Descubre las Obligaciones Fiscales Clave para Empresas Morales en México y Evita Multaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Tener una Pyme o negocio puede abrirte las puertas a distintas experiencias y expandirse a otros mercados; pero también es importante siempre considerar las obligaciones fiscales de una empresa.

¿Cuáles son las Obligaciones Fiscales de una Empresa?

Es importante que toda empresa, independientemente de su tamaño, esté registrada en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para cumplir con los distintos tipos de pagos. Estos impuestos se clasifican entre mensuales y anuales.

La declaración del IVA y el ISR debe hacerse mensualmente antes del día 17 de cada mes, y cada año deben pagarse los impuestos locales y estatales, así como el ISR que ya declaraste. Al emprender, se deben considerar todos los aspectos de los regímenes fiscales que están a nuestra disposición.

Cuando dos personas o más tienen un objetivo en común (puede ser lucrativo) deben darse de alta como persona moral. Las personas morales dependen de las actividades sociales y las necesidades de los socios.

Si vas a emprender algún negocio y no sabes sobre las obligaciones de las personas morales, también puedes comenzar con el régimen de persona física pero con actividad empresarial.

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Puede ser que cuentes con varios negocios, en ese caso, lo ideal sería crear distintas razones sociales para no mezclar los resultados de cada uno y llevar un mejor control financiero.

Las personas morales dentro del régimen con fines no lucrativos son las que no buscan obtener ganancias económicas con las actividades que realizan. Las personas morales tienen la obligación de constituirse dentro de un régimen fiscal para pagar los impuestos que les corresponde y llevar su contabilidad.

Obligaciones Fiscales Específicas

Las personas morales tienen diversas obligaciones fiscales que deben cumplir, entre ellas:

  1. Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio o la utilidad gravable del mismo y el monto del impuesto correspondiente, ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que termine dicho ejercicio.
  2. Tratándose de personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, éstas deberán determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios, montos de contraprestaciones o márgenes de utilidad que hubieran utilizado u obtenido con o entre partes independientes en operaciones comparables.
  3. Llevar un control de inventarios de mercancías, materias primas, productos en proceso y productos terminados, según se trate, conforme al sistema de inventarios perpetuos. Los contribuyentes que opten por valuar sus inventarios de conformidad con el cuarto párrafo del artículo 41 de esta Ley, deberán llevar un registro de los factores utilizados para fijar los márgenes de utilidad bruta aplicados para determinar el costo de lo vendido durante el ejercicio, identificando los artículos homogéneos por grupos o departamentos con los márgenes de utilidad aplicados a cada uno de ellos.
  4. Informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos, que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel en el que se realice la operación, de las contraprestaciones recibidas en efectivo en moneda nacional o extranjera, así como en piezas de oro o de plata, cuyo monto sea superior a cien mil pesos.
  5. Llevar los libros de contabilidad y los registros que correspondan al establecimiento en el extranjero, en los términos que señale esta Ley y su Reglamento.
    • En idioma español o en el oficial del país donde se encuentren dichos establecimientos.
    • Registrando las operaciones en moneda nacional o en la moneda de curso legal en el país donde se encuentren dichos establecimientos.
  6. Conservar los libros, los registros y la documentación comprobatoria de los asientos respectivos y los comprobantes de haber cumplido con sus obligaciones fiscales, relacionados únicamente con el establecimiento en el extranjero, durante el término que para tal efecto señalan esta Ley y el Código Fiscal de la Federación.

Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN)

Las personas morales llevarán una cuenta de utilidad fiscal neta. Esta cuenta se adicionará con la utilidad fiscal neta de cada ejercicio, así como con los dividendos o utilidades percibidos de otras personas morales residentes en México y con los ingresos, dividendos o utilidades sujetos a regímenes fiscales preferentes en los términos del décimo párrafo del artículo 177 de esta Ley, y se disminuirá con el importe de los dividendos o utilidades pagados, con las utilidades distribuidas a que se refiere el artículo 78 de esta Ley, cuando en ambos casos provengan del saldo de dicha cuenta.

Para los efectos de este párrafo, no se incluyen los dividendos o utilidades en acciones o los reinvertidos en la suscripción y aumento de capital de la misma persona que los distribuye, dentro de los 30 días naturales siguientes a su distribución.

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El saldo de la cuenta prevista en este artículo que se tenga al último día de cada ejercicio, sin incluir la utilidad fiscal neta del mismo, se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en que se efectuó la última actualización y hasta el último mes del ejercicio de que se trate.

Cuando la suma del impuesto sobre la renta pagado en los términos del artículo 9 de esta Ley, las partidas no deducibles para efectos del impuesto sobre la renta, excepto las señaladas en las fracciones VIII y IX del artículo 28 de esta Ley, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas a que se refiere la fracción I del artículo 9 de la misma, y el monto que se determine conforme al párrafo anterior, sea mayor al resultado fiscal del ejercicio, la diferencia se disminuirá del saldo de la cuenta de utilidad fiscal neta que se tenga al final del ejercicio o, en su caso, de la utilidad fiscal neta que se determine en los siguientes ejercicios, hasta agotarlo.

Artículo 77 A Las personas morales que se dediquen exclusivamente a la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente, en el ejercicio en que apliquen la deducción prevista en el artículo 34, fracción XIII de esta Ley, podrán crear una cuenta de utilidad por inversión en energías renovables, la que se calculará en los mismos términos que la cuenta de utilidad fiscal neta prevista en el artículo 77 de la presente Ley.

Capital de Aportación

Para determinar el capital de aportación actualizado, las personas morales llevarán una cuenta de capital de aportación que se adicionará con las aportaciones de capital, las primas netas por suscripción de acciones efectuadas por los socios o accionistas, y se disminuirá con las reducciones de capital que se efectúen.

Para los efectos de este párrafo, no se incluirá como capital de aportación el correspondiente a la reinversión o capitalización de utilidades o de cualquier otro concepto que conforme el capital contable de la persona moral ni el proveniente de reinversiones de dividendos o utilidades en aumento de capital de las personas que los distribuyan realizadas dentro de los treinta días siguientes a su distribución.

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El saldo de la cuenta prevista en el párrafo anterior que se tenga al día del cierre de cada ejercicio, se actualizará por el periodo comprendido desde el mes en el que se efectuó la última actualización y hasta el mes de cierre del ejercicio de que se trate.

Cumplimiento y Consideraciones Finales

En México, todas las personas físicas y morales que realizan actividades económicas tienen obligaciones fiscales que cumplir ante el SAT. Estas obligaciones no solo varían por tipo de contribuyente, sino también por el régimen fiscal al que pertenecen.

Cumplir con las obligaciones fiscales no es solo una exigencia legal, sino una oportunidad para mantener tu operación en orden y evitar riesgos innecesarios.

Si una factura tiene errores en el nombre o RFC no será deducible ni acreditable.

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