En México, el cumplimiento de las obligaciones fiscales es un pilar fundamental para todos los contribuyentes. El Sistema de Administración Tributaria (SAT) establece una serie de deberes específicos que varían significativamente según el tipo de persona, ya sea moral o física, y el régimen fiscal bajo el cual operan. Comprender estas obligaciones es esencial para evitar sanciones y asegurar una gestión financiera adecuada.
Obligaciones Generales
Una obligación fundamental para la mayoría de los contribuyentes es inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Asimismo, es crucial mantener actualizada la información en el RFC. La persona que está obligada a llevar contabilidad debe hacerlo de manera electrónica e ingresar mensualmente su información a través de la página de internet mediante archivos XML. Las obligaciones y el periodo de cumplimiento dependen del tipo de contribuyente obligado.
Obligaciones de Personas Morales
Del Régimen General
Las personas morales bajo el régimen general tienen diversas obligaciones fiscales que deben cumplir de manera estricta:
- Inscripción o alta en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Expedir comprobantes fiscales.
- Llevar contabilidad.
- Presentar declaraciones y pagos mensuales y Declaración Anual.
- Presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT).
- Presentar Declaraciones informativas anuales.
- Mantener actualizados sus datos en el Registro Federal de Contribuyentes. Esto incluye señalar el domicilio fiscal en el que realicen actividades que generen obligaciones fiscales, que será único para aquellos contribuyentes que cuenten con una o más sucursales, e informar de los cambios a este. En el caso de cambio de domicilio fiscal una vez iniciadas las facultades de comprobación con el contribuyente, sin que se le haya notificado la resolución, el contribuyente deberá presentar el aviso de cambio de domicilio con cinco días de anticipación a tal situación.
Otras Obligaciones:
- Efectuar retenciones del ISR cuando pagues sueldos o salarios a trabajadores, hagas pagos a personas físicas que te presten servicios profesionales independientes o a las que te concedan el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
- Efectuar retenciones en su caso, del IVA cuando hagas pagos a personas físicas que te presten servicios profesionales independientes o te concedan el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
- Expedir constancias de retenciones a tus trabajadores o a las personas físicas a las que les hayas efectuado retenciones del impuesto sobre la renta, al valor agregado o especial sobre producción y servicios.
- Formular un Estado de posición financiera y levantar inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio.
- Determinar en la Declaración Anual la utilidad fiscal y el monto que corresponda a la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
- Llevar control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados.
- Presentar al SAT aviso de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital que recibas en efectivo, en moneda nacional o extranjera mayores a 600,000 pesos, dentro de los 15 días posteriores a que recibas las cantidades en el formato electrónico correspondiente.
- Si eres contribuyente del IEPS debes presentar las declaraciones informativas que te correspondan conforme al artículo 19 de la Ley del IEPS, mediante el formato electrónico Multi-IEPS.
Con Fines No Lucrativos
Las personas morales con fines no lucrativos también deben cumplir con sus obligaciones fiscales:
- Inscribirte o darte de alta en el RFC.
- Expedir comprobantes fiscales.
- Llevar contabilidad desde el inicio de tus operaciones tal y como lo establece el Código Fiscal de la Federación.
- Presentar declaraciones mensuales y declaraciones informativas.
- Cumplir con otras obligaciones fiscales.
Obligaciones de Asociaciones Religiosas
Las asociaciones religiosas están sujetas a un régimen fiscal específico:
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- Deben inscribirse en el RFC en el Régimen de Personas Morales con fines no lucrativos.
- Mantener actualizada su situación fiscal.
- Declarar impuestos ISR e IVA.
- Llevar contabilidad.
- Expedir comprobantes fiscales.
- Realizar declaraciones de pagos de retenciones.
- Realizar el Cálculo anual del ISR de los trabajadores.
- Presentar declaraciones informativas.
- Expedir constancias de retenciones.
Es importante señalar que las asociaciones religiosas no tienen obligación fiscal de emitir constancias de retenciones, presentar declaraciones informativas de sueldos y enterar impuestos retenidos cuando no vendan bienes, no tengan empleados y solo presten servicios a sus miembros.
Régimen Fiscal de Extranjeros que Perciben Ingresos en México
Los extranjeros que obtienen ingresos en México también tienen obligaciones fiscales:
- Deben pagar ISR cuando obtengan ingresos por salarios, honorarios, remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes, arrendamiento de inmuebles, arrendamiento de muebles, contratos de servicio turístico de tiempo compartido, enajenación de acciones, arrendamiento financiero, regalías, intereses, premios, actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos, entre otros.
- Están obligados a pagar ISR e IVA si obtienen ingresos por enajenación de bienes o por arrendamiento de bienes inmuebles distintos a casa habitación. Esto aplica también si los inmuebles se rentan amueblados o se trata de hoteles o casas de hospedaje.
Obligaciones específicas:
- Pagar el impuesto sobre la renta por los ingresos obtenidos.
- Cuando la persona que efectúa los pagos no esté obligada a retener el impuesto, el contribuyente que obtenga los ingresos debe pagar por medio de declaración, dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso.
- Las personas que presten servicios profesionales independientes, que perciban ingresos por honorarios, deben expedir recibos de honorarios.
- Las personas que perciban ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, o en general por otorgar el uso o goce temporal de dichos bienes, deben expedir recibos por las rentas cobradas.
Obligaciones de las personas que hagan pagos a residentes en el extranjero:
- Calcular, retener y hacer el entero del impuesto sobre la renta que corresponda a dichos extranjeros.
- Enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido en la fecha de pago, o al momento en que lo efectúe, lo que suceda primero.
- En el caso de que los pagos o contraprestaciones se efectúen en moneda extranjera, el impuesto se enterará haciendo la conversión en moneda nacional.
- Cuando la persona que haga pagos a residentes en el extranjero, cubra por cuenta de ellos el impuesto, el importe del mismo se considerará como ingreso obtenido por estos contribuyentes. No se considerará como ingreso del residente en el extranjero, el impuesto al valor agregado que traslade conforme a la ley.
Obligaciones de Personas Físicas
Régimen de Asalariados
Para los asalariados, las obligaciones son las siguientes:
- Inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
- Mantener actualizada la información en el RFC.
- Realizar una declaración anual.
- Entregar al patrón el acta de nacimiento para que lo inscriba en el RFC; si ya está inscrito, proporcionar su RFC.
- Informar por escrito a su patrón antes de que le haga el primer pago si presta servicios a otro empleador y este le aplica el subsidio para el empleo, a fin de que ya no se aplique nuevamente.
- Solicitar la constancia de percepciones y retenciones y proporcionarla a su nuevo patrón.
Honorarios (Servicios Profesionales)
Quienes perciben ingresos por honorarios tienen estas obligaciones:
- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizada la información en el RFC.
- Facturación Electrónica.
- Llevar Contabilidad.
- Presentar Declaraciones Mensuales, Anuales, Informativas y Declaración Informativa Múltiple (DIM).
- Efectuar retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores.
- Expedir constancias de las percepciones pagadas y de las retenciones efectuadas a los empleados, a más tardar en el mes de febrero de cada año.
- Calcular en la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa.
Arrendamiento de Inmuebles
Los arrendadores de inmuebles deben cumplir con lo siguiente:
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- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizada la información en el RFC.
- Facturación Electrónica.
- Presentar Declaraciones mensuales, anuales e informativas.
Otras Obligaciones (Solo si se tienen trabajadores):
- Efectuar Retenciones del ISR a los trabajadores y entregarlas al SAT mensualmente en las mismas fechas que declares tus impuestos.
- En caso que les corresponda, entregarles en efectivo las cantidades que resulte a su favor por concepto de subsidio al empleo.
- Entregarles a los trabajadores cuando lo soliciten, la constancia anual de percepciones y las retenciones que les efectúes, a más tardar en el mes de febrero de cada año.
- Presentar la declaración informativa de las personas a las cuales les efectuaste pagos por sueldos y a las que les realizaste pagos por subsidio para el empleo, a más tardar el 15 de febrero del siguiente año mediante el programa DIM.
Si es sujeto del impuesto al valor agregado debe presentar mensualmente la información de operaciones con terceros (DIOT), proveedores de bienes y servicios mediante el programa DIOT.
Actividades Empresariales
Las personas físicas con actividades empresariales deben cumplir con:
- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizada su información en el RFC.
- Facturación Electrónica.
- Llevar Contabilidad.
- Presentar Declaraciones mensuales, anuales e informativas y DIM.
Otras Obligaciones:
- Formular un estado de posición financiera y levantar inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
- Efectuar retenciones. Se deberá efectuar la retención del impuesto sobre la renta cuando se paguen sueldos o salarios a trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de crédito al salario.
- Expedir constancias. Si tienes trabajadores deberás entregarles constancia de las percepciones que les pagues y las retenciones que les efectúes, a más tardar en el mes de febrero de cada año.
- Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la opción de deducción inmediata.
- Calcular en la Declaración Anual del ISR, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
- Presentar Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), proporcionando mensualmente al Servicio de Administración Tributaria (SAT) información sobre las operaciones con tus proveedores.
Incorporación Fiscal
Para el régimen de Incorporación Fiscal (RIF), las obligaciones incluyen:
- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizada su información en el RFC.
- Facturación Electrónica.
- Llevar Contabilidad.
- Presentar Declaraciones Bimestrales.
Otras Obligaciones:
- Entregar nota de venta cuando tus clientes no requieran factura, es decir por las ventas que realices o servicios que prestes al público en general.
- Efectuar el pago de tus compras e inversiones, cuyo importe sea superior a dos mil pesos, mediante cheque, tarjeta de crédito, débito o de servicios.
Cuadro Sinóptico de Obligaciones Fiscales Clave
A continuación, se presenta un cuadro sinóptico que resume las obligaciones fiscales más comunes para diferentes tipos de contribuyentes:
| Tipo de Contribuyente | Inscripción RFC | Expedir CFDI (Facturación) | Llevar Contabilidad | Presentar Declaraciones (Mensual/Anual/Informativas) | Retenciones (ISR/IVA) | Otras Obligaciones Clave |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Personas Morales (Régimen General) | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ (Sueldos, servicios prof., arrendamiento) | DIOT, Decl. Anual (PTU, utilidad fiscal), Avisos SAT (préstamos > $600K), Inventarios, Estados Financieros |
| Personas Morales (Fines No Lucrativos) | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ✗ | |
| Asociaciones Religiosas | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ (ISR, IVA, retenciones) | ✓ (Cuando aplique) | Mantener situación fiscal actualizada, Cálculo anual ISR trabajadores |
| Extranjeros con Ingresos en México | ✗ (Obligación de pago) | ✓ (Recibos honorarios/renta) | ✗ | ✓ (Pago ISR en 15 días si no hay retención) | ✓ (Para quien hace pagos a extranjeros) | Pago de ISR por diversos ingresos, IVA (enajenación/arrendamiento) |
| Personas Físicas (Asalariados) | ✓ | ✗ | ✗ | ✓ (Anual) | ✗ | Informar a patrón si tiene otro empleo con subsidio, solicitar constancia |
| Personas Físicas (Honorarios) | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ (Sueldos a trabajadores) | Decl. Informativa Múltiple (DIM), PTU (si aplica) |
| Personas Físicas (Arrendamiento) | ✓ | ✓ | ✗ (Excepto si tiene empleados) | ✓ | ✓ (Sueldos a trabajadores) | DIOT (si es sujeto de IVA), constancias de retenciones y subsidio a trabajadores |
| Personas Físicas (Actividades Empresariales) | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ (Sueldos a trabajadores) | DIOT, Inventarios, Estados Financieros, PTU, registro de inversiones |
| Personas Físicas (Incorporación Fiscal) | ✓ | ✓ | ✓ | ✓ (Bimestrales) | ✗ | Notas de venta, pagos > $2K con medios electrónicos |
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