Para una asociación sin ánimo de lucro, las obligaciones fiscales están entre las más importantes que ha de cumplir para poder desarrollar su actividad y alcanzar los fines para los que fue creada. Las organizaciones sin fines de lucro, al igual que las empresas, tienen ciertas obligaciones que cumplir según lo establecido por la ley. Las organizaciones también forman parte de la comunidad; no existen en el vacío y, por consiguiente, están obligadas a seguir las leyes y reglamentos al igual que los individuos.
Definición y marco normativo
Una obligación tributaria es una relación jurídica entre un ente público como el Estado y un sujeto pasivo. La obligación deriva en el deber de dar, hacer o no hacer, que tiene el ente deudor con el acreedor. En este caso, el sujeto activo o acreedor es quien tiene derecho a exigir el valor del tributo, el cual debe ingresar a la estructura estatal.
Una organización sin fines de lucro en su variedad más simple es cualquier organización en la cual sus encargados o las personas que la apoyan no consiguen beneficios. Todo el dinero conseguido debe volver a la organización; no se "reparten ganancias" entre sus miembros. Ésta es una de las razones por las que las organizaciones sin fines de lucro son más conocidas como organizaciones "no enfocadas en las ganancias".
Obligaciones tributarias principales
Al igual que todas las entidades jurídicas, las asociaciones sin ánimo de lucro tienen obligaciones tributarias que cumplir. La primera de ellas es obtener un número de identificación fiscal (como el CIF en España o el RUT en otros contextos) que permita identificar a la entidad en sus relaciones con la Hacienda Pública.
Las organizaciones sin ánimo de lucro tienen la obligación de dar de alta su actividad económica en Hacienda, escogiendo un epígrafe dentro del impuesto de actividades económicas. Además, cuando lleven a cabo compras o prestaciones de servicios, las asociaciones tienen que pagar el impuesto sobre el valor añadido (IVA). Con respecto a la asociación sin ánimo de lucro, la fiscalidad también implica presentar el impuesto de sociedades.
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Tabla de obligaciones comunes
| Obligación | Descripción |
|---|---|
| Inscripción fiscal | Obtención de número identificativo (CIF/RUT) ante la autoridad tributaria. |
| Alta de actividad | Selección de epígrafe correspondiente a la actividad económica realizada. |
| Impuestos indirectos | Liquidación del IVA al realizar compras o prestar servicios. |
| Impuesto de sociedades | Presentación de declaraciones periódicas sobre los resultados. |
| Declaraciones informativas | Presentación de información sobre donaciones recibidas. |
Actividades económicas y exenciones
No obstante, este tipo de entidades pueden realizar actividades económicas para financiar sus proyectos, y han de emitir factura en caso de hacerlo. Es importante destacar que las organizaciones exentas de impuestos son gravables, en la medida en que participen en actividades no relacionadas con el desempeño de las funciones exentas de impuestos.
Existen casos en los que pueden acceder a ciertas exenciones tributarias, pero deben tramitarlas o ver si sus condiciones particulares lo permiten. La exención es la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, otorgada por la Ley. Algunas instituciones sin fines de lucro obtienen ingresos por actividades netamente mercantiles, pero siempre es recomendable que, si una institución se encuentra exonerada, realice este tipo de inversiones con cautela para no desvirtuar los objetivos no lucrativos de la institución.
Consecuencias del incumplimiento
La normativa fiscal es muy estricta. Un incumplimiento, por leve que sea, puede tener consecuencias muy graves. En el caso de asociaciones sin ánimo de lucro, el incumplimiento de sus responsabilidades fiscales puede materializarse en sanciones económicas. Debido al especial tratamiento fiscal que tienen estas entidades, un incumplimiento por su parte también puede dar lugar a medidas accesorias, como la pérdida de la exoneración por el ejercicio en que ocurra y en los ejercicios subsiguientes.
Por eso, cuando se trata de la asociación sin ánimo de lucro y las obligaciones fiscales, lo mejor es contar con un buen asesoramiento para asegurarse de que se está al día con la Administración Tributaria. Le recomendamos encarecidamente que pida ayuda profesional - ya sea de un abogado o contador que esté familiarizado con la legislación sobre organizaciones sin fines de lucro - para poder decidir qué forma tomará su organización, y ayudar a completar y presentar los documentos.
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