Rica

El sistema de facturación electrónica en Costa Rica comprende distintos tipos de comprobantes electrónicos, cada uno con una función específica dentro de la actividad comercial:

  • Factura electrónica: Documento principal que respalda la venta de bienes y la prestación de servicios.
  • Factura electrónica general: Factura emitida cuando el comprador no solicita un comprobante específico.
  • Factura electrónica de exportación: Documento que detalla la exportación de bienes y servicios fuera del territorio nacional.
  • Factura electrónica de compra: Comprobante emitido por los compradores de bienes o servicios adquiridos a contribuyentes que no están obligados a utilizar comprobantes electrónicos.
  • Notas de crédito y débito: Documentos que permiten corregir errores, modificar montos o anular facturas y tiquetes electrónicos sin alterar el documento original.
  • Tiquete electrónico: Documento utilizado exclusivamente en ventas a consumidores finales.
  • Acuses de aceptación o rechazo: Mensajes electrónicos que confirman o rechazan la recepción de un comprobante, asegurando su validez para efectos fiscales.

Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS) en Costa Rica

El Catálogo de Bienes y Servicios (CAByS) es un sistema estandarizado creado por el Ministerio de Hacienda y el Banco Central de Costa Rica para clasificar de manera uniforme los productos y servicios comercializados en el país.

Factura electrónica para la venta de boletos aéreos

La Dirección General de Tributación establece regulaciones específicas para la emisión de facturas electrónicas en la venta de boletos aéreos, aplicables a compañías aéreas y agencias de viajes adheridas a IATA y BSP.

Firma electrónica y almacenamiento de facturas en Costa Rica

La facturación electrónica en Costa Rica exige el uso de mecanismos de seguridad que garanticen la autenticidad, integridad y autoría de los comprobantes electrónicos. Además, la normativa establece la obligación de almacenar y conservar los comprobantes electrónicos en formato digital por un período mínimo de cinco años.

Requisitos para emitir facturas electrónicas en Costa Rica

Para poder emitir facturas electrónicas en Costa Rica, los contribuyentes deben cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Dirección General de Tributación (DGT). Esto incluye la inscripción en el Ministerio de Hacienda, el uso de herramientas de seguridad para garantizar la autenticidad de los comprobantes y la implementación de un sistema de facturación electrónica que cumpla con las normativas vigentes.

La Reflexión Sociológica sobre los Impuestos

La reflexión sociológica sobre los impuestos ofrece un enfoque alternativo para el abordaje de las coyunturas tributarias costarricenses. La relación entre desigualdad social y régimen fiscal es recíproca. Primero, opera como punto de partida: el régimen fiscal en condiciones de desigualdad extrema puede coadyuvar en su reproducción. La comunidad política, en particular los sectores subordinados, exigen políticas a cambio de su esfuerzo tributario que ayuden a aliviar o superar condiciones de marginalidad y exclusión social.

Desigualdad social y estructura tributaria

Diversos datos dan a conocer el aumento de la desigualdad social en Costa Rica medida por el ingreso desde mediados de la década de 1990. La estructura fiscal del país ha sido predominantemente regresiva a pesar de la duplicación de los ingresos tributarios directos en un período de dos décadas. En el año 2017, los impuestos a bienes y servicios representaron un 38% del total, las cargas sociales un 34% y los impuestos directos un 28%.

En términos generales, en Costa Rica “la carga impositiva es de las más bajas de América Latina, y mucho más baja que la de sus pares de ingreso per cápita”.

Información Adicional

  • Importación Temporal de Vehículos: El gobierno costarricense permite la importación temporal de vehículos a turistas extranjeros sin pago de derechos aduaneros por un máximo de tres meses.
  • Atención Médica: Todo extranjero tiene derecho a recibir atención médica en hospitales y clínicas en caso de emergencias.
  • Restricciones: Está prohibida la entrada de armas de fuego, gas lacrimógeno y spray de pimienta.

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